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Leyes que castigan las noticias falsas

Análisis legal: Cualquier persona que difunda noticias falsas a voluntad en Internet, y las circunstancias sean graves, como fabricar y difundir información terrorista falsa y alterar el orden social, es sospechoso de fabricar y difundir deliberadamente información terrorista falsa. Cualquiera que publique información falsa sobre explosivos, venenosos, radioactivos, patógenos de enfermedades infecciosas, etc., o fabrique información terrorista como amenazas explosivas, amenazas bioquímicas, amenazas de radiación, o difunda deliberadamente información terrorista que perturbe gravemente el orden social, será sentenciado a penas de prisión determinada. prisión no mayor de cinco años, prisión preventiva o control.

Base jurídica: Artículo 291 de la "Ley Penal de la República Popular China" Reunir una multitud para alterar el orden de una estación, muelle, estación de aviación civil, centro comercial, parque, teatro, exposición, campo deportivo u otro lugar público, bloquear el tráfico o alterar el orden del tráfico, resistir u obstruir al personal de gestión de seguridad nacional en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley. Si las circunstancias son graves, los cabecillas serán condenados a penas de prisión de duración determinada no superior a cinco años, detención penal o penas de prisión de duración determinada.

Artículo 291-1: Publicar falsos explosivos, venenosos, radioactivos, patógenos de enfermedades infecciosas y otros materiales, o fabricar información terrorista como amenazas explosivas, amenazas bioquímicas, amenazas de radiación, o fabricar a sabiendas Quien difunda intencionalmente información terrorista y perturbe gravemente el orden social será sancionado con pena privativa de libertad no superior a cinco años, detención o vigilancia penal si se causan consecuencias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no inferior a cinco años; El que fabrique falsos peligros, epidemias, catástrofes o información policial y los difunda en redes de información u otros medios, o a sabiendas los difunda en redes de información u otros medios y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de de tres años, prisión preventiva o control si se le causaren consecuencias graves, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años;

Artículo 291-2: Quienes arrojen objetos desde edificios u otros lugares elevados, si las circunstancias son graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no superior a un año, prisión o vigilancia penal, y será también o únicamente multado. Si la conducta prevista en el párrafo anterior constituye otros delitos, el infractor será condenado y castigado conforme a las disposiciones sobre penas más severas.