Abogado especializado en litigios penales en Luoyang, Henan.
Fallas en el matrimonio que pueden ser reparadas por el autor;
1. Bigamia
El delito de bigamia se refiere al delito de bigamia cuando un cónyuge se casa con otro. persona, o sabe a sabiendas que otra persona tiene cónyuge en el acto de contraer matrimonio. Aunque el matrimonio no ha sido registrado, si el cónyuge vive con otras personas en nombre de marido y mujer, y los forasteros piensan que son marido y mujer, también constituye bigamia. La bigamia es una grave violación de los derechos de los cónyuges y un grave perjuicio a la monogamia.
En la práctica, suele existir el malentendido de que el procesamiento de la bigamia sólo puede ser un proceso privado, es decir, sólo cuando la víctima toma la iniciativa de perseguir su responsabilidad penal las autoridades judiciales aceptarán el caso. De hecho, este no es el caso. Todavía existe una responsabilidad considerable en la bigamia, que es el resultado de una investigación intermedia del organismo de seguridad pública. Por supuesto, en las actividades civiles, especialmente en los casos de divorcio, la investigación de responsabilidad por bigamia no se basa en la identificación de la bigamia.
2. El cónyuge vive con otras personas.
La convivencia de un cónyuge con otras personas se refiere al comportamiento de un cónyuge que vive juntos de forma continua y estable en nombre de marido y mujer con una persona del sexo opuesto fuera del matrimonio. Las relaciones sexuales extramaritales ocasionales y encubiertas no están cubiertas. Es decir, aunque pueda afectar la relación entre marido y mujer e incluso conducir a la ruptura de la relación entre marido y mujer, la parte culpable no puede ser considerada responsable de los daños y perjuicios.
En la práctica judicial es fácil generar controversia, es decir, qué es la convivencia continua y estable, es decir, qué período de tiempo puede considerarse continuo y estable. En la práctica, en términos generales, se considerará que las personas que han convivido durante más de tres meses tienen un cónyuge que vive con otras personas. Si viven juntos como marido y mujer, puede constituir un delito de bigamia, y la víctima puede responsabilizar a la parte equivocada por el delito de bigamia.
3. Violencia doméstica
La violencia doméstica se refiere a que el perpetrador causa cierto daño físico y mental a miembros de la familia al golpear, atar, mutilar, restringir por la fuerza la libertad personal u otros medios. . La violencia doméstica persistente y frecuente constituye abuso.
Por lo tanto, las peleas y riñas ocasionales entre marido y mujer en la vida diaria no constituyen violencia doméstica. Y la rendición de cuentas por la violencia doméstica requiere ciertas consecuencias perjudiciales.
4. Abuso y abandono de familiares
El abuso se refiere a la discriminación, tortura y destrucción de los cónyuges u otros miembros de la familia en forma de acciones u omisiones, causándoles sufrimiento mental. y daños físicos actos ilegales. Como abuso, intimidación, frío y hambre, enfermedades incurables, restricción de la libertad personal, etc. El abandono se refiere al comportamiento ilegal de una parte que tiene la obligación de apoyar, apoyar y apoyar a la otra parte que necesita apoyo, apoyo y apoyo.
El abuso y el abandono de miembros de la familia tienen ciertas consecuencias perjudiciales. Si las circunstancias son graves, se podrá perseguir la responsabilidad penal correspondiente.