Sistema de litigios de interés público ambiental
(1) Litigios de interés público ambiental: 1. Litigios de interés público civil ambiental. Aunque los litigios de interés público civil ambiental tienen diferentes nombres en los países con el diseño y la práctica de sistemas correspondientes, esencialmente pertenecen a la categoría de litigios de interés público ambiental. El sistema de litigios de interés público ambiental civil se refiere a un sistema legal en el que cualquier ciudadano o grupo presenta una demanda de conformidad con la ley contra quienes infringen los intereses públicos ambientales y solicita al tribunal popular que brinde alivio para los intereses públicos ambientales. 2. Litigio de interés público administrativo ambiental. En comparación con los litigios de interés privado, los litigios administrativos de interés público se refieren a ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones sin intereses directos que creen que los actos ilegales de agencias administrativas han infringido los intereses públicos y presentan demandas administrativas en sus propios nombres cuando las leyes y reglamentos conceden les da derecho a litigar.
(2) Fiscalía ambiental: 1. Persecución penal ambiental. Es decir, la demanda de la fiscalía tiene como objetivo sancionar delitos ambientales y perseguir la responsabilidad penal. Este es el proceso ambiental más común. 2. Litigio civil ambiental. Se refiere al comportamiento civil y económico de ciudadanos o personas jurídicas que contamina el medio ambiente o daña la ecología, infringiendo así los intereses ambientales públicos. Para salvaguardar los intereses públicos ambientales, los órganos del Ministerio Público intervienen como fiscales nacionales y solicitan a los tribunales que detengan y sancionen las violaciones ambientales. 3. Persecución administrativa ambiental. Se refiere a una demanda de revisión judicial interpuesta por la fiscalía ante los tribunales contra acciones administrativas específicas de organismos administrativos que lesionan los intereses del entorno público.
Base jurídica: Artículo 26 de la Constitución de la República Popular China. El Estado protege y mejora el entorno de vida y el entorno ecológico, y previene y controla la contaminación y otros peligros públicos.
El artículo 19 de la "Decisión del Consejo de Estado sobre el fortalecimiento de la protección ambiental con una perspectiva científica del desarrollo" mejorará el mecanismo de asistencia jurídica para las víctimas de la contaminación y estudiará el establecimiento de un sistema de procesamiento público civil y administrativo ambiental.