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Medidas para la Inspección y Cuarentena de Productos Lácteos Importados y Exportados

El artículo 1 de las Medidas para la inspección, cuarentena, supervisión y administración de productos lácteos importados y exportados tiene como objetivo fortalecer la inspección y la supervisión y administración de cuarentena de los productos lácteos importados y exportados de acuerdo con la Ley de seguridad alimentaria de la República Popular de China (. en adelante denominada "Ley de Seguridad Alimentaria") y sus reglamentos de implementación, la "Ley de Inspección de Productos de Importación y Exportación" y sus reglamentos de implementación, la "Ley de Cuarentena Animal y Vegetal de Entrada y Salida de la República Popular China" y sus reglamentos de implementación , "Disposiciones especiales del Consejo Estatal sobre el fortalecimiento de la supervisión y gestión de alimentos y otros productos (.

Artículo Artículo 2 El término “productos lácteos” mencionado en estas Medidas incluye el calostro, la leche cruda y los productos lácteos

El término "calostro" como se menciona en estas Medidas se refiere a la leche de los animales lecheros dentro de los 7 días posteriores al parto.

El término "leche cruda" como se menciona en estas Medidas se refiere. a la leche permanente extraída de los pechos de animales lecheros sanos que cumplan con los requisitos pertinentes de mi país. El calostro, la leche procedente de y durante el período de uso de antibióticos y la leche en mal estado no se utilizarán como leche cruda. >Los productos lácteos mencionados en estas Medidas se refieren a los alimentos procesados ​​con leche como principal materia prima, tales como leche pasteurizada, leche esterilizada, leche modulada, leche fermentada, quesos y quesos procesados, nata, nata, nata anhidra, leche condensada, leche. en polvo, proteína de suero en polvo y fórmula infantil a base de leche. Entre ellos, los productos elaborados con leche cruda que no han sido tratados térmicamente ni esterilizados son productos lácteos crudos.

Artículo 3 La Administración General de Supervisión de Calidad. Inspección y Cuarentena (en adelante, la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena) es responsable de la inspección y supervisión y gestión de cuarentena de los productos lácteos importados y exportados en todo el país.

La entrada-salida. La agencia de inspección y cuarentena establecida por la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena (en adelante, la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena (denominada la agencia de inspección y cuarentena) es responsable de la supervisión y gestión. de productos lácteos importados y exportados en la región.

Artículo 4 Los operadores de importación y exportación de productos lácteos deberán participar en la producción y operación de acuerdo con la ley, ser responsables ante la sociedad y el público, garantizar la seguridad alimentaria, y ser honesto y digno de confianza, aceptar la supervisión social y asumir responsabilidades sociales. Artículo 5 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena evaluará los sistemas de gestión de inocuidad de los alimentos y las condiciones de inocuidad de los alimentos de los países o regiones que exportan productos lácteos a mi país. de acuerdo con las leyes y regulaciones de mi país, y evaluaré la seguridad de los productos lácteos importados. Realizar una revisión retrospectiva de acuerdo con el estado y las necesidades de supervisión y gestión.

Para los países o regiones que exportan productos lácteos a China para el. Por primera vez, los departamentos gubernamentales competentes proporcionarán a la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena leyes y reglamentos, estructuras organizativas, sistemas de servicios veterinarios, sistemas de control de seguridad y salud, sistemas de seguimiento de residuos, sistemas de detección y seguimiento de enfermedades animales, y tipos de productos exportados a China, etc.

La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena organiza evaluaciones de acuerdo con la ley y puede enviar un equipo de expertos al país o región si es necesario. Si se considera que el riesgo está dentro de un rango aceptable, se permitirá la exportación a China de los requisitos de inspección y cuarentena correspondientes, incluidos los certificados y requisitos de certificación pertinentes. Las dos partes pueden firmar un acuerdo para confirmar el riesgo. requisitos de inspección y cuarentena.

Artículo 6 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena implementará un sistema de registro para las empresas de producción de alimentos en el extranjero que exporten productos lácteos a China (en lo sucesivo, empresas de producción en el extranjero). El registro se llevará a cabo de conformidad con las reglamentaciones pertinentes de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena.

