Disposiciones relevantes sobre tarifas
Hecho en Bruselas el 5 de julio de 1890. Reglamento para la aplicación del Convenio del 5 de julio de 1890 - La Oficina Internacional, que publica las tarifas (artículo 13 del Convenio), puede traducir y publicar libremente, en parte o en su totalidad, a sus expensas, el Diario Internacional de Aranceles, con excepción de textos ya adoptados por la Oficina Internacional.
Cada estado miembro también tiene derecho a citar sólo un extracto del Arancel. En circunstancias especiales, por supuesto, una parte de la revista "Arancel Internacional" puede citarse en publicaciones oficiales locales o documentos parlamentarios; Cada Estado miembro todavía tiene el derecho de publicar y traducir todas las tarifas en sus propios idiomas, siempre que dichas publicaciones no sean copias de obras de la Oficina Internacional. La Oficina Internacional debería traducir cuidadosamente las normas aduaneras. Sin embargo, el gobierno correspondiente no es responsable de la exactitud de la traducción. En caso de disputa, prevalecerá el texto original.
Esto deberá indicarse en negrita al pie de la primera página de cada número del Journal of International Tariffs. Cada Gobierno de un Estado miembro, al retirar el número de ejemplares del Diario Internacional de Aduanas correspondiente a las cuotas de afiliación pagadas, notificará a la Oficina Internacional en el idioma adoptado por ésta la edición que requiera.
Los Estados miembros tienen derecho a solicitar un determinado número de versiones en una lengua y el resto en otras lenguas. Los gastos de la Oficina Internacional se estiman de la siguiente manera:
1 Salarios del personal y de los empleados de la Oficina Internacional (incluido un recargo del 15%)
...Setenta y cinco mil francos
b. Los gastos de impresión y distribución de la revista "Aduanas Internacionales"... 30.000 francos.
En tercer lugar, costes de alquiler y reparación, costes de combustible, costes de electricidad, costes de suministros, gastos de oficina, etc. de la Oficina Internacional. ...Veinte mil francos
* * * 125.000 francos.
Artículo 9 El Ministro de Asuntos Exteriores de Bélgica es responsable de tomar las medidas necesarias para organizar y gestionar la Oficina Internacional dentro de las competencias especificadas en el Convenio y el presente Reglamento.
Artículo 10 Con la aprobación del Ministro belga de Asuntos Exteriores, el jefe de la Oficina Internacional tiene derecho a transferir el saldo del año anterior al año en curso. El dinero transferido debe utilizarse como fondo de reserva para emergencias temporales. Sin embargo, el importe del fondo de reserva no excederá de 25.000 francos. Si se considera apropiado, el saldo restante podrá utilizarse para reducir el precio de suscripción de la revista Aduana Internacional, pero no podrá utilizarse para aumentar la cantidad de la revista solicitada por el país participante. Este saldo también podrá utilizarse para pagar traducciones en idiomas distintos de los enumerados en el artículo 1.
El último método de gasto mencionado anteriormente sólo puede implementarse con el consentimiento unánime de los miembros de la alianza y las colonias.
Hecho en Bruselas el 5 de julio de 1890, como anexo al Convenio firmado el mismo día. Los representantes que firmaron el memorando que firma la Convención del 5 de julio de 1890 y el Reglamento por el que se crea la Unión Aduanera Internacional se reunieron hoy y llegaron a la siguiente declaración:
1. parte de los costos prorrateados por la Oficina Internacional (Artículos 9, 10 y 11 del Convenio):
Los delegados declararon que durante la vigencia del Convenio, los países participantes se dividirán en las siguientes clases y Proporcionar cuotas en las siguientes unidades.
Dado que la participación real de cada país debe determinarse en función del número de participantes oficiales, el monto de las cuotas que figuran en la tabla de gastos acordada el 26 de febrero de 1890 es solo como referencia. Sin embargo, las cuotas no podrán incrementarse en ningún caso durante la vigencia del Convenio.
En segundo lugar, con respecto al pago de las cuotas por parte de los países participantes:
Los delegados anunciaron que las cantidades adeudadas deberían pagarse en moneda legal belga en Bruselas en el primer trimestre de cada año financiero.
