Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cuál es el delito de provocar riñas y provocar problemas intencionalmente?

¿Cuál es el delito de provocar riñas y provocar problemas intencionalmente?

El delito de buscar peleas y provocar problemas intencionalmente es el delito de buscar peleas y provocar problemas deliberadamente.

Provocar problemas intencionalmente no es un delito claro, pero comportamientos similares involucrados en el derecho penal pueden constituir otros delitos, tales como: el delito de buscar peleas y provocar problemas: se refiere a comportamientos como provocación intencional, insulto , palizas y amenazas. , poniendo en peligro o vulnerando lugares públicos o la vida y la propiedad de otras personas. El delito de incitación al odio étnico y a la discriminación étnica se refiere a comportamientos que difunden rumores y calumnias, incitan al odio y la discriminación y socavan la unidad étnica y la estabilidad social por motivos de etnia, raza, creencias religiosas y género.

El delito de buscar peleas intencionalmente y provocar problemas es el delito de buscar peleas deliberadamente y provocar problemas.

Si alguien provoca problemas deliberadamente y golpea a alguien, puede tomar las siguientes medidas: Proteja su propia seguridad: primero garantice su propia seguridad, busque ayuda a tiempo o huya de la escena, y no entre en conflicto con los demás. fiesta. Llame a la policía: si el comportamiento de la otra parte constituye un delito, puede denunciar el caso a la policía y dejar que la policía intervenga en la investigación. Preserve la evidencia: si es posible, tome fotografías o videos en la escena para conservar la evidencia para su uso posterior.

¿Cuáles son los elementos constitutivos del delito de buscar riñas y provocar problemas?

1. Elemento objeto

El objeto de este delito es el orden público. El llamado orden público incluye el orden en los lugares públicos y las mismas reglas que las personas deben respetar en sus vidas.

El delito de provocar riñas y provocar problemas ocurre frecuentemente en lugares públicos (a veces en lugares remotos y escondidos), y muchas veces causa daños a las personas, personalidades o bienes públicos y privados de los ciudadanos. El delito de buscar peleas y provocar problemas generalmente no infringe a una persona, personalidad o propiedad pública o privada específica. Tiene como objetivo principal el orden público, desafía a toda la sociedad y desprecia la moral socialista y el estado de derecho.

2. Elementos objetivos

Objetivamente hablando, este delito se caracteriza por causar problemas de la nada, provocar problemas, provocar problemas irrazonables, golpear y herir a personas inocentes, provocaciones sin sentido, intimidación, y alterar el orden público.

3. Elementos principales

El sujeto de este delito es un sujeto general. Puede cometer este delito cualquier persona natural mayor de 16 años y con capacidad de responsabilidad penal.

4. Factores subjetivos

Subjetivamente, este delito sólo puede constituirse intencionalmente. Es decir, un descarado desprecio por las leyes nacionales y la ética social. El motivo es buscar estimulación espiritual y llenar el vacío espiritual a través de actividades provocativas y problemáticas.

Base jurídica:

Artículo 293 de la “Ley Penal de la República Popular China”

Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de provocar riñas, provocar problemas y alteración del orden social serán condenados a una pena de prisión de no más de cinco años. Prisión de duración determinada, detención penal o vigilancia:

(1) Golpear a otros a voluntad, las circunstancias son atroces;

(2) Perseguir, interceptar, insultar o intimidar a otros, las circunstancias sean abominables;

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(3) Extorsión o daño arbitrario o apropiación indebida de propiedad pública o privada, las circunstancias son graves;

(4) En lugares públicos, causar desorden grave en lugares públicos. Quien congregue varias veces una multitud para cometer los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado.