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¿Puedo solicitar un modelo de utilidad para patentes de software?

Mire el artículo 2 de la Ley de Patentes: Invención se refiere a una nueva solución técnica propuesta para un producto, método o mejora del mismo.

Los modelos de utilidad hacen referencia a nuevas soluciones técnicas prácticas propuestas para la forma, estructura o combinación de productos.

Las patentes de modelos de utilidad sólo protegen productos, que deben ser entidades fabricadas mediante métodos industriales y que ocupen un espacio determinado. Todos los métodos no artificiales (incluido el uso de productos) y los objetos naturales no están protegidos por patentes de modelos de utilidad.

El objeto de invención es un producto, un método o la mejora de un método, por lo que un producto que solicita un modelo de utilidad puede solicitar un método (si es lo suficientemente creativo), pero el software no es un producto (no tiene forma ni estructura y es intangible. No es una entidad), por lo que el software sólo puede solicitar métodos, es decir, sólo puede solicitar invenciones.