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Alcance de la entrega controlada

Entrega controlada significa que cuando la agencia de investigación descubre un delito, a los efectos de la investigación, no puede arrestar al sospechoso en el acto, sino realizar un seguimiento exhaustivo del sospechoso y permitirle continuar cometiendo el delito bajo supervisión, y luego transferir el crimen a otros sospechosos criminales relacionados cuando el crimen esté involucrado Los métodos de investigación utilizados para capturarlo. La entrega vigilada es uno de los métodos de investigación previstos en la Ley de Procedimiento Penal y es un tipo de investigación técnica. Las pruebas obtenidas mediante entrega vigilada pueden utilizarse como prueba siempre que estén legalmente reconocidas.

1. Contenido controlado

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El primero es la preparación para la entrega controlada, es decir, el descubrimiento de contrabando, que puede basarse en información de agentes encubiertos o informantes, o puede ser descubierto en el acto por los organismos encargados de hacer cumplir la ley pertinentes (como las aduanas y la inspección fronteriza) durante inspecciones de rutina. A juzgar por la situación actual, los primeros son mayoría, pero no es habitual encontrar contrabando en las inspecciones diarias.

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El segundo es el inicio de la entrega controlada, es decir, cuando las fuerzas del orden descubren contrabando, deben determinar rápidamente si el caso cumple con las condiciones básicas para la entrega controlada. medir los riesgos relevantes y luego decidir sobre el método de implementación de la entrega controlada, incluso si se adopta la entrega controlada no dañina o la entrega controlada dañina, e implementarlo solo en un país. ...

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El tercero es implementar la entrega controlada, es decir, las fuerzas del orden deben primero liberar el contrabando "como si nada" y luego comenzar a utilizarlo. varios métodos de monitoreo para prestar mucha atención a la dirección del flujo de contrabando. El principal objetivo de la vigilancia es el contrabando, que debe extenderse a todas las personas que puedan estar expuestas al contrabando.

En segundo lugar, el daño social del crimen se manifiesta principalmente en los siguientes cuatro aspectos:

1. Poner en peligro la dictadura democrática popular, es decir, la base política del sistema socialista. Por ejemplo, el delito de poner en peligro la seguridad nacional;

2. Poner en peligro la propiedad pública estatal y colectiva, es decir, la base económica del sistema socialista. Como el delito de sabotaje a la producción y operaciones;

3. Violación de los derechos personales de los ciudadanos, los derechos democráticos y otros derechos. Como asesinato, lesiones, violación, etc.

4. Destruir el orden social socialista y el orden económico. Por ejemplo, el delito de obstrucción de los asuntos oficiales, el delito de producción y venta de drogas, etc.

En tercer lugar, una conducta se considera delito porque tiene un grado considerable de daño social. Sólo comprendiendo la nocividad de las conductas podremos comprender esencialmente que algunas conductas pueden reconocerse como delitos y otras no. Según las características básicas, no son actos delictivos las siguientes conductas:

(1) Eliminar conductas socialmente nocivas, como legítima defensa, evitación de emergencias, etc.;

(2) Tienen nocividad social, sin embargo, conductas que no alcanzan el nivel de daño criminal, como violaciones a las normas de gestión y castigo de la seguridad pública, conductas incorrectas que violan la disciplina partidista, la disciplina política y la disciplina militar;

( 3) No se sancionará una conducta que sea “evidentemente menor y no dañina” y se considerará delito”. Las disposiciones del derecho penal sobre "no considerado delito" complementan el concepto de delito, haciéndolo más completo y científico. Esta disposición explica que las características externas del comportamiento parecen perjudiciales, pero como las circunstancias son obviamente menores y el daño no es grande, y el daño no alcanza el nivel de un delito, la ley no lo considera un delito.

Base jurídica:

Ley de Procedimiento Penal

Artículo 151

Para conocer los hechos del caso, cuando sea necesario, El responsable del órgano de seguridad pública decidió que el personal relevante puede ocultar sus identidades para la investigación. Sin embargo, no podrá inducir a otros a cometer delitos ni utilizar métodos que puedan poner en peligro la seguridad pública o causar un peligro personal grave.

Para actividades delictivas que impliquen el pago de drogas y otros contrabando o bienes, los órganos de seguridad pública podrán implementar la entrega vigilada de acuerdo con normas basadas en las necesidades de la investigación de los delitos.

Artículo 152

Los materiales recabados mediante diligencias de investigación de conformidad con lo dispuesto en este apartado podrán ser utilizados como prueba en un proceso penal. Si el uso de pruebas puede poner en peligro la seguridad personal de las personas relevantes, o puede producir otras consecuencias graves, se adoptarán medidas de protección tales como no exponer las identidades y métodos técnicos de las personas relevantes, y si es necesario, se podrán verificar las pruebas. por el personal del juicio fuera del tribunal.