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Reglamento para la Aplicación de la Ley de Licitaciones y Licitaciones

Artículo 1 Para regular las actividades de licitación, este reglamento se formula de conformidad con la "Ley de Licitaciones y Licitaciones de la República Popular China" (en adelante, la "Ley de Licitaciones y Licitaciones").

Artículo 2 El proyecto de construcción mencionado en el artículo 3 de la Ley de Licitaciones y Licitaciones se refiere al proyecto y los bienes y servicios relacionados con la construcción del proyecto.

Los proyectos mencionados en el párrafo anterior se refieren a proyectos de construcción, incluyendo construcciones nuevas, reconstrucción, ampliación de edificios, estructuras y su decoración relacionada, el desmantelamiento y reparación de bienes relacionados con la construcción del proyecto se refieren a los componentes del proyecto; proyecto Algunos equipos y materiales son necesarios para realizar las funciones básicas del proyecto. Los servicios relacionados con la construcción del proyecto se refieren al estudio, diseño, supervisión y otros servicios necesarios para completar el proyecto.

Artículo 3 El alcance específico y los estándares de escala de los proyectos de construcción que deben estar sujetos a licitación de acuerdo con la ley serán formulados por el departamento de desarrollo y reforma del Consejo de Estado junto con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado. y será anunciado e implementado después de ser presentado al Consejo de Estado para su aprobación.

Artículo 4 El Departamento de Desarrollo y Reforma del Consejo de Estado guiará y coordinará la licitación nacional y el trabajo de licitación, y supervisará e inspeccionará la licitación y las actividades de licitación de los principales proyectos de construcción nacionales. Los departamentos de industria y tecnología de la información, vivienda y desarrollo urbano-rural, transporte, ferrocarriles, conservación de agua y comercio del Consejo de Estado supervisarán las actividades de licitación de acuerdo con la división de responsabilidades prescrita.

Los departamentos de desarrollo y reforma de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior guían y coordinan el trabajo de licitación y licitación dentro de sus respectivas regiones administrativas. Los departamentos pertinentes de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior supervisarán las actividades de licitación de acuerdo con la división de responsabilidades prescrita e investigarán y abordarán las actividades ilegales en las actividades de licitación de conformidad con la ley. Si el gobierno popular local a nivel de condado o superior tiene otras disposiciones sobre la división de las responsabilidades de supervisión de sus departamentos relacionadas con las actividades de licitación, dichas disposiciones prevalecerán.

El departamento financiero supervisará la implementación de políticas de contratación pública para proyectos de construcción de contratación pública que requieran licitación de acuerdo con la ley.

Los organismos de supervisión supervisarán los objetos de supervisión relacionados con las actividades de licitación y licitación de conformidad con la ley.

Artículo 5: Los gobiernos populares locales a nivel de ciudad o superior divididos en distritos podrán, según las necesidades reales, establecer lugares de licitación y comercio de licitaciones unificados y estandarizados para proporcionar servicios para las actividades de licitación y licitación. Las licitaciones y los centros de negociación de licitaciones no estarán afiliados a departamentos de supervisión administrativa y no tendrán fines de lucro.

El Estado fomenta el uso de redes de información para la licitación electrónica.

El artículo 6 prohíbe al personal estatal intervenir ilegalmente en las actividades de licitación de cualquier forma.

Capítulo 2 Licitación Artículo 7 Para proyectos que requieren procedimientos de aprobación de proyecto de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, el alcance de la licitación, los métodos de licitación y los formularios de organización de licitación se presentarán al departamento de aprobación de proyectos para su aprobación. El departamento de aprobación del proyecto notificará de inmediato a los departamentos de supervisión administrativa pertinentes el alcance de la licitación, el método y la forma organizativa determinados por la aprobación.

Artículo 8 Si un proyecto en el que fondos estatales tienen una posición de control o dominio debe ser objeto de licitación de conformidad con la ley, la licitación será abierta al público, sin embargo, si se cumple una de las siguientes circunstancias; ocurre, se puede invitar a licitar:

( 1) La tecnología es compleja, tiene requisitos especiales o está restringida por el entorno natural, y sólo unos pocos postores potenciales pueden elegir

; (2) El costo de la licitación pública representa una gran proporción del valor del contrato del proyecto.