Las empresas de producción en el extranjero se establecerán con la aprobación de los departamentos gubernamentales competentes del país o región exportador. , y deberá cumplir con los requisitos pertinentes de las leyes y regulaciones del país o región exportador.

Las empresas de producción extranjeras deben estar familiarizadas y garantizar que los productos lácteos exportados a mi país cumplan con las normas nacionales de seguridad alimentaria y los requisitos pertinentes de mi país, y deben poder proporcionar informes de inspección para los artículos especificados en la norma nacional de alimentos de mi país. normas de seguridad. Al solicitar el registro, las empresas de producción extranjeras deben enumerar los tipos y marcas de productos lácteos que pretenden exportar a China.

Las empresas de producción extranjeras registradas deben anunciarse en el sitio web de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena.

Artículo 7 Los productos lácteos exportados a China deberán ir acompañados de un certificado sanitario emitido por el departamento gubernamental competente del país o región exportador. El certificado debe demostrar lo siguiente:

(1) Las materias primas lácteas provienen de animales sanos;

(2) Los productos lácteos no transmitirán enfermedades animales después del procesamiento;

(3) Las empresas de producción de lácteos están sujetas a la supervisión de los departamentos gubernamentales locales;

(4) Los productos lácteos son seguros para el consumo humano.

El certificado deberá llevar el sello del departamento gubernamental competente del país o región exportador y la firma de la persona autorizada, e indicar el destino como República Popular China.

La muestra del certificado es confirmada por la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena y publicada en el sitio web de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena.

Artículo 8: Los productos lácteos importados que requieren procedimientos de aprobación de cuarentena deben obtenerse después de obtener la "Licencia de entrada de cuarentena animal y vegetal de la República Popular China" antes de que puedan ser importados.

La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena podrá ajustar y anunciar los productos lácteos sujetos a aprobación de cuarentena de conformidad con la ley.

Artículo 9 Los exportadores o agentes que exporten productos lácteos a China deberán registrarse en la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena. Los exportadores o agentes que soliciten la presentación deben proporcionar información de presentación de acuerdo con los requisitos de presentación y ser responsables de la autenticidad de la información.

La lista de registros se publicará en la página web de la Administración General de Supervisión de la Calidad, Inspección y Cuarentena.

Artículo 10 El organismo de inspección y cuarentena registrará al importador de productos lácteos importados. Los importadores deben contar con personal profesional y técnico, personal de gestión y normas y reglamentos para garantizar la inocuidad de los alimentos, y solicitar el registro ante la agencia de inspección y cuarentena en el lugar de registro industrial y comercial de acuerdo con los reglamentos de la Administración General de Supervisión de Calidad. Inspección y Cuarentena.

Artículo 11 El importador o su agente de productos lácteos importados deberá presentar los siguientes materiales a la agencia de inspección y cuarentena en el lugar de declaración aduanera para su inspección:

(1) Contrato, factura , embalaje Lista de embalaje, conocimiento de embarque y otros documentos necesarios.

(2) Certificado sanitario que cumpla con lo establecido en el artículo 7 de las presentes Medidas.

(3) Para los productos lácteos importados por primera vez, se deberá presentar un informe de inspección de los elementos enumerados en las normas nacionales de seguridad alimentaria correspondientes. La primera importación se refiere a la primera importación de productos lácteos desde el mismo puerto con información idéntica, como empresas de producción extranjeras, nombres de productos, fórmulas, exportadores extranjeros e importadores nacionales.

(4) Para los productos lácteos que no se importan por primera vez, se deberá proporcionar una copia del primer informe de inspección de importación y los informes de inspección de los artículos requeridos por la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena. . Los elementos del informe de inspección de importación que no se realizan por primera vez son determinados por la Administración General de Supervisión de la Calidad, Inspección y Cuarentena sobre la base de la vigilancia de los riesgos lácteos y otras condiciones pertinentes, y se publican en el sitio web de la Administración General de Supervisión de la Calidad, Inspección y Cuarentena.

