¿El defensor tiene que ser abogado?
El defensor puede ser un abogado, una organización popular o la unidad donde trabaja el sospechoso o acusado, o el tutor, familiar o amigo del sospechoso o acusado. Sin embargo, sólo se puede nombrar un abogado para defender el caso.
¿Qué incluyen específicamente las responsabilidades del defensor?
1. Defenderse únicamente sobre la base de los hechos y del derecho, y no fabricar hechos ni distorsionar el derecho. En los procesos penales, los defensores siempre deben adherirse a los principios básicos de tomar los hechos como base y el derecho como criterio. Bajo ninguna circunstancia podrán ayudar a los sospechosos o acusados de un delito a fabricar, confabularse con confesiones, falsificar o destruir pruebas, ni amenazar o inducir. testigos que proporcionen pruebas falsas.
2. Presentar materiales y dictámenes que acrediten que el sospechoso o imputado es inocente, tiene un delito menor o lo reduce o exime de responsabilidad penal.
En el proceso penal, al defender la inocencia, el defensor debe centrarse en determinar y probar que los hechos alegados por el sospechoso o imputado no fueron hechos suyos, o que fueron falsamente acusados, incriminados o falsamente acusados. acusado o denunciado., por lo tanto, los sospechosos y acusados no han cometido ningún delito en absoluto;
3 Sólo los derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados pueden protegerse de conformidad con la ley. Lo que el defensor protege en el proceso penal son sólo los derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados de delitos, no todos los intereses de los sospechosos y acusados de delitos, y mucho menos los derechos que están restringidos o privados de conformidad con la ley.
Los defensores tienen diversas responsabilidades en la salvaguardia de los derechos e intereses legales de los acusados.
Base jurídica: Artículo 33 de la “Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China”.
Además de ejercer el derecho a defenderse, los sospechosos e imputados de un delito podrán confiar la defensa a una o dos personas. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:
(1) Abogados;
(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;
(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.