¿Puede el acusado acudir al tribunal para emitir una carta de mediación?
Según las disposiciones legales pertinentes, la mediación judicial requiere la presencia de ambas partes, y el acuerdo de mediación no puede surtir efecto hasta que sea firmado. La mediación organizada por el tribunal sigue el principio de voluntariedad. Si no estás de acuerdo con la mediación, no tienes que acudir, o puedes encomendar la asistencia a un agente, lo que tiene el mismo efecto que asistir personalmente. Esto significa que, aunque en principio se requiere la presencia de ambas partes, la ley permite que abogados autorizados participen en la mediación en determinadas circunstancias. Por ejemplo, si una parte no puede asistir en persona por razones de salud, ubicación remota u otras razones razonables, puede confiar a un agente la asistencia y participación en el proceso de mediación. La participación del agente encargado debe garantizar que comprenda plenamente los deseos y requisitos de las partes y pueda negociar y comunicarse eficazmente en nombre de las partes durante el proceso de mediación. Una vez que ambas partes (o sus agentes) llegan a un acuerdo durante el proceso de mediación y firman un acuerdo de mediación, el acuerdo se vuelve legalmente vinculante. El acuerdo de mediación se alcanza de forma voluntaria por ambas partes, por lo que ambas partes están obligadas a respetar el contenido del acuerdo.