(5) Si los elementos de seguridad e higiene de los productos lácteos importados (incluidas bacterias patógenas, micotoxinas, contaminantes, metales pesados ​​y aditivos ilegales) no están calificados, los elementos enumerados en las normas nacionales de seguridad alimentaria correspondientes deben ser proporcionados al reimportarlos; no se encontraron artículos de seguridad y salud no calificados en cinco lotes consecutivos. Al reimportar, se deberán proporcionar copias de los informes de inspección de los artículos enumerados en las normas nacionales de seguridad alimentaria correspondientes y los artículos requeridos por la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena.

(6) Si importa productos lácteos preenvasados, debe proporcionar muestras de etiquetas originales, traducciones al chino de las etiquetas originales, muestras de etiquetas en chino y otra información.

(7) Los productos lácteos importados que requieren aprobación de cuarentena deben presentar una licencia de entrada de plantación en cuarentena.

(8) Para importar productos lácteos que no cumplan con las normas nacionales de seguridad alimentaria, se debe presentar un certificado de licencia emitido por el departamento de administración de salud del Consejo de Estado.

(9) Si se trata de funciones médicas y de atención sanitaria, se deben proporcionar documentos de permiso emitidos por los departamentos pertinentes.

(10) Si se marcan premios, honores, marcas de certificación, etc., se deben proporcionar los documentos de respaldo pertinentes confirmados a través de canales diplomáticos.

Artículo 12 Los importadores de productos lácteos importados se asegurarán de que sus productos lácteos importados cumplan con las normas nacionales de seguridad alimentaria de China y anunciarán el tipo, origen y marca de sus productos lácteos importados.

Las importaciones de productos lácteos sin normas nacionales de seguridad alimentaria deben cumplir con los requisitos pertinentes en los documentos de licencia emitidos por el departamento de administración sanitaria del Consejo de Estado.

Artículo 13 Los medios de embalaje y transporte de los productos lácteos importados deberán cumplir con los requisitos de seguridad y salud.

Artículo 14 Los productos lácteos preenvasados ​​importados deberán tener etiquetas e instrucciones chinas. Las etiquetas e instrucciones deberán cumplir con las leyes, reglamentos y normas nacionales de seguridad alimentaria pertinentes de mi país.

Artículo 15 Antes de obtener el certificado de inspección y cuarentena de carga de entrada, los productos lácteos importados deberán almacenarse en un lugar de supervisión designado o reconocido por la agencia de inspección y cuarentena. Ninguna unidad o individuo podrá utilizarlo sin el permiso de. la agencia de inspección y cuarentena.

Artículo 16 Las agencias de inspección y cuarentena inspeccionarán los productos lácteos importados de acuerdo con la "Ley de Inspección de Productos de Importación y Exportación de la República Popular China" si los productos lácteos importados tienen el riesgo de propagar epidemias animales y vegetales; , serán inspeccionados de conformidad con la "Ley de Inspección de Productos de Importación y Exportación de la República Popular China". La cuarentena se implementa de conformidad con las disposiciones de la Ley de Cuarentena de Entrada y Salida de Animales y Plantas.

Artículo 17 Los productos lácteos importados sólo pueden venderse y utilizarse después de que hayan pasado la inspección y cuarentena y la agencia de inspección y cuarentena haya emitido un "Certificado de inspección y cuarentena para mercancías de entrada".

El certificado de inspección y cuarentena de productos lácteos importados deberá indicar el nombre del producto, marca, país o región de exportación, especificaciones, cantidad/peso, fecha de producción o número de lote, vida útil y otra información.

Artículo 18 Si los productos lácteos importados no pasan la inspección y cuarentena, la agencia de inspección y cuarentena emitirá un certificado de incumplimiento. Si los artículos de seguridad, saneamiento y protección ambiental no están calificados, la agencia de inspección y cuarentena ordenará al interesado su destrucción o emitirá un aviso de devolución, y el importador se encargará de los procedimientos de devolución. Otros artículos no calificados pueden procesarse técnicamente bajo la supervisión de la agencia de inspección y cuarentena, y solo pueden venderse y usarse después de pasar la nueva inspección.

Antes de que los productos lácteos importados sean destruidos o devueltos, el importador de lácteos importados deberá sellar los productos lácteos no calificados por sí mismo y almacenarlos por separado en un lugar designado o reconocido por la agencia de inspección y cuarentena. ser transferido sin el permiso de la agencia de inspección y cuarentena.

