¿Qué responsabilidades legales debemos asumir por la okupación?
Base legal: "Interpretaciones del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de disputas civiles sobre nombres de dominio de redes informáticas" Artículo 4 Al conocer un caso de disputa de nombre de dominio, si se cumple lo siguiente Se cumplen las condiciones, el Tribunal Popular considerará que el demandado registró, utilizó El comportamiento del nombre de dominio constituye infracción o competencia desleal: (1) Los derechos civiles reclamados por el demandante son legales y válidos (2) El nombre de dominio del demandado o; su parte principal constituye una copia, imitación, traducción o transliteración de la marca notoriamente conocida del demandante o es inconsistente con el registro del demandante. La marca y el nombre de dominio son lo suficientemente idénticos o similares como para causar malentendidos entre el público relevante; el demandado no tiene ningún interés en el nombre de dominio o su parte principal y no tiene ninguna razón legítima para registrar o usar el nombre de dominio. (4) El demandado no tiene derecho a registrar o usar el nombre de dominio. Hay intenciones maliciosas;