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¿Cuáles son las responsabilidades de seguridad de los guardianes de operaciones especiales?

Las obligaciones y derechos del guardián de seguridad ocupacional son tener un fuerte sentido de responsabilidad, comprender el proceso de producción del puesto en el área de operación de incendios y estar familiarizado con la operación del proceso y el estado del equipo; -equipos de lucha y otros equipos de rescate, para comprobar la implementación de las medidas de seguridad y para supervisar las instalaciones de extinción de incendios. Si es necesario, tienen derecho a solicitar que las operaciones se suspendan temporalmente, lleven señales claras, estén equipadas con detectores de seguridad especiales, y apegarse a sus puestos.

Base jurídica:

"Ley de la República Popular China sobre la Protección de Menores"

Artículo 15 Los padres u otros tutores de menores deben aprender educación familiar conocimientos, aceptar la orientación educativa familiar y crear un ambiente familiar bueno, armonioso y civilizado.

* * *Otros miembros adultos de la familia que vivan juntos ayudarán a los padres u otros tutores del menor a criar, educar y proteger al menor.

Artículo 16 Los padres u otros tutores de menores desempeñarán las siguientes funciones de tutela:

(1) Proporcionar protección a la vida, la salud y la seguridad de los menores;

( 2) Prestar atención a las necesidades físicas, psicológicas y emocionales de los menores;

(3) Educar y orientar a los menores para que respeten la ley, sean diligentes y ahorrativos y desarrollen buenos hábitos ideológicos, morales y de comportamiento;

(4) Proporcionar educación sobre seguridad a los menores para mejorar su conciencia y capacidad de autoprotección;

(5) Respetar el derecho de los menores a la educación y garantizar que los menores de la edad adecuada acepten y completar la educación obligatoria de conformidad con la ley;

(6) Garantizar el tiempo de descanso, entretenimiento y ejercicio físico de los menores, y orientarlos para la realización de actividades beneficiosas para su salud física y mental;

(7) Administrar y proteger adecuadamente los bienes de los menores;

(8) Actuar en nombre de los menores para realizar actos jurídicos civiles conforme a la ley;

(9) Prevenir y detener los abusos de menores Proporcionar disciplina razonable por mala conducta y actos ilegales y criminales;

(10) Otras tareas de tutela que deben realizarse.

Artículo 17 Los padres u otros tutores de menores no cometerán los siguientes actos:

Abusar, abandonar, adoptar ilegalmente menores o cometer violencia doméstica contra menores

; (2) complacer, instigar o utilizar a menores para que cometan actos ilegales y criminales;

(3) complacer, instigar a menores a participar en cultos y actividades supersticiosas o aceptar el terrorismo, el separatismo, el extremismo y otras infracciones;

(4) Complacer e instigar a menores a fumar (incluidos los cigarrillos electrónicos, lo mismo a continuación), beber, apostar, deambular y mendigar, o intimidar a otros;

(5) Permitir u obligar los menores que deberían recibir educación obligatoria abandonen o abandonen la escuela;

(6) Permitir que los menores disfruten de Internet y estén expuestos a libros, periódicos, películas, programas de radio y televisión, audio y video. productos, publicaciones electrónicas e información en línea;

(7) Permitir el ingreso de menores a lugares comerciales de entretenimiento, bares, locales comerciales de servicios de Internet y otros lugares no aptos para menores Lugares donde los adultos puedan realizar actividades;

(8) Permitir u obligar a menores a realizar trabajos distintos a los prescritos por el estado;

(9) Permitir u obligar a menores a casarse o convertirse en menores de edad Celebrar un contrato matrimonial;

(10) Castigo ilegal, apropiación indebida de bienes de menores o uso de menores para buscar beneficios indebidos;

(11) Otras violaciones de la salud física y mental de menores, de sus derechos de propiedad o de su incumplimiento cumplir con la obligación de proteger a los menores de conformidad con la ley.

