¿No se perseguirá la responsabilidad legal después de algunos años de infringir la ley?
Artículo 87 de la Ley Penal: Los delitos prescriptibles no serán perseguidos si exceden de los siguientes plazos:
(1) Si la pena máxima legal es inferior a cinco años de prisión de duración determinada, transcurrirán cinco años;
>(2) Si la pena máxima legal es de prisión de duración determinada no menor de cinco años ni mayor de diez años, la pena será de diez años;
(3) Si la pena máxima legal es prisión de duración determinada no menor a diez años, después de quince años;
(4) Han transcurrido veinte años si la pena legal la pena máxima es cadena perpetua o muerte. Si se considera necesario iniciar un proceso después de 20 años, se presentará a la Fiscalía Suprema del Pueblo para su aprobación.
Artículo 88: Después de que el tribunal popular acepte el caso, si la fiscalía popular, la agencia de seguridad pública o la agencia de seguridad nacional presentan un caso para investigación o evaden la investigación o el juicio, la extensión del período de procesamiento no estar limitado por el período de procesamiento.
Si la víctima presenta una denuncia dentro del plazo para el procesamiento y el tribunal popular, la fiscalía popular o el órgano de seguridad pública debe presentar un caso pero no lo hace, el caso no estará sujeto a la limitación de el plazo para el procesamiento.
Artículo 89 El cómputo del plazo de persecución y la interrupción del plazo de persecución se computarán a partir de la fecha del delito; si el hecho delictivo tiene estado continuo o continuado, se computará a partir de la fecha; del fin del acto delictivo.
Si un delito se comete dentro del plazo de persecución, el plazo de persecución del delito anterior se computará a partir de la fecha del delito posterior.