¿Cómo castigar a los profesores por aceptar regalos?
Sanción por el delito de aceptación de sobornos por parte de docentes: Generalmente, prisión fija no mayor a tres años o prisión preventiva, y multa si el monto es elevado o existen otras; En circunstancias graves, la pena será de prisión de duración determinada no menor de tres años ni mayor de diez años y estará sujeta a multas o confiscación de bienes. El delito de aceptar sobornos se refiere al comportamiento de funcionarios estatales aprovechándose de sus cargos para solicitar bienes ajenos, o aceptar ilegalmente bienes ajenos para buscar beneficios para otros.
Objetividad jurídica:
Artículo 383 de la Ley Penal: El que cometa el delito de corrupción será sancionado conforme a las siguientes disposiciones según la gravedad del caso: (1) El monto de la corrupción es relativamente grande o, si existen otras circunstancias graves, será sentenciado a pena de prisión fija de no más de tres años o prisión penal, y también será multado. (2) Quienes malversan grandes cantidades o tienen otras circunstancias graves serán condenados a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años, y también se les impondrá una multa o se les confiscarán sus bienes. (3) Si el nivel de corrupción es particularmente grande o existen otras circunstancias particularmente graves, será condenado a una pena de prisión de al menos diez años o a cadena perpetua, y también se le impondrá una multa o se le confiscarán sus bienes; si la cantidad es particularmente grande y los intereses del país y del pueblo sufren pérdidas particularmente graves, será condenado a cadena perpetua o cadena perpetua o pena de muerte y confiscación de bienes. Artículo 386 El que cometa el delito de aceptación de soborno será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 383 de esta Ley en función del monto y circunstancias del soborno aceptado. Quien pida sobornos será severamente castigado.