Los importadores deben completar la destrucción en un plazo de 3 meses e informar la situación de destrucción a la agencia de inspección y cuarentena.

Artículo 19 Los importadores de productos lácteos importados deberán establecer un sistema de registro de importaciones y ventas de lácteos y registrar verazmente el número, nombre, especificaciones, cantidad, fecha de producción o número de lote, vida útil, exportador y comprador de lácteos importados. productos, información de contacto y fecha de entrega. Los registros deben ser verdaderos y el período de retención de registros no será inferior a 2 años.

Las agencias de inspección y cuarentena deberán inspeccionar los registros de importación y ventas de los importadores dentro de su jurisdicción.

Artículo 20 Si todas las materias primas lácteas importadas se utilizan para procesamiento y reexportación, la agencia de inspección y cuarentena podrá realizar inspecciones de acuerdo con las normas o requisitos contractuales del país o región de destino de la exportación, y emitir el certificado de inspección y cuarentena de las mercancías importadas lleva la indicación "únicamente para procesamiento de exportación".

Artículo 21 El organismo de inspección y cuarentena establecerá el historial crediticio del importador de productos lácteos importados.

Cuando la agencia de inspección y cuarentena descubre productos lácteos importados que no cumplen con los requisitos legales, puede incluir a los importadores de lácteos importados, a los solicitantes de inspección y a los agentes que no cumplen con los requisitos legales en la lista de malos registros; aquellos que violan la ley y son castigados pueden ser incluidos en la lista de empresas ilegales y anunciados al público. Artículo 22 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena implementará un sistema de registro para las empresas de producción láctea de exportación, y el trabajo de registro se llevará a cabo de acuerdo con los reglamentos pertinentes de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena.

Los productos lácteos exportados deben provenir de empresas de producción de lácteos de exportación registradas.

Artículo 23 Las explotaciones lecheras que exporten leche cruda deberán registrarse ante el organismo de inspección y cuarentena. Los organismos de inspección y cuarentena controlarán las granjas de cría registradas para detectar enfermedades animales, residuos de pesticidas y medicamentos veterinarios, contaminantes ambientales y otras sustancias tóxicas y nocivas sobre la base de análisis de riesgos.

Artículo 24 Los establecimientos lecheros que exporten leche cruda deberán establecer expedientes de cría de ganado lechero. Los expedientes contendrán el siguiente contenido:

(1) Los registros de raza, cantidad y crianza del ganado lechero. vacas, Identificación, fuente y fecha de entrada y salida;

(2) Fuente, nombre, usuario, horario y dosificación del alimento, aditivos alimentarios, medicamentos veterinarios y otros insumos;

(3) Cuarentena, inmunización y desinfección;

(4) Manipulación de leche cruda de animales lecheros enfermos, muertos y no calificados;

(5) Producción, almacenamiento e inspección de leche cruda y ventas.

Los registros deben ser veraces y conservarse durante al menos 2 años.

Artículo 25 Está prohibido el uso de piensos, aditivos alimentarios, medicamentos veterinarios y otras sustancias que sean directa o potencialmente nocivas para los animales y el cuerpo humano que estén prohibidos en mi país y en los países o regiones importadores para producir leche cruda. y animales lecheros para exportación. Está prohibido exportar leche producida por animales lecheros durante el período de medicación prescrito y el período de abstinencia.

Artículo 26 Las empresas de producción láctea de exportación deberán cumplir con los requisitos de buenas prácticas de producción, establecer e implementar un sistema de análisis de peligros y puntos de control críticos (HACCP) y garantizar el funcionamiento efectivo del sistema.

Artículo 27 Las empresas de producción láctea de exportación establecerán los siguientes sistemas:

(1) Sistema de inspección de entrada de materias primas, aditivos alimentarios y productos relacionados con los alimentos, y registrará verazmente sus nombres y especificaciones, cantidad, nombre del proveedor e información de contacto, fecha de compra, etc.

