Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Hay errores tipográficos en la decisión de sanción administrativa.

Hay errores tipográficos en la decisión de sanción administrativa.

Análisis jurídico: 1. Errores en números, escritura, fechas, etc.

Si se descubre que existen errores de numeración, caligrafía, fecha, sello, etc. en la decisión de sanción administrativa, se harán las explicaciones necesarias en los documentos oficiales de la oficina, se aplicará una nueva sanción administrativa. Se tomará la decisión y la decisión de sanción administrativa se notificará a la contraparte administrativa. No es necesario volver a implementar los procedimientos de notificación de sanciones administrativas.

En segundo lugar, existe un problema con el tipo y alcance del castigo.

Si se descubre que existe un error en el tipo o alcance de la sanción en la decisión de sanción administrativa, se hará la explicación necesaria en el documento oficial de la oficina, la decisión de sanción administrativa será revocada. de la contraparte administrativa, debiendo notificarse a la contraparte administrativa una nueva decisión sancionadora. Debido a que el tipo o alcance de la sanción cambia, es necesario volver a implementar el procedimiento de notificación de sanción administrativa.

En tercer lugar, errores en la aplicación de la ley

Si se descubre que la decisión administrativa sancionadora se aplica erróneamente a leyes, reglamentos y normas, si concurren las circunstancias anteriores, el La decisión de sanción administrativa debe revocarse mediante un documento oficial de la oficina y notificarse a La contraparte administrativa retira la decisión de sanción administrativa. Luego volver a implementar el procedimiento de notificación de sanción administrativa, reproducir y notificar la “Decisión Administrativa de Sanción” a la contraparte administrativa.

Base legal: Artículo 40 de la "Ley de Sanción Administrativa de la República Popular China". Una vez hecho el anuncio, la sanción administrativa se entregará a la parte en el acto si la parte no lo es; Presente, el órgano administrativo deberá notificar la resolución sancionadora a los interesados ​​en el plazo de siete días, conforme a las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil.