La Ley de Seguridad de Equipos Especiales se refiere al equipo militar.
Esta Ley no se aplica a la supervisión y gestión de la seguridad de equipos especiales para equipos militares.
Base: Ley de Seguridad de Equipos Especiales
Artículo 100 Esta ley no se aplica a la supervisión y gestión de la seguridad de equipos militares, instalaciones nucleares y equipos especiales para vehículos aeroespaciales.
Basado en: “Reglamento Especial de Supervisión de Seguridad de Equipos”
Artículo 3 Producción (incluyendo diseño, fabricación, instalación, modificación, mantenimiento, lo mismo a continuación), uso, inspección y prueba de Los equipos especiales y su supervisión e inspección deberán cumplir con este Reglamento, salvo disposición en contrario en este Reglamento.
Este reglamento no se aplica a la supervisión de la seguridad de equipos militares, instalaciones nucleares, vehículos aeroespaciales, locomotoras de ferrocarril, instalaciones marinas y barcos, así como equipos especiales utilizados en minas y equipos especiales para aeropuertos civiles.
La supervisión y gestión de la instalación y el uso de maquinaria de elevación y vehículos de motor especiales en las obras de construcción de viviendas y obras de ingeniería municipal serán implementadas por el departamento administrativo de construcción de acuerdo con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes.