El gobierno abusa de su poder y viola los derechos de los ciudadanos.
1. ¿La vulneración de la privacidad de los ciudadanos se considera un caso penal?
Generalmente, la infracción de la privacidad de otra persona es un agravio civil y el infractor será responsable de una indemnización, incluida una indemnización por daño mental, y no constituye responsabilidad penal. Sin embargo, la infracción de la privacidad debe cumplir las condiciones legales para constituir un delito.
Según lo dispuesto en la Ley Penal:
1 El que ilegalmente registre el cuerpo o la residencia de otros, o invada ilegalmente la residencia de otros, será sancionado con pena de prisión determinada. prisión no mayor a tres años o prisión preventiva. El personal judicial que abuse de sus facultades y cometa el delito del párrafo anterior será severamente sancionado.
2. El que oculte, destruya o abra ilegalmente cartas ajenas y atente contra el derecho de los ciudadanos a la libertad de comunicación, si las circunstancias son graves, será castigado con pena privativa de libertad no superior a un año. año o detención penal.
3. Los trabajadores postales que abran, oculten o destruyan correspondencia o telegramas sin autorización serán castigados con pena privativa de libertad no superior a dos años o con prisión preventiva.
Quien cometa el delito de sustracción de bienes del párrafo anterior será condenado y severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 de esta Ley.
2. ¿Qué comportamientos son violaciones de la privacidad?
De acuerdo con las leyes de nuestro país, los siguientes comportamientos son violaciones de la privacidad:
1. Publicar el nombre, retrato, dirección y número de teléfono de un ciudadano sin su consentimiento.
2. Invadir ilegalmente, registrar viviendas ajenas o perturbar la paz ajena de otras formas.
3. Acecho ilegal a otros, vigilancia de residencias de otras personas, instalación de equipos de escucha, filmación secreta de la vida privada de otras personas y espionaje de situaciones interiores de otras personas.
4. Espiar ilegalmente el estado de propiedad de otras personas o publicar el estado de su propiedad sin el permiso de otros.
5. Abra las cartas de otras personas en privado, eche un vistazo a los diarios de otras personas, espíe el contenido de los documentos privados de otras personas y hágalos públicos.
6. Investigar y espiar las relaciones sociales de otras personas para hacerlas violar la ley.
7. Interferir en la vida sexual de otras parejas o investigarla y publicarla.
8. Anunciar al público la vida sexual extramarital de otros.
9. Divulgar materiales personales de los ciudadanos o hacerlos públicos o ampliar el alcance de la divulgación.
10. Recopilar información puramente personal que los ciudadanos no estén dispuestos a revelar al público.
En tercer lugar, cómo determinar la vulneración de la intimidad
Como tipo de derecho de la personalidad, la responsabilidad por vulneración de la intimidad es la misma que la de otros derechos. Debe cumplir los requisitos generales para ello. Responsabilidad extracontractual, es decir, culpa subjetiva, actos ilícitos, hechos de daño y causalidad.
1. Culpa subjetiva
La infracción de la privacidad es un agravio general y el autor debe tener culpa subjetiva para constituir responsabilidad extracontractual. La dolo y la negligencia no tienen nada que ver entre sí, pero la forma de la culpa afecta a la responsabilidad del autor del daño.
2. ¿Existe algún comportamiento ilegal?
Los comportamientos que infringen la privacidad de otras personas son evaluados negativamente por la ley porque violan directamente la ley o violan la moral social, haciéndolo ilegal. El derecho a la privacidad es un derecho absoluto con implicaciones universales para el mundo. Requiere que cualquier persona no especificada tenga la obligación de no invadir la privacidad de otros. Cualquier violación de esta obligación se califica como invasión de la privacidad, salvo que exista legítima defensa. Generalmente esta intrusión toma la forma de un comportamiento que no implica necesariamente revelar la privacidad de otros. Combinando la diversidad de tipos de comportamiento y el desarrollo de connotaciones de privacidad, se puede resumir básicamente en dos categorías: comportamientos que infringen el espacio privado y comportamientos que infringen la información privada.
3. Resultados del daño
El daño es el resultado de una infracción. Como estado de hecho, existen tres manifestaciones principales: pérdida de propiedad, daño a intereses personales y dolor psíquico. La invasión de la privacidad no está directamente relacionada con los intereses de propiedad y, a veces, ningún interés de propiedad resulta perjudicado en absoluto. Lo que se ve afectado suele ser un daño a los intereses personales, generalmente acompañado de dolor mental. Por supuesto, esto no niega las pérdidas económicas causadas por la privacidad comprometida. En términos generales, mientras exista un hecho de infracción de derechos legales, incluso si las consecuencias de la infracción son difíciles de detectar o probar, aún así puede constituir un daño según el derecho civil. Es difícil cuantificar las consecuencias del daño a derechos espirituales de la personalidad como el derecho a la privacidad, y es difícil probar el daño específico a la personalidad de la víctima, pero esto no impide la existencia del hecho del daño.
4. Existe una relación de causalidad
La relación de causalidad en el Código Civil consiste en determinar la relación entre la conducta del actor y el resultado. infringe el derecho a la privacidad y el hecho de conexión directa. La consecuencia de la infracción de la privacidad es el "desbordamiento" de información controlada por ellos mismos por los titulares de derechos y la intrusión en la vida privada, que es causada por la infracción. En otras palabras, el sujeto de derechos sufre daños en sus intereses personales debido a esta conducta ilegal. El daño a intereses y comportamientos no patrimoniales es relativamente fácil de comprender. El problema radica en la determinación de la relación causal entre los intereses de propiedad y la infracción. Si existe una conexión directa y necesaria debe comprenderse mediante un método determinado, generalmente a partir de los dos aspectos siguientes: si existe una secuencia en el tiempo y si la infracción existe objetivamente.
Los derechos de privacidad de los ciudadanos están protegidos por ley y sus derechos de privacidad han sido violados. Las víctimas deben utilizar activamente medios legales para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos.