La forma más eficaz de gestionar disputas contractuales de decoración.
(1) Negociar con la empresa de decoración;
(2) El propietario solicita mediación a la asociación de consumidores;
(3) Reclamar al departamento administrativo correspondiente
(4) Presentar el caso a una institución de arbitraje para su arbitraje de acuerdo con el acuerdo de arbitraje alcanzado con; la empresa de decoración;
(5) Presentar la denuncia ante el Tribunal Popular puede presentar una demanda, pero hay que tener en cuenta que generalmente, si el caso se somete a arbitraje, no se puede presentar ante los tribunales.
Base jurídica: “Ley de Contratos de la República Popular China”.
Artículo 507 La nulidad, nulidad, revocación o terminación del contrato no afectará la validez de las cláusulas de solución de controversias contenidas en el contrato.
Artículo 510: Después de la entrada en vigor del contrato, las partes no tienen acuerdo o el acuerdo es confuso sobre calidad, precio o remuneración, lugar de cumplimiento, etc. , podrán complementar el acuerdo; si no pueden llegar a un acuerdo complementario, se determinará de conformidad con las disposiciones pertinentes del contrato o las prácticas de la transacción.
Análisis legal: Durante el proceso de decoración de la casa, cuando surgen disputas, se pueden resolver a través de los siguientes canales:
(1) Negociar con la empresa de decoración
<; p>(2) El propietario solicita la mediación de la Asociación de Consumidores;(3) Reclama ante el departamento administrativo correspondiente;
(4) Presenta la misma a una institución de arbitraje para su arbitraje de acuerdo al acuerdo de arbitraje alcanzado con la empresa de decoración;
(5) Presentar una demanda en el Tribunal Popular, pero hay que tener en cuenta que en circunstancias normales, si el caso se somete a arbitraje, no se puede presentar. en la corte.
Base jurídica: “Ley de Contratos de la República Popular China”.
Artículo 507 La nulidad, nulidad, revocación o terminación del contrato no afectará la validez de las cláusulas de solución de controversias contenidas en el contrato.
Artículo 510: Después de la entrada en vigor del contrato, las partes no tienen acuerdo o el acuerdo es confuso sobre calidad, precio o remuneración, lugar de cumplimiento, etc. , podrán complementar el acuerdo; si no pueden llegar a un acuerdo complementario, se determinará de conformidad con las disposiciones pertinentes del contrato o las prácticas de la transacción.