(2) Sistema de registro de producción, que registra verazmente la gestión de seguridad del proceso de producción de alimentos;

(3) Sistema de inspección de fábrica, que inspecciona los productos lácteos lote por lote y mantiene la inspección; informes y muestreos;

(4) Sistema de registro de inspección de fábricas de productos lácteos, inspeccionar el certificado de inspección de fábrica y el estado de calidad y seguridad de los productos lácteos, y registrar verazmente el nombre del producto, las especificaciones, la cantidad, la fecha de producción y el estante. vida útil, número de lote de producción, número de certificado de inspección, nombre e información de contacto del comprador, fecha de venta, etc.

Los registros anteriores deben ser veraces y conservarse durante al menos 2 años.

Artículo 28 Las empresas de producción láctea de exportación inspeccionarán las materias primas y los productos terminados procesados ​​por los productos lácteos de exportación o confiarán a una agencia de inspección calificada la realización de inspecciones y la emisión de informes de inspección.

Artículo 29 Los métodos de envasado y transporte de los productos lácteos exportados deberán cumplir con los requisitos de seguridad y salud.

Para contenedores, cabinas, aeronaves, vehículos y otros medios de transporte que requieran ser congelados o refrigerados para la exportación de productos lácteos perecederos, el transportista, unidad de embalaje o su agente deberá limpiar y desinfectar el medio de transporte. y cargar contenedores de acuerdo con las regulaciones y Mantener registros y solicitar a la agencia de inspección y cuarentena la inspección de limpieza, refrigeración e inspección del embalaje hermético antes del envío. No se permite ningún envío sin inspección o inspección no calificada;

Artículo 30 Los exportadores o sus agentes que exporten productos lácteos deberán, de acuerdo con las normas de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena, solicitar la inspección a la agencia de inspección y cuarentena donde se encuentre la empresa productora de lácteos. se encuentra.

Artículo 31 La agencia de inspección y cuarentena realizará inspecciones basadas en el estado de riesgo de los productos lácteos exportados, el nivel de gestión de seguridad, salud y calidad de la empresa de producción, los registros de calidad de seguridad y salud del producto, situaciones de exportación pasadas, los requisitos del país o región importador, etc. Desarrollar un plan de inspección por muestreo para productos lácteos exportados y realizar inspecciones de productos lácteos exportados de acuerdo con los siguientes requisitos:

Requisitos de inspección y cuarentena estipulados en acuerdos, protocolos y memorandos bilaterales;

(2) Insumos Normas nacionales o regionales;

(3) Requisitos de inspección y cuarentena estipulados en contratos comerciales o cartas de crédito.

Si no existen tales estándares o requisitos, las inspecciones se llevarán a cabo de acuerdo con las leyes y regulaciones chinas y los estándares nacionales de seguridad alimentaria pertinentes.

Los fabricantes y exportadores que exportan productos lácteos deben asegurarse de que los productos lácteos que exportan cumplan con los requisitos anteriores.

Artículo 32 Si los productos lácteos exportados cumplen con los requisitos pertinentes mediante inspección y cuarentena, la agencia de inspección y cuarentena emitirá un formulario de despacho de aduana de mercancías salientes o un formulario de reemplazo del certificado de mercancías salientes, y emitirá una inspección y cuarentena. certificado si la inspección y la cuarentena fallan, se emite un "Aviso de mercancías salientes no calificadas" y no se permite la exportación.

Artículo 33 La agencia de inspección y cuarentena en el puerto de salida de productos lácteos exportados verificará si el certificado de carga cumple con las regulaciones pertinentes sobre la inspección de renovación de certificados de mercancías salientes. Si las mercancías pasan la inspección, el formulario de despacho de aduana de las mercancías de salida se cambiará por el certificado de reemplazo del certificado de mercancías de salida emitido por la agencia de inspección y cuarentena del lugar de origen; si la inspección falla, la agencia de inspección y cuarentena portuaria emitirá un certificado; No se permitirá el certificado de falla y exportación.

Las agencias de inspección y cuarentena en el lugar de origen y las agencias de inspección y cuarentena portuarias deben establecer un mecanismo de intercambio de información para informar con prontitud los problemas de salud y seguridad descubiertos durante el proceso de inspección y cuarentena de los productos lácteos exportados, y reportarlos conforme a la normativa.

Artículo 34 Los productores y operadores de productos lácteos de exportación establecerán un sistema de trazabilidad del producto y establecerán registros pertinentes para garantizar la eficacia de la trazabilidad. El período de conservación de registros no será inferior a 2 años.

