Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, algunos gastos realizados por extranjeros pueden ser reembolsados. ¿Se puede deducir antes del Impuesto sobre Sociedades?
La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas no estipula que parte de los gastos de los extranjeros puedan reembolsarse, solo estipula el monto de exención del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre los sueldos y salarios de los extranjeros (al igual que nuestro salario mensual es de 3.500), que pertenece a la propiedad salarial. .
En cuanto al reembolso de otros gastos para extranjeros, lo estipula la propia empresa, y el importe del reembolso no está obligado por ley.
En general, el salario del personal extranjero y los gastos de obtención de facturas razonables para su reembolso se pueden deducir antes del Impuesto sobre Sociedades. Los gastos deducidos antes del Impuesto sobre Sociedades no tienen nada que ver con si los pagas a empleados nacionales o extranjeros.