Tres. Respecto a la cuestión de acordar el 1 de abril de 1891 como fecha de implementación de la Convención:
Los representantes anunciaron que, de ser posible, el gobierno pertinente debería presentar una notificación formal de adhesión a la Convención antes de la fecha de implementación de la Convención; sin embargo, este proceso no es necesario; cualquier estado signatario que no notifique explícitamente su retiro de esta Convención en abril de 1891 o antes permanecerá en la lista de estados participantes.
En certificación, los siguientes representantes han firmado este memorando.
Firmado en Bruselas el 5 de julio de 1890. El 5 de julio se estableció la Convención de 1890 sobre la Unión Aduanera Internacional.
Primer paso
(Países con un volumen comercial superior a 4 mil millones de francos oro)
El número de revistas que deben pagar cuotas al país cada año (Nota ) (Nota)
(Franco de oro) Bélgica 6.833.456 Canadá 6.833.456 China 4.654.38+000, 274 Dinamarca 4.654.338+000, 274 Francia 6.833.456 Alemania 6.833.456 Reino Unido 6.833.456 Italia 6.833.456 Países Bajos 4,65438.
Diputado
Argentina 4 970 332 Australia 4 970 332 India 4 970 332 Noruega 2 982 199 Polonia 2 982 199 Sudáfrica (Federación) 4 970 332 España 4 970 332 Suiza.
La tercera etapa
(Países con un volumen comercial entre 500 millones y 2 mil millones de francos oro) Basi 1.863 124 Zhili 3.106 207 Cuba 3.106 207 Jie Branch 1.863 124 Finlandia 1. 863 124 Portugal 1.863 124 Uruguay 3 106 207 Unión Soviética 1.863 124 Venezuela 3 106 207 Yugoslavia 1.863 65438.
La cuarta etapa
(Países con un volumen comercial de 100 millones a 500 millones de francos oro) Colombia 2.485.166 Ecuador 2.485.166 Estonia y 1.491.100 Estonia 1.491.65438. Irak 1 491 100 Japón 1 491 65438+. 491 100 Lituania 1 491 100 México 2 485 166 Pakistán 2 485 166 Rumania 1 491 65438+.
Quinto nivel
(Países con volumen comercial entre 50 millones y 65438+1 billón de francos oro) Bolivia 1.863 124 Bulgaria 1.1875 Costa Rica 1.863 124 Haití 1.863 124 Siam 1 118 75 Turquía 1 118 75
Sexto grado
(Países con volumen comercial inferior a 50 millones de francos oro) Albania 372 25 Austria 621 42 pertenece al Congo 372 25 Dominica* *y Honduras 621 42 Gran Ducado de Luxemburgo 621 42 Panamá 621 42 Paraguay 621 42.
Nota: Para los países cuyos idiomas nacionales no se encuentran entre las cinco categorías utilizadas por la revista International Tariff,
sus cuotas anuales se reducen en dos quintas partes (ver 5 de julio de 1890 artículo 10 del Convenio); es merecido.
El número de revistas también disminuyó en la misma proporción.
Por ejemplo: 1. Reducir la lista de bienes para devoluciones de impuestos a la exportación.
2. Lista de mercancías sujetas a exención de impuestos
3. Cancelación de la lista de mercancías sujetas a devolución de impuestos a la exportación
En los Lineamientos de Importación y Exportación de 2013. Aranceles de Exportación y Declaraciones Aduaneras de la República Popular China (CD-ROM adjunto) Comparación en inglés.
Código de diez dígitos, condiciones regulatorias, devolución de impuestos a la exportación, políticas y regulaciones y lista de impuestos aduaneros.
