Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Quiero renunciar, pero actualmente estoy ocupado con el trabajo y no puedo tomar licencia sin estar enfermo. Entonces, ¿de qué tipo de enfermedad puedo renunciar?

Quiero renunciar, pero actualmente estoy ocupado con el trabajo y no puedo tomar licencia sin estar enfermo. Entonces, ¿de qué tipo de enfermedad puedo renunciar?

Hola, si renuncias en circunstancias normales, según el artículo 37 de la "Ley de Contrato de Trabajo", puedes renunciar una vez cumplidas las formalidades, y la unidad no te obligará a hacerlo. Si te encuentras con el artículo 38, puedes abandonar tu puesto inmediatamente. Si desea dejar su trabajo debido a una enfermedad, no existe ninguna disposición específica en la ley, pero su empleador también lo dejará ir debido a enfermedades infecciosas comunes. Por ejemplo: hepatitis B, tuberculosis, etc. , pero creo que es mejor dimitir normalmente. Puede solicitar la renuncia primero y luego solicitar la licencia cuando expire.

Artículo 37 de la “Ley de Contrato de Trabajo”: El trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo notificándolo por escrito al empleador con 30 días de anticipación. El empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación durante el período de prueba.

Artículo 38 de la "Ley de Contrato de Trabajo": El trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) No brindar la protección laboral prevista en la contrato de trabajo o condiciones de trabajo;

(2) Falta de pago de la remuneración laboral en su totalidad y a tiempo;

(3) Falta de pago de las primas de seguro social de los trabajadores de conformidad con la ley ;

(4) Las normas y reglamentos del empleador violan las disposiciones de las leyes y reglamentos y dañan los derechos e intereses de los trabajadores;

(5) El contrato de trabajo es inválido debido a la circunstancias previstas en el párrafo 1 del artículo 26 de esta Ley

(6) Otras circunstancias en las que los trabajadores podrán rescindir los contratos de trabajo según lo establecido en las leyes y reglamentos administrativos.

Si el empleador obliga a los trabajadores a trabajar mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal, o si el empleador dirige u obliga ilegalmente operaciones riesgosas que pongan en peligro la seguridad personal de los trabajadores, los trabajadores no podrán notificar al empleador por adelantado. La unidad rescinde inmediatamente el contrato de trabajo.