Si un proyecto previsto en el artículo 7 de este Reglamento tiene alguna de las circunstancias enumeradas en el inciso (2) del párrafo anterior, así lo determinará el departamento de aprobación de proyectos al aprobar el proyecto para otros proyectos; , el licitador informará al departamento de supervisión administrativa correspondiente Solicitud confirmada.

Artículo 9 Salvo las circunstancias especiales previstas en el artículo 66 de la "Ley de Licitaciones y Subastas", no se realizará ninguna licitación bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) es necesario adoptar patentes irremplazables o tecnologías patentadas;

(2) El comprador puede construirlo, producirlo o proporcionarlo por sí mismo de acuerdo con la ley;

(3) Proyectos de franquicia seleccionados a través de licitaciones, los inversores pueden construir, producir o proporcionar por sí mismos de acuerdo con la ley;

(4) Es necesario comprar proyectos, bienes o servicios del postor ganador original, de lo contrario afectará la construcción o requisitos funcionales;

(5) Otras circunstancias especiales especificadas por el estado.

Si el licitador comete fraude para aplicar lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará acto de elusión de la licitación según lo establecido en el artículo 4 de la “Ley de Licitaciones y Subastas”.

Artículo 10 El licitador, según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 12 de la Ley de Licitaciones, tiene la capacidad de preparar los documentos de licitación y organizar la evaluación de las ofertas, lo que significa que el licitador tiene la capacidad de adaptarse a la escala y la complejidad. del proyecto de licitación. Profesionales técnicos y económicos.

Artículo 11 Los departamentos competentes de vivienda urbana y construcción urbano-rural, comercio, desarrollo y reforma, industria y tecnología de la información del Consejo de Estado supervisarán y gestionarán las agencias licitadoras de acuerdo con la división de responsabilidades prescrita.

Artículo 12 Una agencia licitadora deberá tener un cierto número de profesionales con las habilidades correspondientes, tales como preparar documentos de licitación y organizar la evaluación de ofertas.

Artículo 13 Las agencias licitadoras realizarán negocios de agencias licitadoras dentro del alcance encomendado por el licitador, y ninguna unidad o individuo interferirá ilegalmente.

Los organismos licitadores deberán observar la Ley de Licitaciones y Subastas y las disposiciones de este Reglamento sobre postores cuando actúen como agentes de servicios de licitación. Una agencia licitante no ofertará ni actuará como agente en los proyectos de licitación en los que actúe como agente, ni podrá brindar consultas a los postores en los proyectos de licitación en los que actúe como agente.

Artículo 14 El licitador deberá firmar un contrato de encomienda por escrito con la agencia de licitación encargada, y los honorarios acordados en el contrato deberán cumplir con las regulaciones nacionales pertinentes.

Artículo 15 Para los proyectos de licitación pública, se emitirá un anuncio de licitación y se prepararán los documentos de licitación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Licitaciones y Licitaciones y en este Reglamento.

Si el licitador utiliza el método de precalificación para realizar un examen de calificación de posibles postores, deberá emitir un anuncio de precalificación y preparar documentos de precalificación.

Los anuncios de precalificación y los anuncios de licitación de proyectos que requieran licitación según la ley se publicarán en los medios designados por el departamento de desarrollo y reforma del Consejo de Estado de conformidad con la ley. Los contenidos de los anuncios de precalificación o de licitación para un mismo proyecto licitatorio publicados en diferentes medios deben ser consistentes. Los medios designados no cobrarán tarifas por la publicación de anuncios de precalificación nacionales y anuncios de licitación para proyectos que requieran licitación de acuerdo con la ley.

La preparación de documentos de precalificación y documentos de licitación para proyectos que requieren licitación de acuerdo con la ley deberá utilizar los textos estándar formulados por el departamento de desarrollo y reforma del Consejo de Estado junto con los departamentos de supervisión administrativa pertinentes.

Artículo 16 El licitador deberá vender los documentos de precalificación o los documentos de licitación en el momento y lugar especificados en el anuncio de precalificación, anuncio de licitación o invitación a licitación. Los documentos de precalificación o documentos de licitación deben venderse por un plazo no menor a 5 días.

