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¿Cuál es el objeto de las relaciones jurídicas ambientales?

El objeto de las relaciones jurídicas ambientales es el elemento constitutivo de las relaciones jurídicas ambientales, también conocido como objeto de derechos, y es objeto de los derechos y obligaciones del sujeto de las relaciones jurídicas ambientales. Los objetos de las relaciones jurídicas ambientales se refieren principalmente a los objetos de protección y prevención estipulados o involucrados en la legislación ambiental de mi país, además, los resultados intangibles relacionados con la protección ambiental y los comportamientos humanos relacionados con los humanos (incluidas acciones y omisiones) también pertenecen a las relaciones jurídicas ambientales; relaciones.

(1) El objeto de protección del derecho ambiental

El medio natural o los diversos entornos deben ser en primer lugar objeto de protección del derecho ambiental. Los factores ambientales se refieren a los componentes materiales básicos que constituyen todo el entorno humano y las unidades estructurales formadas por estos componentes materiales. Son independientes entre sí, tienen diferentes propiedades y están interrelacionados. Desde la perspectiva de la composición material, incluye principalmente agua, aire, depósitos minerales, luz solar, etc. Desde la perspectiva de las unidades estructurales, existen principalmente ciudades, pueblos, montañas, bosques, ríos, lagos, océanos, praderas, lagos y pantanos. En términos generales, la atmósfera, el agua, la tierra, los depósitos minerales, los bosques, los pastizales, los animales salvajes, las plantas silvestres, la vida acuática, los sitios históricos, los lugares escénicos, las aguas termales, los balnearios, las reservas naturales, las zonas habitables, etc., están todos cubiertos por Ley de Protección Ambiental de mi país 》Elementos de protección ambiental. Los diversos factores ambientales de estos objetos de relación jurídica ambiental están relacionados con los bienes materiales y materiales estipulados en el derecho civil y el derecho económico, pero también existen diferencias. En derecho civil y derecho económico, las cosas generalmente se refieren a cosas que están controladas por personas y tienen valor económico como derechos de propiedad, como casas, automóviles, ganado, electrodomésticos, etc. Su desempeño es que ingresan al campo de circulación o al mercado como mercancías, pueden ser de propiedad o control privado y pueden obtenerse en el mercado. Como objeto de las relaciones jurídicas ambientales, los elementos ambientales tienen fuertes características regionales y ecológicas, tienen beneficios ambientales y ecológicos y no pueden ingresar al campo de circulación y al mercado como productos básicos generales. Además, algunos objetos están protegidos por el derecho civil, el derecho económico y el derecho ambiental, pero los ángulos de protección de cada departamento son diferentes. Como bosques o árboles, protegidos por leyes civiles y ambientales. La protección de la propiedad del propietario del bosque o de los árboles es objeto de la protección del bosque o de los árboles según el derecho civil. Protege el valor económico de un bosque o árbol y permite a los propietarios controlar y disponer de la propiedad que poseen. La ley ambiental protege los bosques o árboles desde una perspectiva ambiental, protegiendo principalmente los beneficios ambientales que aportan los bosques o árboles. Si se talan todos los árboles, no se podrá purificar el medio ambiente y no se podrá garantizar la calidad del aire.