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¿Qué quiere decir con agencias gubernamentales?

Análisis Legal: Se refiere ampliamente a todas las agencias legislativas, ejecutivas, judiciales y burocráticas de los gobiernos centrales y locales. Las agencias gubernamentales en sentido estricto sólo se refieren a agencias administrativas centrales y locales y agencias burocráticas, es decir, algunas agencias estatales establecidas de conformidad con las leyes nacionales que gozan de poder administrativo y asumen funciones administrativas. En China, también se les llama "agencias administrativas estatales".

Base jurídica: "Ley Orgánica de las Asambleas Populares Locales y los Gobiernos Populares Locales en Todos los Niveles de la República Popular China" Artículo 64 Los gobiernos populares locales en todos los niveles actuarán dentro de sus capacidades de acuerdo con las necesidades del trabajo. , establecer los departamentos de trabajo necesarios.

Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior establecen agencias de auditoría. Los organismos de auditoría locales de todos los niveles ejercen de forma independiente poderes de supervisión de auditoría de conformidad con la ley y son responsables ante el gobierno popular en el mismo nivel y ante el organismo de auditoría del siguiente nivel superior.

El establecimiento, aumento, disminución o fusión de departamentos, oficinas, comités y otros departamentos de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central se informará al Consejo de Estado para su aprobación por el gobierno popular al mismo nivel y reportó al Comité Permanente del Congreso Popular al mismo nivel para su registro.

El establecimiento, aumento, disminución o fusión de oficinas, departamentos y otros departamentos de los gobiernos populares de prefecturas autónomas, condados, condados autónomos, ciudades y distritos municipales deben informarse al gobierno popular en el nivel inmediatamente superior. nivel para su aprobación y reportado a los representantes del pueblo del mismo nivel. Registrado por el Comité Permanente de la Asamblea General.