¿Cuáles son los requisitos de créditos para la educación continua de enfermeras?
(1) El rendimiento académico anual de todas las enfermeras en instituciones médicas y de salud superiores al nivel del condado no es inferior a 25 créditos;
(2 ) Centros de salud municipales, salud comunitaria El rendimiento académico anual de las enfermeras en los centros (estaciones) de servicios no es inferior a 20 créditos;
(3) Las enfermeras superiores de las instituciones médicas y de salud provinciales y los hospitales terciarios reciben no menos de 3 créditos nacionales de educación médica continua cada año.
2. Instituciones médicas y sanitarias provinciales
(1) El rendimiento académico anual de las enfermeras de nivel intermedio y superior no será inferior a 25 créditos. Entre ellos, los créditos de Categoría I no tienen menos de 15 puntos; los créditos de Categoría II no tienen menos de 10 puntos (los créditos de autoestudio no tienen más de 3 puntos).
(2) El rendimiento académico anual de los enfermeros con título profesional junior no será inferior a 25 créditos. Entre ellos, los créditos de Categoría I no tienen menos de 10 puntos; los créditos de Categoría II no tienen menos de 15 puntos (los créditos de autoestudio no tienen más de 3 puntos).
3. Instituciones médicas y de salud de nivel municipal (estatal)
(1) El rendimiento académico anual de las enfermeras con títulos profesionales superiores no debe ser inferior a 25 créditos. Entre ellos, los créditos de Categoría I no tienen menos de 15 puntos; los créditos de Categoría II no tienen menos de 10 puntos (los créditos de autoestudio no tienen más de 3 puntos).
(2) Las enfermeras de secundaria con títulos profesionales deben tener un puntaje académico anual no menor a 25 créditos. Entre ellos, los créditos de Categoría I no tienen menos de 10 puntos; los créditos de Categoría II no tienen menos de 15 puntos (los créditos de autoestudio no tienen más de 3 puntos).
3. Instituciones médicas y de salud a nivel de condado
(1) El rendimiento académico anual de las enfermeras con títulos profesionales superiores no debe ser inferior a 25 créditos. Entre ellos, los créditos de Categoría I no tienen menos de 10 puntos; los créditos de Categoría II no tienen menos de 15 puntos (los créditos de autoestudio no tienen más de 3 puntos).
(2) Las enfermeras de secundaria con títulos profesionales deben tener un puntaje académico anual no menor a 25 créditos. Entre ellos, los créditos de Categoría I no tienen menos de 5 puntos; los créditos de Categoría II no tienen menos de 20 puntos (los créditos de autoestudio no tienen más de 3 puntos).
4. Centros de salud municipales y centros (estaciones) de servicios de salud comunitarios
Todas las enfermeras deben obtener no menos de 20 créditos por año, no están obligadas a obtener créditos de Categoría I y son autónomas. -Los créditos de estudio no deben exceder los 5 créditos.
5. Antes de que las enfermeras recién contratadas obtengan títulos profesionales junior, en principio, deben consultar los requisitos de crédito para los títulos profesionales junior.
6. Con la aprobación de la unidad, se considerará que han completado los créditos de ese año quienes participen en la formación de grado académico y aprueben el rendimiento académico anual dentro del período de estudio prescrito.
7. Las enfermeras que participen en la educación y formación médica después de graduarse serán evaluadas según la evaluación anual o evaluación de graduación. Si superan la evaluación en la base de formación, se considerará que han completado los créditos. para ese año.
8. Con el consentimiento de la unidad, participar en apoyo sanitario para la agricultura, apoyo de contraparte, ayuda a Xinjiang, ayuda al Tíbet, equipos médicos de ayuda exterior o estudiar en otras unidades (incluida la formación en el extranjero), y aprobar la evaluación durante 3 meses consecutivos o más. Se considerará que ha completado los créditos del año en curso. Si participa por menos de 3 meses, se le otorgarán 6 créditos cada mes. No existe diferencia entre créditos de primer y segundo nivel.
9. Al participar en educación médica continua a distancia de un año completo, los créditos obtenidos no deben exceder los 10 créditos (incluidos los créditos de Categoría I y los créditos de Categoría II).
10. Los créditos de Categoría I y Categoría II no pueden sustituirse entre sí.