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Disposiciones legales sobre recuperación de rentas ilícitas

Es necesario recuperar las ganancias ilegales. Si se han despilfarrado ganancias ilegales, se les debe ordenar que devuelvan una indemnización. En los casos penales, especialmente en los delitos relacionados con la infracción de propiedad, se puede "recuperar" la propiedad legal correspondiente a la parte de las ganancias ilegales. La agencia que maneja el caso puede recuperar ganancias ilegales sellándolas, deteniéndolas o congelándolas. Si las ganancias ilegales han sido dilapidadas o no pueden recuperarse en su totalidad, se ordenará a la persona que haga un reembolso y devuelva rápidamente los bienes legales pertenecientes a la víctima, y ​​los bienes restantes serán confiscados y entregados.

Ingresos ilegales

Se refiere al monto de las ganancias, es decir, todos los ingresos obtenidos de la producción y ventas ilegales, el monto restante después de deducir los gastos razonables utilizados directamente en actividades comerciales (es decir, ilegales). importe del negocio). Según el artículo 64 de la Ley Penal, se puede inferir que renta ilícita se refiere a cualquier bien generado u obtenido directa o indirectamente de la comisión de un delito, sin deducir los costos de producción y venta. El artículo 6 de las "Disposiciones sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de procedimientos de confiscación de los ingresos ilegales de sospechosos y acusados ​​de delitos en casos de fuga causada por muerte" de 2016 estipula que los bienes generados u obtenidos directa o indirectamente como resultado de la comisión de un delito deberán considerarse como "ganancias ilícitas" según lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Penal. Si las ganancias ilícitas hubieran sido convertidas parcial o totalmente en otros bienes, los bienes convertidos o convertidos se considerarán las "ganancias ilícitas" especificadas en el párrafo anterior. Los ingresos procedentes de la conversión de ingresos ilegales, los ingresos de la propiedad después de la conversión o los ingresos en los que la parte correspondiente de los ingresos ilegales se haya mezclado con ingresos ilegales se considerarán "ingresos ilegales" en las disposiciones anteriores. La respuesta anterior no aclara el contenido específico de los gastos razonables que deben deducirse, y la legislación implica que "no es necesario deducir los costos de producción y ventas".

Recuperación

Es decir, rastreo e incautación, se refiere a las actividades de los órganos judiciales nacionales para rastrear y cobrar el dinero, los bienes y otros beneficios materiales obtenidos por los delincuentes durante el proceso penal. . Pertenece a los procedimientos de los órganos de investigación, órganos de fiscalía y órganos judiciales en el proceso de tramitación de casos, y no forma parte de la propiedad de multas, confiscación de bienes y otras decisiones de litigios penales con efecto ejecutable. Las autoridades judiciales toman medidas obligatorias como sellar, incautar, congelar, registrar y detener para recuperar bienes, pero la recuperación en sí no implica la disposición final de ganancias ilegales. Si los beneficios ilícitos recuperados pertenecen a bienes legítimos de la víctima, serán restituidos, en principio, los demás bienes recuperados serán confiscados y entregados al tesoro público. Los bienes obtenidos ilegalmente incluyen:

(1) Cualquier bien generado u obtenido directa o indirectamente como resultado de la comisión de un delito.

(2) Otros bienes en los que se hayan transformado o convertido parcial o totalmente ganancias ilícitas.

(3) Ganancias o ingresos ilegales provenientes de propiedades modificadas o convertidas, o ingresos que se han mezclado con ganancias ilegales.

Base jurídica

El artículo 64 de la "Ley Penal" estipula que todos los bienes obtenidos ilegalmente por los delincuentes serán recuperados o se ordenará su devolución como compensación a los bienes legales de la víctima; ser devueltos en forma oportuna; el contrabando y los artículos personales utilizados en delitos serán confiscados. Todos los bienes confiscados y las multas se entregarán al tesoro estatal y uno mismo no podrá apropiarse ni disponer indebidamente de ellos.