Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Si el propietario fallece, ¿el certificado de encomienda sigue siendo válido?

Si el propietario fallece, ¿el certificado de encomienda sigue siendo válido?

Eso depende. Cuando se le encomienda la certificación notarial, si el cliente fallece, la certificación notarial ya no tendrá el efecto de encomienda. Sin embargo, algunas ventas de bienes raíces se realizan mediante certificación notarial, que en realidad es una relación comprador-vendedor. En este caso, la parte muere, pero los demás herederos deben continuar ejecutando el contrato de compraventa.

La notarización de un poder se refiere a una actividad en la que la notaría nacional certifica la autenticidad y legalidad de la intención del poderdante de autorizar a otros a realizar ciertos actos jurídicos en su propio nombre con base en la solicitud. de la parte interesada.

Para solicitar la certificación notarial se deben presentar los siguientes documentos y materiales:

1. Si un ciudadano pretende certificar ante notario el poder, deberá presentar el certificado de identidad de del cliente (cédula de identidad de residente, libreta de registro del domicilio); si el encargo es de una persona jurídica, se deberá presentar el certificado de calificación de persona jurídica y el certificado de identidad del representante legal para la certificación notarial del contrato de encomienda; se proporcionará junto con el certificado de identidad y el certificado de calificación del principal;

2. Materiales de certificación relacionados con los asuntos encomendados (si se confía a otra persona la gestión de la venta de la casa, el principal deberá presentar el certificado de propiedad de la casa );

3. Cuando el subcliente solicite la escrituración de subencomienda, deberá presentar el comprobante de derecho de subencomienda;

4.

Base jurídica:

Código Civil de la República Popular China

Capítulo 919

Un contrato de comisión es entre el principal y el fideicomisario Contrato mediante el cual una persona acepta que un fideicomisario se encargará de los asuntos del principal.

Artículo 922

El fiduciario administrará los asuntos encomendados de acuerdo con las instrucciones del mandante. Si es necesario cambiar las instrucciones del director, se debe obtener el consentimiento del director si es difícil comunicarse con el director debido a una emergencia, el administrador deberá manejar adecuadamente los asuntos encomendados, pero deberá informar la situación al director de manera oportuna; después.