Artículo 18 Los padres u otros tutores de menores deberán proporcionar a los menores un entorno de vida familiar seguro y eliminar rápidamente los riesgos de seguridad que puedan causar lesiones como descargas eléctricas, quemaduras, caídas, etc., tomar medidas para proporcionar al niño; asientos de seguridad Tomar medidas como proporcionar sillas y educar a los menores para que respeten las normas de tránsito para evitar que resulten heridos en accidentes de tránsito; mejorar su conciencia sobre la protección de seguridad al aire libre para evitar que los menores se ahoguen, resulten heridos por animales y otros accidentes;

Artículo 19 Los padres u otros tutores de menores deberán, en función de la edad y desarrollo intelectual del menor, escuchar las opiniones del menor y considerar plenamente sus opiniones antes de tomar decisiones que afecten a sus derechos e intereses. intención.

Artículo 20: Cuando los padres u otros tutores de menores descubran que se ha vulnerado la salud física y mental del menor, se sospecha que se ha vulnerado, o se han vulnerado otros derechos e intereses legítimos, deberán comprender prontamente la situación y tomar medidas de protección si la situación es grave. Si se encuentra, debe informarse de inmediato a los departamentos de seguridad pública, asuntos civiles, educación y otros;

Artículo 21 Los padres u otros tutores de menores de edad no dejarán sin supervisión a menores de ocho años o que requieran cuidados especiales por razones físicas o psicológicas, ni encomendarán sin vigilancia el cuidado temporal de personas con capacidad de conducta civil. , personas con capacidad limitada para la conducta civil, personas que padecen enfermedades infecciosas graves u otras condiciones inadecuadas.

Los padres u otros tutores de menores no permitirán que los menores de 16 años vivan solos sin supervisión.

Artículo 22 Si los padres u otros tutores de un menor no pueden desempeñar plenamente sus deberes de tutela dentro de un determinado período de tiempo debido a trabajo migratorio u otras razones, confiarán a una persona con plena capacidad civil para cuidar de él o ella; nadie podrá encomendar a otros la custodia de él sin motivos justificables;

Los padres u otros tutores de menores deben considerar de manera integral factores como su carácter moral, situación familiar, salud física y mental y conexión emocional con la vida del menor. , y escuchar las opiniones de los menores que tienen la capacidad de expresar sus deseos.

No podrán servir como clientes quienes tengan alguna de las siguientes circunstancias:

(1) Quienes hayan cometido agresión sexual, abuso, abandono, secuestro, violencia y otras conductas ilícitas. y actos criminales;

(2) Aquellos que tienen malos hábitos como abuso de drogas, alcoholismo, juego, etc.;

(3) Aquellos que se niegan a desempeñarse o son lentos para desempeñar sus funciones de tutela durante mucho tiempo;

(4) Otros que no son aptos para desempeñar el cargo de principal.

Artículo 23 Los padres u otros tutores de menores notificarán de inmediato por escrito a la escuela, el jardín de infantes, el comité de residentes y el comité de la aldea sobre la residencia real del menor y fortalecerán la cooperación con la escuela, el jardín de infantes y la aldea del menor. comité de comunicación en los jardines de infancia; contactar y comunicarse con los menores y las partes al menos una vez por semana para comprender la vida, el estudio y la psicología de los menores, y brindar atención familiar.

Los padres u otros tutores de menores deben tomar medidas de intervención oportunas después de recibir una notificación del cliente, el comité de residentes, el comité de la aldea, la escuela o el jardín de infantes sobre el comportamiento mental anormal de los menores.

Artículo 24: Cuando los padres de menores se divorcien, deberán manejar debidamente la custodia, educación, visitas, bienes y demás asuntos de los hijos menores, y escuchar las opiniones de los menores que tengan capacidad de expresar su deseos. La custodia de los hijos menores no se puede luchar por arrebatárselos u ocultarlos.

Tras el divorcio de los padres de un menor, la parte que no apoya directamente al menor deberá visitarlo en el momento y forma que determine el acuerdo, la sentencia del tribunal popular o la carta de mediación, sin que afecten el estudio y la educación del menor, la parte que críe directamente al niño deberá cooperar, a menos que el tribunal popular suspenda los derechos de visita de conformidad con la ley.