Daré un ejemplo para visualizar la relación entre el sujeto, el objeto y el contenido del derecho, especialmente el objeto. No entiendo lo que esto significa
1. Sujeto de la relación jurídica: El sujeto de la relación jurídica se refiere al partícipe de la relación jurídica, es decir, la persona que disfruta de derechos o asume obligaciones en la relación jurídica. El término jurídico "persona" incluye principalmente a las personas físicas y jurídicas.
2. El objeto de la relación jurídica. El objeto de la relación jurídica se refiere al objeto de los derechos y obligaciones, también llamado objeto de los derechos, obligaciones o derechos.
El objeto de la relación jurídica es un concepto histórico. A medida que la historia social continúa desarrollándose, su alcance, forma y tipo también cambian constantemente. En general, debido al continuo enriquecimiento de los tipos de derechos y obligaciones, el alcance y tipos de objetos de las relaciones jurídicas tienden a ampliarse y aumentar.
3. Contenido de la relación jurídica El contenido de la relación jurídica se refiere a los derechos y obligaciones que disfruta el sujeto de la relación jurídica de conformidad con la ley o el acuerdo bajo ciertas condiciones. se obtienen o pagan entre personas.
Datos ampliados
En primer lugar, en China, según diversas disposiciones legales, los sujetos que pueden participar en relaciones jurídicas incluyen las siguientes categorías:
1. (persona física). Aquí los ciudadanos se refieren no sólo a los ciudadanos chinos, sino también a los ciudadanos extranjeros y a los apátridas que viven o operan en China.
2. Instituciones y organizaciones (personas jurídicas). Esto incluye principalmente tres categorías:
Primero, varias agencias estatales (agencias legislativas, administrativas y judiciales, etc.);
En segundo lugar, varias empresas e instituciones establecidas en China y sino-extranjeras. empresas conjuntas, empresas cooperativas chino-extranjeras y empresas con inversión extranjera;
En tercer lugar, partidos políticos y organizaciones sociales. Estas instituciones y entidades organizativas generalmente pueden convertirse en "personas jurídicas" jurídicas. Esto incluye tanto a las personas jurídicas públicas (instituciones y organizaciones que involucran relaciones constitucionales, relaciones jurídicas administrativas y relaciones jurídicas penales) como a las personas jurídicas privadas (instituciones y organizaciones que involucran relaciones jurídicas civiles o comerciales).
Las agencias y organismos estatales de mi país pueden ser personas jurídicas públicas o personas jurídicas privadas, dependiendo de la naturaleza de las relaciones jurídicas en las que participan.
3. En circunstancias especiales, el Estado en su conjunto puede convertirse en objeto de relaciones jurídicas.
Por ejemplo, como soberano, un país es sujeto de relaciones internacionales de derecho público y puede convertirse en acreedor o deudor en relaciones comerciales exteriores. En el derecho interno, el estatus del Estado como sujeto de relaciones jurídicas es relativamente especial y diferente del de los ciudadanos comunes y de las personas jurídicas.
El Estado puede participar directamente en las relaciones jurídicas nacionales en su propio nombre (como la emisión de letras del Tesoro), pero en la mayoría de los casos, las agencias estatales u organizaciones autorizadas participan en las relaciones jurídicas como representantes.
4. Extranjeros y organizaciones sociales extranjeras. Los extranjeros, los apátridas y las organizaciones sociales extranjeras también pueden ser objeto de ciertas relaciones legales en mi país de acuerdo con las leyes pertinentes de mi país y los tratados de visas de mi país con los países relevantes.
5. Asociación.
En segundo lugar, los objetos de las relaciones jurídicas se pueden resumir en las siguientes categorías:
1. Las cosas en el sentido jurídico se refieren a entidades objetivas que están controladas por el sujeto de las relaciones jurídicas y necesarias para la producción y la vida. Puede ser algo natural o puede ser un producto; puede ser un animal vivo o un animal inactivo.
Como objetos de relaciones jurídicas, las cosas están conectadas y son diferentes en un sentido físico. No sólo tiene propiedades físicas, sino también propiedades legales. Para convertirse en objeto de relaciones jurídicas, las cosas en el sentido físico deben cumplir las siguientes condiciones:
Primero, deben ser reconocidas por la ley.
En segundo lugar, debe ser reconocido y controlado por los humanos. Las cosas que no pueden ser conocidas ni controladas (como los cuerpos celestes distintos de la Tierra) no pueden convertirse en objeto de relaciones jurídicas.
En tercer lugar, puede aportar algunos beneficios materiales a las personas y tiene valor económico. Cuarto, debemos ser independientes. Las cosas indivisibles (como el asfalto de la carretera, la estructura del puente, las puertas y ventanas de la casa, etc.) no pueden separarse del sujeto y del objeto y, por tanto, no pueden existir solas como objeto de las relaciones jurídicas. En cuanto a lo que se puede utilizar como objeto de una relación jurídica y lo que se puede utilizar como relación jurídica, debe estar estipulado por la ley.
