Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - El tribunal ordenó que me escoltaran por herir a otras personas, pero no tenía ninguna escolta. Ahora estoy considerando si se aplicará la compra de una casa.

El tribunal ordenó que me escoltaran por herir a otras personas, pero no tenía ninguna escolta. Ahora estoy considerando si se aplicará la compra de una casa.

La ejecución se hará cumplir cuando el tribunal popular utiliza el poder coercitivo del Estado de acuerdo con los procedimientos legales y aclara el contenido específico de la ejecución sobre la base de documentos legalmente efectivos para obligar a los titulares de derechos civiles a cumplir con sus obligaciones para garantizar que los derechos de los titulares de derechos sean. comprendió.

Base jurídica:

Artículo 242 de la "Ley de Procedimiento Civil": Si el sujeto de ejecución incumple las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a investigar Los depósitos, bonos, acciones, participaciones en fondos y otras propiedades de la persona sujeta a ejecución. de las unidades pertinentes. El tribunal popular tiene la facultad de embargar, congelar, transferir o alterar los bienes de la persona sujeta a ejecución según diferentes circunstancias. Los bienes investigados, sellados, congelados, transferidos o modificados de valor por el tribunal popular no excederán el alcance de las obligaciones que deberá cumplir el sujeto de ejecución.

Cuando el tribunal popular decide sellar, congelar, transferir o cambiar el precio de una propiedad, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, y las unidades correspondientes deberán tramitarla.

Artículo 243: Si el sujeto de ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a retener y retirar los ingresos del sujeto de ejecución. ejecución que debe cumplir las obligaciones. Sin embargo, se conservarán los gastos de manutención necesarios del ejecutado y de sus dependientes.

Cuando el tribunal popular retenga o retire ingresos, dictará sentencia y expedirá un aviso de auxilio en la ejecución, el cual deberá ser atendido por la unidad a la que pertenezca el sujeto a ejecución, bancos, cooperativas de crédito y Otras unidades con negocio de ahorro.

Artículo 244: Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene la facultad de sellar, detener, congelar, subastar o vender. de los bienes que deba realizar el sujeto a ejecución. Sin embargo, se conservarán las necesidades diarias del ejecutado y de sus dependientes.

Al adoptar las medidas mencionadas en el párrafo anterior, el Tribunal Popular se pronunciará.