Artículo 35: Las empresas productoras de lácteos de exportación establecerán un sistema de gestión de muestras. Las condiciones y tiempos de almacenamiento de las muestras deberán ser adecuados a las características del propio producto y el peso deberá cumplir con los requisitos de inspección.

Artículo 36: Cuando el organismo de inspección y cuarentena descubra que los productos lácteos exportados no cumplen con los requisitos legales, podrá incluir a sus productores y operadores en la lista de malos antecedentes y podrá ser sancionados; ser incluidos en la lista de empresas ilegales y denunciados a la Convocatoria Social. Artículo 37 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena y las agencias de inspección y cuarentena recopilarán y organizarán información sobre la seguridad de los productos lácteos, como monitoreo activo, supervisión policial, inspecciones de laboratorio, notificaciones en el extranjero, notificaciones de instituciones y organizaciones nacionales, informes de redes de medios, quejas e informes, y traslados de los departamentos correspondientes.

Artículo 38 Los productores y operadores de productos lácteos de importación y exportación establecerán un sistema de notificación de información de riesgos, formularán un plan de emergencia para la información de riesgos de seguridad de los productos lácteos y equiparán a un oficial de enlace de emergencia para establecer un reportero de información de riesgos de tiempo completo; informar a la agencia de inspección y cuarentena de manera oportuna La información de riesgo, como la retirada y eliminación de productos lácteos importados y exportados, que se encuentra en el informe.

Artículo 39: Después de la revisión y clasificación, la agencia de inspección y cuarentena deberá proporcionar opiniones preliminares sobre la información de seguridad de los productos lácteos importados y exportados, informarlo a la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena de acuerdo con los requisitos y procedimientos prescritos, y notificar a los gobiernos locales y departamentos pertinentes.

Artículo 40 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena y su oficina de inspección y cuarentena directamente afiliada emitirán anuncios de advertencia de riesgos basados ​​en el nivel de información sobre riesgos de seguridad de los productos lácteos importados y exportados. La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena de la República Popular China podrá emitir un aviso de advertencia de riesgo según las circunstancias y decidir tomar las siguientes medidas:

(1) Restricciones condicionales a la importación y exportación , incluido un seguimiento estricto, inspecciones más estrictas, retiradas ordenadas, etc.;

(2) Prohibir la importación y exportación, la destrucción in situ o las devoluciones;

(3) Lanzar un plan de emergencia para la seguridad de los productos lácteos importados y exportados.

La agencia de inspección y cuarentena es la responsable de organizar e implementar las medidas de alerta y control de riesgos.

Artículo 41 Cuando se produzca una epidemia animal u otro incidente importante de seguridad alimentaria que pueda afectar la seguridad de los productos lácteos en un país o región que exporte productos lácteos a China, la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena podrá tomar medidas contra los productos lácteos importados de conformidad con las leyes y regulaciones chinas de alerta temprana de riesgos y medidas de control estipuladas en el artículo 40 de estas Medidas.

La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena podrá ajustar las medidas de control y advertencia de riesgos después de la evaluación en función de los cambios en la situación epidémica, el manejo de incidentes de seguridad alimentaria y la información relevante proporcionada por las autoridades competentes de el país o región exportador y las empresas productoras de lácteos.

Artículo 42 Cuando los riesgos de inocuidad de los productos lácteos importados y exportados ya no existan o se hayan reducido a un nivel aceptable, se levantarán oportunamente el aviso de advertencia de riesgo, el aviso de advertencia de riesgo y las medidas de control.

Artículo 43 Si existen problemas de seguridad con los productos lácteos importados que hayan causado o puedan causar daños a la salud humana y la seguridad de la vida, el importador de productos lácteos importados deberá retirar voluntariamente los productos e informar a la inspección local y agencia de cuarentena. Los importadores de productos lácteos importados deben publicar información relevante al público, notificar a los mayoristas y vendedores para que suspendan las ventas al por mayor y las ventas, informar a los consumidores para que dejen de usarlos y mantener registros de los productos lácteos retirados del mercado.