Los honorarios cobrados por el licitador por la venta de documentos de precalificación y documentos de licitación se limitan a los costos de compensación de impresión y envío por correo, y no deben tener fines de lucro.

Artículo 17 El licitador determinará razonablemente el plazo para la presentación de los documentos de solicitud de precalificación. Para proyectos que de acuerdo a ley requieran licitación, el tiempo para presentar los documentos de solicitud de precalificación no será menor a 5 días a partir de la fecha en que los documentos de precalificación dejen de venderse.

Artículo 18 La precalificación se realizará de acuerdo con las normas y métodos especificados en los documentos de precalificación.

Si los fondos estatales mantienen una posición de control o dominante en un proyecto que requiere licitación según la ley, el licitador deberá establecer un comité de revisión de calificación para revisar los documentos de solicitud de precalificación. El comité de revisión de calificaciones y sus miembros deberán cumplir con las disposiciones de la Ley de Licitaciones y Subastas y este reglamento respecto del comité de evaluación de ofertas y sus miembros.

Artículo 19 Una vez completada la revisión de precalificación, el licitador enviará de inmediato un aviso de los resultados de la precalificación al solicitante de la precalificación. Los solicitantes que no hayan pasado la precalificación no serán elegibles para licitar.

Si existen menos de tres postulantes que hayan aprobado la precalificación, se procederá nuevamente a invitar a presentar ofertas.

Artículo 20 Si el licitador utiliza el método de revisión posterior a la calificación para revisar las calificaciones de los postores, el comité de evaluación de ofertas llevará a cabo una revisión de calificaciones de los postores de acuerdo con las normas y métodos especificados en la licitación. documentos después de la apertura de ofertas.

Artículo 21 El licitador podrá realizar las aclaraciones o modificaciones necesarias a los documentos de precalificación o documentos de licitación que hayan sido emitidos. Si la aclaración o modificación puede afectar la preparación de los documentos de solicitud de precalificación o de los documentos de licitación, el licitador deberá notificar por escrito a todos aquellos que hayan obtenido los documentos de precalificación o al menos 15 días antes de la fecha límite para la presentación de los documentos de solicitud de precalificación o ofertas. Los posibles postores de los documentos de licitación; si es menos de 3 días o 15 días, el licitador deberá extender el plazo para presentar los documentos de solicitud de precalificación o los documentos de licitación en consecuencia.

Artículo 22 Si los potenciales postores u otras partes interesadas tienen objeciones a los documentos de precalificación, deberán presentarlas 2 días antes de la fecha límite para la presentación de los documentos de solicitud de precalificación; Presentarse dentro de los 2 días siguientes a la fecha límite. Presentarse antes del plazo 10. El licitador deberá responder dentro de los 3 días siguientes a la fecha de recepción de la objeción; antes de realizar la respuesta, se suspenderán las actividades de licitación.

Artículo 23 El contenido de los documentos de precalificación y documentos de licitación elaborados por el licitador viola las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos, viola los principios de publicidad, equidad, imparcialidad y buena fe, afecta la precalificación -resultados de calificación o Si un postor potencial presenta una oferta, el postor de un proyecto que requiere licitación de acuerdo con la ley deberá volver a invitar a presentar ofertas después de revisar los documentos de precalificación o los documentos de licitación.

Artículo 24 Al dividir las secciones de la oferta en proyectos de licitación, el licitador deberá cumplir con las disposiciones pertinentes de la Ley de Licitaciones y no utilizará la división de las secciones de la oferta para restringir o excluir a posibles postores. Los licitadores de proyectos que requieran licitación de acuerdo con la ley no podrán utilizar la sublicitación para evitar la licitación.

Artículo 25 El licitador deberá indicar el período de validez de la oferta en el pliego de condiciones. El período de validez de la oferta se calcula a partir de la fecha límite para la presentación de los documentos de oferta.

Artículo 26 Si el licitador requiere que el licitador presente un depósito de oferta en el documento de licitación, el depósito de oferta no excederá el 2% del precio estimado del proyecto de licitación. El período de validez de la garantía de oferta será consistente con el período de validez de la oferta.

El depósito de oferta presentado por una unidad licitadora nacional en forma de efectivo o cheque para proyectos que requieran licitación conforme a ley será transferido desde su cuenta de depósito básica.

