La diferencia entre un laudo y una sentencia
1. Los elementos de aplicación de ambos son diferentes. Las sentencias generalmente tienen como objetivo resolver cuestiones procesales en el proceso de litigio y tienen como objetivo permitir que el Tribunal Popular guíe eficazmente el litigio, elimine los obstáculos al litigio y promueva el proceso de litigio. Las sentencias, por otro lado, tienen como objetivo resolver disputas sobre. los derechos y obligaciones entre las partes y están destinados a resolver disputas de derechos civiles; resolver disputas entre las partes;
2. Las sentencias se basan en hechos procesales, la ley principal es la Ley de Procedimiento Civil y la base jurídica de las sentencias son principalmente leyes sustantivas como el derecho civil y el derecho económico.
3. En un caso sólo existe una sentencia jurídicamente eficaz y ejecutada, pero pueden existir múltiples sentencias jurídicamente eficaces.
4 La sentencia debe expresarse por escrito, Decisiones; puede ser escrito u oral. Una vez dictado el fallo oral, éste podrá constar en acta;
5. Los plazos para los recursos y las protestas son diferentes. El plazo para los recursos y protestas contra sentencias civiles y administrativas de primera instancia es de 65.438+05 días, mientras que el plazo para los recursos y protestas contra decisiones civiles y administrativas de primera instancia es de 65.438+00 días. El plazo para los recursos y protestas contra sentencias penales de primera instancia es de 10 días, y el plazo para los recursos y protestas contra sentencias penales de primera instancia es de 5 días.
Sentencia se refiere al pronunciamiento del órgano judicial sobre un caso que ha sido juzgado. Sentencia se refiere a una decisión tomada por una autoridad administrativa o judicial para tratar cuestiones procesales y algunas cuestiones de fondo durante el proceso de juicio o ejecución de sentencia.
¿Artículo 154 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de la República Popular China?
Esta sentencia se aplica en el siguiente alcance:
Inadmisibilidad;
(2) Excepción de competencia;
(3) Desestimar la demanda;
(4) Conservación y ejecución anticipada;
(5) Aprobación o desaprobación del desistimiento de la demanda;
(6) Suspensión o terminación de la demanda; la demanda;
(7) Corregir errores administrativos en la sentencia;
(8) Suspender o terminar la ejecución;
(9) Revocar o negarse a ejecutar el laudo arbitral;
(10) La falta de ejecución del documento de derechos del acreedor emitido por la notaría.
(11) Las demás materias que requieran adjudicación;
Contra las resoluciones de los puntos 1 a 3 del párrafo anterior cabrá recurso de apelación.
La sentencia expresará el resultado de la misma y los motivos de la misma. El fallo será firmado por los jueces y el secretario, y llevará el sello del Tribunal Popular. Si el fallo se dicta oralmente, se hará constar en la transcripción.
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