Red de Respuestas Legales - Ayuda legal - Reglamento provincial de publicidad jurídica y educación de Hubei (revisado en 2007)

Reglamento provincial de publicidad jurídica y educación de Hubei (revisado en 2007)

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de promover la institucionalización y normalización de la publicidad y educación jurídica, mejorar la alfabetización jurídica de los ciudadanos y promover la gestión de diversas empresas de conformidad con la ley, este reglamento se formula de conformidad con lo dispuesto en leyes y reglamentos pertinentes y en combinación con las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 Los organismos estatales, grupos sociales, empresas, instituciones, otras organizaciones y ciudadanos dentro de la región administrativa de esta provincia deberán cumplir con este reglamento. Artículo 3 La publicidad y la educación jurídica deben planificarse de manera integral, organizarse, clasificarse y orientarse de manera unificada, centrarse en los resultados reales y adherirse al principio de combinar la popularización jurídica con la práctica jurídica. Artículo 4 Las principales agencias de publicidad y educación jurídica en todos los niveles dirigirán de manera uniforme el trabajo de publicidad y educación jurídica en sus respectivas jurisdicciones; los departamentos administrativos judiciales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior serán responsables de la publicidad y educación jurídica; trabajar dentro de sus respectivas áreas administrativas; otros departamentos y organizaciones relevantes deberán, dentro del alcance de sus funciones, hacer un buen trabajo en publicidad y educación jurídica. Capítulo 2 Tareas y Responsabilidades Artículo 5 Las tareas básicas de la publicidad y educación jurídica son popularizar el conocimiento básico de la Constitución, las leyes y los reglamentos, mejorar la conciencia jurídica de los ciudadanos, promover la administración conforme a la ley, la gestión conforme a la ley y la justicia justa, y mejorar el nivel de gestión jurídica de toda la sociedad. Artículo 6 Los ciudadanos con capacidad para recibir educación deben participar activamente en actividades de publicidad y educación jurídica, aprender conscientemente conocimientos jurídicos a través de diversos canales y métodos, mejorar la alfabetización jurídica, conocer la ley y cumplirla, salvaguardar sus derechos e intereses legítimos, y cumplir con las obligaciones legales de conformidad con la ley. Artículo 7 Los líderes deben tomar la iniciativa en el aprendizaje, cumplimiento y uso de la ley, y mejorar su capacidad y nivel para tomar decisiones de acuerdo con la ley y ejercer el poder público.

El personal judicial y el personal administrativo encargado de hacer cumplir la ley deben establecer el concepto de estado de derecho socialista, dominar y aplicar las leyes, reglamentos y normas relacionados con su trabajo, insistir en desempeñar sus funciones de conformidad con la ley, y garantizar la correcta implementación de las leyes y reglamentos. Artículo 8 Los departamentos administrativos judiciales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior desempeñarán las siguientes funciones en materia de publicidad y educación jurídica:

(1) Implementar leyes y reglamentos relacionados con la publicidad y la educación jurídica, y establecer y mejorar el sistema de publicidad y educación jurídica;

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(2) Formular el plan de publicidad y educación jurídica y el plan anual dentro de la región administrativa;

( 3) Organizar y coordinar la capacitación, examen, valoración y evaluación de la publicidad y educación jurídica;

(4) Resumir y promover la experiencia de publicidad y educación jurídica;

(5) Otras materias utilizadas en publicidad y educación jurídica. Artículo 9 Los departamentos administrativos, como los de cultura, prensa y publicaciones, radio y televisión y las autoridades de los medios de comunicación, aprovecharán plenamente el papel de los medios de comunicación, los grupos de espectáculos artísticos, los libros, las publicaciones audiovisuales y otras unidades, y organizarán y ejecutarán diversas formas de publicidad jurídica regular y actividades educativas.

Los medios de comunicación como la radio, la televisión y los periódicos deben realizar periódicamente propaganda legal sobre el bienestar público. Artículo 10 Cuando el organismo responsable de la selección y nombramiento de cuadros inspeccione al personal a ascender, su nivel de conocimientos jurídicos y desempeño policial se incluirá en el alcance de la inspección. El departamento de administración de personal debe incorporar publicidad y educación jurídica en los planes de capacitación de funcionarios públicos y, al organizar exámenes de contratación de funcionarios públicos, incluir los conocimientos jurídicos como una parte importante del examen de contratación.

Las instituciones nacionales de formación de personal deberían incorporar educación sobre conocimientos jurídicos básicos y conocimientos jurídicos relacionados con los negocios en los cursos de formación. Artículo 11 Los órganos judiciales y los departamentos administrativos encargados de hacer cumplir la ley, de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes, llevarán a cabo capacitación, exámenes y evaluaciones de conocimientos jurídicos para el personal judicial y el personal administrativo encargado de hacer cumplir la ley. Junto con el trabajo de aplicación de la ley judicial, se llevarán a cabo publicidad y educación jurídica específicas. Artículo 12 El departamento administrativo de educación organizará e implementará la publicidad legal y la educación de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

Todo tipo de escuelas deben considerar la publicidad y la educación jurídica como una parte importante de la implementación de una educación de calidad, implementar materiales didácticos, docentes y horarios de clase, organizar a docentes y estudiantes para que participen en actividades de práctica jurídica social y mejorar la Calidad jurídica de docentes y estudiantes.

Los jóvenes deben aprender y dominar los conocimientos jurídicos básicos necesarios y cultivar la conciencia de obedecer la ley. Artículo 13 Los departamentos de gestión económica y las organizaciones industriales proporcionarán formación jurídica pertinente a los principales directivos de las diversas entidades económicas que gestionan o con las que tienen contacto, e instarán a los empleadores a realizar publicidad y educación jurídica para sus empleados.

Los gerentes de empresas, instituciones y otras organizaciones deben adquirir conocimientos jurídicos relevantes, mejorar sus conceptos de integridad, cumplimiento de la ley y responsabilidad social, y mejorar su capacidad para operar y administrar de acuerdo con la ley. Artículo 14: Seguridad pública, trabajo y seguridad social, peticiones y otros departamentos. De acuerdo con sus respectivas responsabilidades, deben fortalecer la publicidad jurídica y la educación para los objetos de gestión y servicio, tales como trabajadores migratorios, trabajadores migratorios, desempleados, peticionarios, etc., y mejorar su capacidad para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos de conformidad con las ley.

Artículo 15 Los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres y otras organizaciones, según las características de su trabajo, difundirán y popularizarán los conocimientos jurídicos, educarán a los empleados, jóvenes y mujeres para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos de conformidad con la ley y cumplir con las obligaciones estatutarias. Artículo 16 Los comités de aldeanos y los comités de residentes adoptarán diversas formas para llevar a cabo publicidad y educación jurídica regular al pueblo en sus respectivas jurisdicciones.

Los aldeanos rurales y los residentes urbanos deben participar en la autonomía democrática de base y otras actividades de gestión de asuntos sociales de conformidad con la ley, y comprender y dominar los canales legales y el sentido común legal para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos y resolver conflictos y disputas. Capítulo 3 Garantías y Supervisión Artículo 17 Los gobiernos populares en todos los niveles incorporarán la publicidad y la educación jurídicas en el plan general de desarrollo económico y social, y establecerán y mejorarán el sistema de responsabilidad de gestión objetivo para la publicidad y la educación jurídicas. Los gobiernos populares de niveles superiores supervisarán e inspeccionarán la promoción de la publicidad y la educación jurídica por parte de los gobiernos populares de niveles inferiores.