La casa es propiedad conjunta de marido y mujer. ¿Cómo transferirla a una sola parte?
1. La casa es propiedad conjunta de marido y mujer. La transferencia a una de las partes es la siguiente:
(1) Durante el matrimonio, si el marido y la mujer necesitan transferirse. la propiedad a nombre de una de las partes a la otra parte, deben mantener prueba de identidad, certificado de propiedad de la casa, registro del hogar, certificado de matrimonio, formulario de aprobación de transferencia y otros materiales deben presentarse al departamento de administración de vivienda;
(2) Después del divorcio, si es necesario transferir la propiedad original a nombre de ambos cónyuges, ambas partes deben traer su certificado de identidad, certificado de propiedad de la casa, registro del hogar, certificado de divorcio, acuerdo de divorcio, formulario de confirmación y aprobación de la transferencia y otros materiales al departamento de administración de vivienda para su procesamiento. La propiedad transferida también pertenece a * * * y hay un cambio de propiedad. Mientras se pague el costo, no se requieren impuestos.
2. Base jurídica: Artículo 38 del “Reglamento Transitorio de Registro de Bienes Raíces”.
Para solicitar el registro de transferencia de derechos de uso de suelo de construcción de propiedad estatal y propiedad de vivienda, se deben presentar los siguientes materiales según diferentes circunstancias:
(1) Certificado de propiedad de bienes raíces ;
( 2) Contratos de compraventa, permuta y donación
(3) Materiales de herencia o legado
(4) Acuerdos de separación y fusión
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(5) Documentos legales vigentes del tribunal popular o comité de arbitraje;
(6) Documentos de aprobación del gobierno popular o departamentos competentes con autoridad para revisar y aprobar;
(7) Comprobantes de pago de impuestos pertinentes;
(8) Otros materiales necesarios.
Si el contrato de compraventa de inmueble debe presentarse conforme a la ley, el solicitante deberá presentar el contrato de compraventa presentado al momento de solicitar el registro.
2. ¿Cuál es el alcance de los bienes conyugales?
1. Salarios y bonificaciones de ambas partes;
2. Ingresos de producción y operación;
3. claramente obtenible durante la relación matrimonial;
4. Heredar o recibir bienes donados
5. del personal militar, y la relación matrimonial entre el marido y la mujer continúa Tiempo multiplicado por el ingreso anual promedio;
6. Ingresos por inversión de bienes muebles por una de las partes;
7. subsidios y fondos de previsión de vivienda que realmente reciben o deberían recibir tanto hombres como mujeres;
8. El seguro de pensiones y la indemnización por liquidación de quiebras que tanto hombres como mujeres realmente reciben o deberían recibir.