Después de recibir el informe, la agencia de inspección y cuarentena deberá verificarlo y realizar una notificación basada en el alcance del impacto de los productos lácteos importados.

Si el importador de productos lácteos importados no toma la iniciativa de implementar el retiro, la oficina de inspección y cuarentena directamente dependiente del Gobierno Central emitirá un aviso de retiro e informará a la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena. . De ser necesario, la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena podrá ordenar un retiro. La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena podrá emitir un aviso de advertencia de riesgo o anuncio de advertencia de riesgo, y tomar las medidas especificadas en el artículo 40 de estas Medidas y otras medidas para evitar la ocurrencia de daño.

Artículo 44 Si se descubre que existen problemas de inocuidad en los productos lácteos exportados que hayan causado o puedan causar daños a la salud humana y a la seguridad de la vida, los productores y operadores exportadores de lácteos deberán tomar medidas para evitar y reducir los aparición de daños, e informar inmediatamente a la agencia local de inspección y cuarentena.

Artículo 45 Al realizar las funciones de inspección y cuarentena de productos lácteos importados y exportados de conformidad con la ley, los organismos de inspección y cuarentena tienen derecho a tomar las siguientes medidas:

( 1) Ingresar a las instalaciones de producción y negocios para inspección in situ;

(2) Inspeccionar, copiar, sellar y retener contratos, documentos, libros de contabilidad y otra información relevante;

(3) Sellar y detener productos, materias primas y excipientes que no cumplan con los requisitos legales, aditivos, insumos agrícolas y herramientas y equipos utilizados para la producción ilegal;

(4) Sellar los sitios de producción y operación que tengan importantes peligros ocultos que ponen en peligro la salud humana y la seguridad de la vida.

Artículo 46 La agencia de inspección y cuarentena informará las medidas de control tomadas a la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena de acuerdo con las regulaciones, y notificará al gobierno local y a los departamentos pertinentes.

La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena notificará a los departamentos pertinentes la información de seguridad de los productos lácteos importados y exportados y las medidas de control tomadas de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 47 Si los productos lácteos importados no cumplen con las normas nacionales de seguridad alimentaria después de la inspección y cuarentena y se venden o utilizan sin autorización, la agencia de inspección y cuarentena confiscará los productos ilegales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 85 y 89 de la Ley de Seguridad Alimentaria. . Ingresos, productos lácteos producidos y operados ilegalmente y herramientas, equipos, materias primas y otros artículos utilizados para la producción y operación ilegal si el valor de los productos lácteos producidos y operados ilegalmente es inferior a 1.000 yuanes, una multa de no menos de 2.000 yuanes; pero no más de 50.000 yuanes, si la cantidad excede los 10.000 yuanes, se impondrá una multa de no menos de 5 veces pero no más de 1 vez; si las circunstancias son graves, se revocará la licencia;

Artículo 48 Los importadores de productos lácteos estarán obligados a realizar correcciones y advertencias por parte del organismo de inspección y cuarentena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87 y 89 de la Ley de Inocuidad de Alimentos. Aquellos que se nieguen a hacer correcciones serán multados con no menos de 2000 RMB pero no más de 20 000 RMB; si las circunstancias son graves, se cancelará el registro:

(1) No establecer una importación de productos lácteos; sistema de registro de ventas;

(2) El sistema de registro de importaciones y ventas está incompleto y es falso;

(3) El período de retención de los registros de importaciones y ventas es inferior a 2 años;

(4) El registro ha sido alterado o destruido, perdido u otras circunstancias que no pueden reflejar la situación real;

(5) Falsificación o alteración de registros de importación y ventas.

