Red de Respuestas Legales - Ayuda legal - ¿Cuál es la plasticidad del derecho ambiental?

¿Cuál es la plasticidad del derecho ambiental?

Hola, primero déjame confirmar si tu pregunta debería ser "justiciabilidad del derecho ambiental". Si es así, aquí están mis respuestas. ^^

Como norma jurídica, los principios básicos del derecho ambiental tienen ciertos principios. Al mismo tiempo, también son un concepto relativamente claro, inequívoco y operable, y tienen cierta litigabilidad. Por ejemplo, los 23 principios básicos estipulados en el artículo 3 (Principios Básicos de Protección Ambiental) de la Federación de Rusia en 2002, puntos 1 a 23, como "supervisión independiente de la protección ambiental", "utilizar la naturaleza para pagar por los daños ambientales", "responsabilidad por violaciones a la legislación de protección ambiental" "Responsabilidad", etc., con cierta claridad, operatividad y aplicabilidad. Cuando no existen reglas específicas como base para el alivio legal ambiental o las reglas legales específicas son insuficientes para el alivio, los implementadores del derecho ambiental pueden incorporar los principios básicos del derecho ambiental en un sistema de alivio legal ambiental basado en reglas. Del análisis anterior, podemos ver que los principios básicos del derecho ambiental son reglas legales, que encarnan el valor de propósito del derecho ambiental, aunque el valor de propósito del derecho ambiental no son reglas legales, guía el establecimiento de los principios básicos del derecho ambiental; ley. Los principios básicos del derecho ambiental se refieren a las normas o reglas que atraviesan todo el derecho ambiental, son confirmados e incorporados por el derecho ambiental, reflejan la naturaleza y características básicas del derecho ambiental y, en general, pueden guiar el desarrollo, utilización, protección y mejora. del medio ambiente. Se puede ver que los principios básicos del derecho ambiental son reglas supralegales o reglas jurídicas supremas que encarnan el propósito y valor fundamental del derecho ambiental. Tiene las características de particularidad, abstracción, normatividad, orientación y mando. Es el criterio que se debe seguir para el surgimiento y desarrollo de normas específicas del derecho ambiental, es decir, principios jurídicos en campos específicos.