¿Se pueden subastar por la fuerza casas de reasentamiento sin licencia?
Base jurídica: "Varias disposiciones del Tribunal Popular Supremo sobre la ejecución de las casas hipotecarias por parte del Tribunal Popular".
Artículo 1 El tribunal popular podrá embargar la casa legalmente hipotecada de propiedad del sujeto de ejecución y, a solicitud del acreedor hipotecario, podrá subastar, vender o liquidar la deuda de conformidad con la ley.
Artículo 2: Después de que el tribunal popular resuelva rematar, vender o liquidar la casa legalmente hipotecada por el ejecutado y sus familiares dependientes, otorgará al ejecutado una propiedad de seis Período de gracia de un mes. Durante este período, la persona sujeta a ejecución deberá desalojar voluntariamente la casa, y el tribunal popular no obligará a la persona sujeta a ejecución ni a sus dependientes a mudarse de la casa.