El licitador no podrá apropiarse indebidamente del depósito de garantía de la oferta.

Artículo 27 El licitador podrá decidir por sí solo si elabora una oferta mínima. Un proyecto licitador sólo puede tener una oferta mínima. La oferta más baja debe mantenerse en secreto.

Los intermediarios encargados de la preparación de las ofertas base no podrán participar en la licitación de los proyectos a los que se haya encomendado la preparación de las ofertas base, ni podrán preparar los documentos de licitación ni brindar consultas a los oferentes del proyecto.

Si el licitador dispone de un límite máximo de oferta, deberá indicar en los pliegos de condiciones el límite máximo de oferta o el método de cálculo del límite máximo de oferta. El licitador no fijará un precio mínimo de oferta.

Artículo 28 El licitador no organizará a uno o varios licitadores potenciales para inspeccionar el sitio del proyecto.

Artículo 29 El licitador podrá realizar licitaciones de contratación general para el proyecto y la totalidad o parte de los bienes y servicios relacionados con la construcción del proyecto de conformidad con la ley.

Si los proyectos, bienes y servicios incluidos en el ámbito de la contratación general en la forma de valoraciones temporales se encuentran dentro del ámbito de proyectos que deben ser objeto de licitación conforme a la ley, y cumplen con los estándares de escala establecidos por el Estado, estarán sujetos a licitar de conformidad con la ley.

El término "valoración tentativa" mencionado en el párrafo anterior se refiere a la cantidad de proyectos, bienes y servicios estimados tentativamente por el licitador en los documentos de licitación porque el precio no se puede determinar al licitar para la contratación general de proyectos. .

Artículo 30: Para proyectos que sean técnicamente complejos o cuyas especificaciones técnicas no puedan formularse con precisión, el licitador podrá llamar a licitación en dos etapas.

En la primera etapa, el licitador presenta una propuesta técnica sin cotización de acuerdo con los requisitos del anuncio de licitación o carta de invitación. El licitador determina las normas y requisitos técnicos con base en la propuesta técnica presentada por el licitador. y prepara los documentos de licitación.

En la segunda etapa, el licitador proporciona los documentos de licitación a los licitadores que presentaron sugerencias técnicas en la primera etapa, y los licitadores presentan los documentos de licitación que incluyen las soluciones técnicas finales y las cotizaciones de acuerdo con los requisitos de la licitación. documentos.

Si el licitador requiere que el licitador presente un depósito de oferta, éste deberá presentarlo en la segunda etapa.

Artículo 31 Si el licitador da por terminada la licitación, deberá hacer un anuncio oportuno o notificar por escrito a los posibles postores que hayan invitado u obtenido documentos de precalificación y documentos de licitación. Si los documentos de precalificación y los documentos de licitación se han vendido o se ha cobrado el depósito de la oferta, el licitador deberá reembolsar de inmediato los honorarios cobrados por los documentos de precalificación y los documentos de licitación, así como el depósito de la oferta y los intereses del depósito bancario por el mismo periodo.

Artículo 32 El licitador no restringirá ni excluirá a posibles licitadores o licitadores con condiciones no razonables.

Si un licitador comete cualquiera de los siguientes actos, restringirá o excluirá a los postores potenciales o a los postores con condiciones irrazonables:

(1) Aplicar a postores potenciales para el mismo proyecto de licitación O el licitador proporciona información diferente sobre el proyecto;

(2) Las calificaciones, las condiciones técnicas y comerciales establecidas no son adecuadas para las características específicas y las necesidades reales del proyecto de licitación o son irrelevantes para la ejecución del contrato;

(3) Los proyectos que requieren licitación de acuerdo con la ley utilizan el desempeño y los premios en regiones administrativas específicas o industrias específicas como puntos de bonificación o condiciones para ganar la licitación;

(4) Usar calificaciones diferentes para postores o postores potenciales Revisar o evaluar los estándares de ofertas;

(5) Definir o designar patentes, marcas, países de origen o proveedores específicos;

(6) Proyectos que requieran licitación de acuerdo con la ley Restricciones ilegales a la propiedad o forma organizativa de posibles postores o postores;

(7) Restringir o excluir a posibles postores o postores con otras condiciones irrazonables.