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Ley de libertad bajo fianza pendiente de juicio

Las normas específicas para el levantamiento de la libertad bajo fianza en espera de juicio son las siguientes:

1. Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública no podrán poner en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados ​​de delitos en espera de juicio durante más de 12 meses, y el la vigilancia domiciliaria no podrá exceder de seis meses.

2. De acuerdo con las disposiciones legales sobre la libertad bajo fianza en espera de juicio, la investigación, el procesamiento y el juicio del caso no se interrumpirán durante el período de la libertad bajo fianza. pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria. Si se determina que no procede perseguir la responsabilidad penal, o si el período de la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria ha expirado, la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria se terminará oportunamente. Cuando se libere a una persona que ha sido puesta en libertad bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia residencial, la persona puesta en libertad bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia residencial debe ser notificada sin demora a las unidades pertinentes;

3. la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública emitirán un aviso a los sospechosos de delitos que hayan expirado las medidas coercitivas, el acusado será liberado, puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio, puesto bajo vigilancia domiciliaria o las medidas coercitivas se modificarán de conformidad con lo dispuesto. la ley. Cuando expira el plazo legal para que el tribunal popular, la fiscalía popular o el órgano de seguridad pública adopten medidas obligatorias, el sospechoso de un delito, el acusado y sus representantes legales, familiares cercanos o defensores tienen derecho a solicitar el levantamiento de las medidas obligatorias.

Base jurídica: Artículo 67 de la Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China.

Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública pueden poner en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados ​​de delitos en espera de juicio en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Pueden ser condenados a vigilancia, detención penal o independencia Se aplican penas adicionales;

(2) La persona puede ser sentenciada a una pena de prisión de duración determinada o superior, y su liberación bajo fianza en espera de juicio no causará peligro social;

(3) Sufre una enfermedad grave, no puede cuidar de sí misma. Una mujer que está embarazada o amamantando a su propio bebé y queda en libertad bajo fianza en espera de juicio no representará un riesgo para la sociedad;

(4) El período de detención ha expirado y el caso no ha concluido, y debe quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio.

La libertad bajo fianza en espera de juicio será implementada por los órganos de seguridad pública.

Artículo 71

Los sospechosos y acusados ​​de delitos que sean puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

(1) Sin la aprobación de la autoridad de ejecución agencia, No se le permite salir de la ciudad o condado donde vive;

(2) Si su dirección, unidad de trabajo e información de contacto cambian, informe a la agencia de aplicación de la ley dentro de las 24 horas;

(3) Estar presente en el interrogatorio de manera oportuna;

(4) No interferirá con el testimonio de los testigos de ninguna forma;

(5) No destruirá, fabricar pruebas o confabularse para confesar.

Según las circunstancias del caso, el Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública pueden ordenar a los sospechosos de delitos o acusados ​​que hayan sido puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio que cumplan con una o más de las siguientes disposiciones:

(1) No se le permite ingresar a lugares específicos;

(2) No reunirse ni comunicarse con personas específicas;

(3) No participar en actividades específicas ;

(4) Pasaporte Los documentos de entrada y salida y los permisos de conducir se entregarán a la agencia de aplicación de la ley para su conservación.

Si un sospechoso o acusado de un delito que se encuentra en libertad bajo fianza en espera de juicio paga un depósito de garantía en violación de las disposiciones de los dos párrafos anteriores, se le confiscará parte o la totalidad del depósito de seguridad, y dependiendo de la En determinadas circunstancias, se le puede ordenar que se arrepienta, que pague un nuevo depósito de garantía, que proporcione un garante o que se le ponga bajo arresto domiciliario.

Para aquellos que violan las normas sobre libertad bajo fianza en espera de juicio, si es necesario el arresto, el sospechoso o acusado puede ser detenido primero.