Este libro se publicó el 16 de 2013 y tiene un precio de 280 yuanes. China Commercial Press
Descripción del contenido: código de diez dígitos, condiciones de supervisión, instrucciones de declaración, devoluciones de impuestos a la exportación, políticas y regulaciones, lista de impuestos aduaneros, instrucciones especiales: 2013 nuevos aranceles: 1, nuevos aranceles 2013 todo el contenido 2. Incluyendo ajustes importantes a las condiciones regulatorias, códigos de diez dígitos, aranceles de importación, etc. en 2012. 3. Se agregaron las "Instrucciones de declaración de aduanas" que deben completarse para la declaración de aduanas, es decir, el contenido completo del "Catálogo de declaraciones de productos de importación y exportación de la República Popular China" recientemente compilado por la Administración General de Aduanas. Este libro está compilado sobre la base de los últimos tipos arancelarios de importación y exportación ajustados por la Comisión de Aranceles Aduaneros del Consejo de Estado en 2013. Debido a las necesidades de la supervisión aduanera, el Certificado de Supervisión de Productos de Importación y Exportación de 2012 se ha ajustado en gran medida, por lo que las condiciones de supervisión de productos en este libro también se han ajustado en gran medida en consecuencia. En este libro se reflejan los últimos códigos de productos básicos y los últimos ajustes arancelarios. Para facilitar el uso de este libro, la explicación es la siguiente: Parte 1: Arancel Aduanero: Lista No. 1 como el "Código Arancelario", y sus 8 dígitos son completamente consistentes con el "Arancel de Importación y Exportación del Pueblo". República de China", y sobre esta base, el código aduanero de 10 dígitos.
La segunda columna es "nombre chino de los productos". La tercera columna es "Tasa impositiva de importación", de la cual la columna 1 es la tasa impositiva de nación más favorecida, que se aplica a bienes importados de miembros de la OMC o países o regiones que han firmado acuerdos comerciales bilaterales recíprocos con mi país; el tipo arancelario China-Pakistán, que se aplica a algunos bienes importados originarios de Pakistán; la columna 3 es el tipo impositivo general, que se aplica a bienes importados de países o regiones distintos de las columnas 1 y 2; La cuarta columna es "tipo de IVA". Si la columna está en blanco, estará exenta. Otros se dividen en 13% y 17%. La quinta columna es "Tipo de devolución del impuesto a la exportación" y los números de la columna indican el tipo de devolución del impuesto correspondiente. El artículo 6 figura como "unidad de medida", que es la unidad de medida legal utilizada por las estadísticas aduaneras. La columna 7 figura como "Condiciones de supervisión", y el código correspondiente indica el código del certificado de supervisión que debe presentarse a la aduana al importar y exportar comercio general. El nombre específico se puede encontrar en el certificado de supervisión de fabricación y la lista de nombres de este libro aparece como "nombre en inglés de los productos". Las tasas impositivas en cada columna de este código impositivo son impuestos ad valorem (excepto * *). * * en la columna de tasa impositiva de este código impositivo indica impuesto específico e impuesto compuesto. Consulte el Apéndice 2 para conocer las tasas impositivas específicas. Si la tasa impositiva está marcada con *, significa que la tasa impositiva es una tasa impositiva fuera de contingente para los productos importados del contingente arancelario. Consulte el Apéndice 3 para conocer la tasa impositiva dentro de la cuota. Si hay un * en el número de impuesto, significa que algunos bienes en este artículo tributario pueden gravarse de acuerdo con la tasa impositiva en el Anexo 4 de este código tributario. Segunda parte: Resumen del Ministerio de Finanzas, Ministerio de Comercio y Ministerio de Comercio. Las referencias bilingües ayudan al personal relevante a comprender mejor las leyes, regulaciones y métodos de gestión del comercio de importación y exportación. Para facilitar a los lectores la declaración de aduanas y el cálculo de aranceles, este libro también contiene una tabla de códigos de uso común para los sistemas de automatización de declaraciones de aduanas y un método para calcular los impuestos aduaneros. Tercera parte: este libro agrega las "Instrucciones de declaración" que deben completarse para la declaración en aduana, es decir, todo el contenido del "Catálogo de declaraciones de productos de importación y exportación de la República Popular China" compilado por la Administración General de Aduanas. . Los lectores pueden encontrar datos relevantes sobre aranceles aduaneros de importación y exportación y leyes y regulaciones chinas e inglesas relevantes a través de este libro o CD.