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¿Puede la policía registrar a voluntad?

La policía no puede realizar registros aleatorios, pero puede mostrar los documentos pertinentes a los sospechosos, interrogarlos e inspeccionarlos en el acto. Si cree que la policía realizó un registro ilegal, puede presentar una queja ante el departamento de supervisión administrativa del órgano de seguridad pública local, o puede llamar directamente al 110 para quejarse de la conducta ilegal de la policía.

¿Qué conductas no permite la policía popular?

1. Difundir comentarios que dañen la reputación del país, unirse a organizaciones ilegales, participar en mítines, marchas, manifestaciones y huelgas destinadas a oponerse al país.

2. secretos y trabajo policial Secreto;

3. Cometer fraude, ocultar los hechos del caso, encubrir o tolerar actividades ilegales y criminales;

4. Extorsionar confesiones mediante tortura o castigo corporal o. abusar de delincuentes;

5. Privar o restringir ilegalmente la libertad personal de otros y registrar ilegalmente los cuerpos, pertenencias, residencias o lugares de otros;

6.

7. Golpear a otros o instigar a otros a golpear a otros;

8. Castigar o cobrar tarifas ilegalmente

9. sus agentes;

10. Participar en actividades comerciales con fines de lucro o ser empleado por cualquier individuo u organización;

11. Negligencia del deber e incumplimiento de obligaciones legales;

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12. Otras violaciones de leyes y disciplinas.

En resumen, según las leyes y reglamentos pertinentes, la policía no puede registrar a voluntad. Cuando se realiza un registro, se debe mostrar una orden de registro a la persona que está siendo registrada. Al arrestar o detener a una persona, se puede realizar un registro sin una orden de registro en caso de emergencia. Las personas no pueden ser registradas a voluntad, pero tienen derecho a registrarlas en las circunstancias previstas por la ley.

Base jurídica:

Artículo 7 del “Reglamento para la aplicación de interrogatorios continuos por parte de los órganos de seguridad pública”

Para mantener el orden social, el pueblo La policía del órgano de seguridad pública, después de indicar su estatus de aplicación de la ley, podrá interrogar e inspeccionar a las personas sospechosas de delitos ilegales en el lugar. Los policías populares que no visten uniformes deben mostrar sus certificados de aplicación de la ley para identificarse antes de un interrogatorio o inspección in situ.

Artículo 8

Si una persona es sospechosa de haber cometido un delito y no puede descartarse mediante interrogatorio y verificación in situ, o en cualquiera de las siguientes circunstancias, la autoridad del pueblo la policía puede llevarlo al órgano de seguridad pública para continuar con el interrogatorio: (1) La víctima o testigo lo acusa o lo identifica con un delito (2) Es sospechoso de violar la gestión de la seguridad pública o de haber cometido un delito; de violar la gestión de la seguridad pública o cometer un delito y se desconoce su identidad (4) Los elementos que porta pueden violar la gestión de la seguridad pública Sigilo de la gestión o delito;