Condiciones para el establecimiento de derechos de prenda
1. La prenda debe existir efectivamente
2. Las circunstancias en que se realizan los derechos de prenda se dan: el deudor fracasa; para ejecutar la deuda vencida o se produzcan las circunstancias en que se realicen los derechos de prenda según lo acordado por las partes. Si el deudor cumple su deuda o el pignorante paga anticipadamente los derechos del acreedor garantizado, el acreedor pignoraticio devolverá los bienes pignorados
3. La deuda impaga del deudor incluye todas las deudas impagas y parte de la deuda, porque según el Según el principio de indivisibilidad de la prenda, aunque el deudor sólo incumpla parcialmente la deuda, el acreedor prendario aún puede pretender realizar la prenda de todos los bienes pignorados;
4. no es causado por el acreedor. Si el incumplimiento del deudor es causado por uno de los acreedores, el acreedor prendario no podrá realizar su prenda. Por ejemplo, un acreedor se niega a aceptar el cumplimiento pleno y adecuado de un deudor.
Esenciales para la constitución de una prenda:
1. Según el acuerdo de las partes, si el deudor no cumple con la deuda vencida o no realiza la prenda, el acreedor prendario puede acordarlo. con el pignorante el cambio del bien pignorado por un precio, o se dará prioridad al producto de la subasta o venta del bien pignorado. Si el bien pignorado se rebaja o se vende, se hará referencia al precio de mercado.
2. Una vez expirado el plazo de cumplimiento de la deuda, el pignorante puede exigir al acreedor pignoraticio que ejerza el derecho de prenda de manera oportuna; si el acreedor pignoraticio no ejerce la prenda, el pignorante puede solicitar al Tribunal Popular la subasta; o vender la propiedad pignorada. Si el acreedor prendario exige al acreedor prendario el ejercicio oportuno del derecho de prenda y el acreedor prendario se demora en ejercerlo, será responsable de la indemnización después de descontado, rematado o rematado el bien pignorado; vendido, la parte del precio que exceda del importe de los derechos del acreedor será devuelta al pignorante. Es propiedad del pignorante, y el déficit será pagado por el deudor.
Condiciones para la constitución de derechos de prenda:
1. Si la prenda se constituye con letras, bonos, certificados de depósito, recibos de almacén o conocimientos de embarque, se constituye el derecho de prenda. cuando el certificado de derechos se entrega al acreedor prendario; no Para los certificados de derechos de propiedad, el derecho de prenda se establece cuando los departamentos correspondientes manejan el registro de la prenda
2. ante la agencia de registro y compensación de valores, el registro de prenda se hace ante la agencia de registro y compensación de valores que se establezca en el momento.
3. y el departamento administrativo comercial se encarga del registro de la prenda;
4. El derecho a utilizar marcas registradas o patentes. Si los derechos de propiedad intelectual, como derechos de autor y derechos de autor, están pignorados, el derecho de prenda se establecerá cuando las autoridades competentes pertinentes manejan el registro de la prenda;
5. Si las cuentas por cobrar están pignoradas, cuando el registro de la prenda es manejado por la agencia de informes crediticios, Establecimiento de derechos de prenda.
Base jurídica: Artículo 429 del Código Civil de la República Popular China
La prenda se constituye cuando el pignorante entrega el bien pignorado.
Artículo 441
Si la prenda se constituye en letra de cambio, cheque de caja, cheque, fianza, recibo de depósito, recibo de almacén o conocimiento de embarque, la prenda se se establece cuando se entrega el certificado de título al acreedor prendario. Si se expide el certificado de derechos, la prenda se constituirá cuando se tramite el registro de prenda; Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
Artículo 443
Si se pignoran acciones o patrimonio del fondo, el derecho de prenda se establecerá en el momento de la inscripción de la prenda.
Después de la pignoración, las participaciones y el patrimonio del fondo no se transmitirán, salvo acuerdo entre el pignorante y el pignorante. El pignorante pagará anticipadamente la deuda al acreedor prendario o depositará el producto de la transferencia de las participaciones y el capital social del fondo.
Artículo 444
Si se pignora el derecho exclusivo de uso de una marca registrada, derecho de patente, derecho de autor u otros derechos de propiedad intelectual, el derecho de prenda se establecerá al momento del registro. de la prenda.
Una vez pignorados los derechos de propiedad intelectual, el pignorante no los transferirá ni permitirá que otros los utilicen, a menos que el pignorante y el pignorante acuerden mediante negociación. El pignorante deberá pagar la deuda al acreedor prendario por adelantado o depositar el precio por la transferencia o concesión de licencia de los derechos de propiedad intelectual pignorados a otros.
Cuatricentésimo cuadragésimo quinto
Si las cuentas por cobrar están pignoradas, el derecho a prenda se establecerá en el momento de la inscripción de la prenda.
Las cuentas por cobrar no podrán transferirse una vez pignoradas, salvo que el deudor y el acreedor prendario acuerden mediante negociación. El pignorante deberá liquidar anticipadamente la deuda al acreedor prendario o depositar el producto de la transferencia de cuentas por cobrar.