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Disposiciones provisionales sobre castigos a los docentes

Análisis legal: (1) En materia de advertencias y deméritos, los maestros de escuelas públicas deberán hacer sugerencias desde sus escuelas, las cuales serán decididas por el departamento de educación competente de la escuela. Los docentes de las escuelas privadas son determinados por sus escuelas y reportados al departamento de educación competente para su registro. (2) Si el puesto es degradado o despedido, la escuela donde trabaja el maestro hará una sugerencia y el departamento de educación competente de la escuela tomará una decisión e informará al departamento de personal del mismo nivel para su registro. (3) El despido o despido de los maestros de escuelas públicas será realizado por la escuela y decidido por el departamento de educación competente de la escuela, que se informará al departamento de personal del mismo nivel para su registro. En el caso de los docentes de centros privados o de los docentes que no estén incluidos en la dirección del establecimiento, el contrato de trabajo será rescindido por el centro educativo donde laboran y comunicado al departamento de educación competente para que conste en actas. (4) Dar críticas y educación, charlas de amonestación, ordenar inspecciones y notificar críticas, y cancelar las calificaciones para premios, ascensos laborales, evaluaciones de títulos profesionales, reclutamiento laboral, ascensos salariales y uso de talentos. , de acuerdo con la autoridad de gestión, la escuela del profesor o el departamento competente tomará una decisión en función de la gravedad del caso.

Base jurídica: Artículo 3 de las “Medidas para hacer frente a las violaciones de la ética profesional por parte del profesorado de primaria y secundaria”. Las sanciones incluyen advertencias, deméritos, degradación o despido y expulsión. El plazo de advertencia es de 6 meses, la fecha de caducidad es de 12 meses y el plazo de descenso o remoción es de 24 meses. Si es miembro del partido * * *, se le impondrán sanciones disciplinarias al mismo tiempo. Otros tratamientos incluyen brindar educación crítica, charlas de amonestación, ordenar inspecciones, notificar críticas e inhabilitación de premios y evaluaciones de méritos, promociones laborales, evaluaciones de títulos profesionales, reclutamiento laboral, promociones salariales y postulación a planes de talento, etc. El plazo de ejecución de la inhabilitación no será inferior a veinticuatro meses. Los docentes sospechosos de infringir la ley y cometer delitos deben ser trasladados sin demora a órganos judiciales para que los traten conforme a la ley.