Artículo 49: Si un importador de productos lácteos importados realiza otras actividades fraudulentas distintas a las enumeradas en el artículo 48 de estas Medidas, el organismo de inspección y cuarentena confiscará los ingresos y productos lácteos ilegales, y devolverá los mercancías de conformidad con las "Disposiciones Especiales" 》El artículo 8 impondrá una multa del triple del valor del producto si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá de conformidad con la ley;

Artículo 50 Si un exportador de productos lácteos no cumple con las disposiciones de la Ley de Inocuidad de los Alimentos y presenta alguna de las siguientes circunstancias, el organismo de inspección y cuarentena deberá cumplir con los artículos 85 y 8 de la Ley de Inocuidad de los Alimentos. Ley De conformidad con las disposiciones del artículo 19, las ganancias ilegales, los productos lácteos producidos y operados ilegalmente, y las herramientas, equipos, materias primas y otros artículos utilizados para la producción y operación ilegales serán confiscados si el valor de los productos lácteos producidos y operados ilegalmente; es inferior a 1.000 yuanes, se impondrá una multa de no menos de 2.000 yuanes y 50.000 yuanes si el valor de las mercancías supera los 10.000 yuanes, se impondrá una multa de no menos de 5 veces pero no más de 1 vez; las circunstancias sean graves, se cancelará el registro de la empresa de producción láctea de exportación:

(1) Sin inspección o inspección de supervisión Las que estén calificadas para la exportación;

(2) Las los productos lácteos exportados no pasan la inspección y se exportan sin autorización;

(3) Los productos que han sido supervisados ​​e inspeccionados por la agencia de inspección y cuarentena y emitido un certificado de inspección y cuarentena sin autorización Exportación de productos lácteos ;

(4) Los productos lácteos exportadores provienen de empresas de producción láctea de exportación que no han sido registradas ante las agencias de inspección y cuarentena.

Artículo 51 Si un productor u operador de productos lácteos exportados comete cualquier conducta fraudulenta distinta a las enumeradas en el artículo 50 de estas Medidas, el organismo de inspección y cuarentena lo confiscará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de las "Disposiciones Especiales" Las ganancias ilícitas y los productos lácteos serán multados con el triple del valor de los productos, si se constituye un delito, se perseguirá la responsabilidad penal de conformidad con la ley;

Artículo 52 Si concurre cualquiera de las siguientes circunstancias, el organismo de inspección y cuarentena ordenará correcciones. Si existen ganancias ilícitas, se impondrá una multa no superior al triple de las ganancias ilícitas, con un máximo de multa. máximo de no más de 30.000 yuanes, si no hay ganancias ilegales, sí, multa de 6,5438+0 millones de yuanes.

(1) El importador de productos lácteos importados no elimina los productos lácteos no calificados de acuerdo con los requisitos de la agencia de inspección y cuarentena dentro del período prescrito;

(2) El El importador de productos lácteos importados viola el artículo 10 de estas Medidas. El artículo 8 estipula que no tomar las medidas necesarias para sellar por separado los productos lácteos importados no calificados antes de destruirlos o devolverlos;

(3) El importador de productos lácteos importados transfiere los productos lácteos no calificados de un lugar designado o reconocido por la agencia de inspección y cuarentena sin autorización.

(4) Las granjas lecheras que exportan leche cruda utilizan ilegalmente insumos químicos agrícolas en el proceso de producción de lácteos. ganadería

(5) Granjas lecheras que exportan leche cruda Los registros relacionados in situ son falsos o tienen un período de retención inferior a 2 años;

(6) Exportadores de productos lácteos y los operadores no han establecido un sistema de trazabilidad o no pueden garantizar la efectividad del sistema de trazabilidad;

(7) ) La empresa de producción láctea de exportación no establece un sistema de gestión de muestras, o las muestras almacenadas no son consistentes con la realidad. situación;

(8) El operador de producción láctea de exportación viola las regulaciones pertinentes de embalaje y transporte de estas Medidas.

Artículo 53 Si los productores, operadores, agencias de inspección y cuarentena y su personal de importación y exportación de lácteos cometen otros actos ilegales, serán tratados de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes. Artículo 54 Si un importador o exportador de productos lácteos tiene objeciones a los resultados de la inspección y la cuarentena, podrá solicitar una nueva inspección de conformidad con el "Reglamento sobre la administración de la reinspección de productos importados y exportados".

Artículo 55 Los productos lácteos para piensos, otros productos lácteos no comestibles y los productos lácteos importados y exportados por entrega urgente, correo o transportados por pasajeros se manejarán de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

Artículo 56 La Administración General de Supervisión de la Calidad, Inspección y Cuarentena es responsable de la interpretación de las presentes Medidas.

Artículo 57 Las presentes Medidas entrarán en vigor el 1 de mayo de 2065.