En nuestro país la mayoría de las cosas naturales y productivas pueden convertirse en objeto de relaciones jurídicas. Sin embargo, no se permite que las siguientes cosas entren en el ámbito de la circulación nacional de mercancías y se conviertan en objeto de relaciones jurídicas privadas:
(1) Océanos, montañas, ríos, aire y otras cosas públicas o estatales;
(2) Reliquias culturales;
(3) Instalaciones y armas militares (armas, municiones, etc.);
(4) Cosas nocivas para los humanos; (Como drogas, medicinas falsificadas, libros obscenos, etc.).
2. El cuerpo humano es un todo fisiológico (organismo) compuesto por varios órganos fisiológicos. No es sólo la forma material de los seres humanos, sino también la encarnación de los intereses espirituales humanos.
En la sociedad moderna, con el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la medicina modernas, han aparecido una gran cantidad de transfusiones de sangre, injertos de piel, trasplantes de órganos, recolección de esperma y otros fenómenos. Al mismo tiempo, también surgieron este tipo de transacciones y sus contratos, lo que generó una serie de problemas legales. De esta manera, las personas no son sólo portadoras del sujeto de las relaciones jurídicas, sino también objeto de las relaciones jurídicas dentro de un determinado rango.
Pero cabe señalar que:
En primer lugar, el cuerpo (todo) de una persona viva no puede ser considerado como una "cosa" jurídicamente, ni puede ser objeto de derechos de propiedad, derechos de acreedor o derechos de herencia.
Está prohibido que cualquier persona (incluido él mismo) utilice todo el cuerpo como "propiedad" para participar en actividades económicas y legales remuneradas, y no se permite su transferencia ni venta. La trata de personas y la compra y venta de matrimonios son actos ilegales y criminales prohibidos por la ley y deben ser castigados por la ley.
En segundo lugar, a los titulares de derechos no se les permite participar en actividades ilegales o indecentes sobre sus propias personas, no se les permite abusar de sus propias personas y no se les permite cultivar sus propias personalidades y personalidades. Por ejemplo, la prostitución, el suicidio y la automutilación son todos ilegales, o al menos no los fomenta la ley.
En tercer lugar, el ejercicio de los derechos personales debe realizarse de conformidad con la ley y no debe exceder los límites autorizados por la ley. Está estrictamente prohibido ejercer ilegalmente por la fuerza derechos contra otros. Por ejemplo, un padre con custodia no debe abusar de un menor.
La naturaleza jurídica de las partes del cuerpo humano (como sangre, órganos, piel, etc.). ) es un tema complejo. No se puede generalizar si pertenece a una persona o a una "cosa" jurídica.
Se debe analizar desde tres aspectos: cuando una parte del cuerpo humano no ha sido separada del cuerpo humano en su conjunto, pertenece al cuerpo humano mismo cuando es una parte del cuerpo humano de forma natural; se separa del cuerpo y se convierte en un objeto extraño separado del cuerpo, también puede considerarse una "cosa" legal cuando la parte se implanta en el cuerpo de otra persona, se convierte en parte integral del cuerpo de la otra persona;
3. Productos espirituales. También conocida como riqueza espiritual y riqueza intangible. Los productos mentales son el resultado del pensamiento humano registrado y circulado a través de algunos objetos (como libros, ladrillos, papel, hojas, discos) o el cerebro.
Los productos espirituales se diferencian de las cosas tangibles. Su valor y beneficios radican en la cultura espiritual como la información, el conocimiento, la tecnología, los signos (símbolos) que llevan las cosas.
Al mismo tiempo, se diferencia de las propias actividades psicológicas subjetivas de las personas. Es la materialización y fijación de las actividades psicológicas. Los productos espirituales son riqueza intangible. Los eruditos occidentales lo llaman "invisible". La comunidad jurídica china suele llamarlo "logros intelectuales" o "propiedad intangible".
4. Este tipo de objeto suele presentarse en forma de deuda. Por ejemplo, el objeto de un contrato es la conducta. Una vez firmado el contrato, las partes deberán cumplir las obligaciones acordadas, y este cumplimiento de las obligaciones es en realidad el objeto del contrato.
Esto significa que el comportamiento es diferente de las consecuencias del comportamiento. Por ejemplo, el resultado de un contrato (presentar una demanda) es un litigio, pero el objeto del contrato es el contrato, es decir, el acto de completar la demanda, y el resultado del acto sólo puede denominarse materia. Aunque el sujeto tiene una palabra más que el sujeto, el significado es bastante diferente.
Materiales de referencia:
Enciclopedia Baidu_Relación legal