Últimos estándares de identificación de lesiones menores
Base legal: Artículo 41 de los “Principios Generales de los Procedimientos de Autenticación Forense”. Luego de emitido el dictamen de tasación forense, si se encuentra alguna de las siguientes situaciones, la institución de tasación forense podrá realizar correcciones:
(1) Las imágenes, espectros y gráficos no son claros;
(2) La firma, sello o número no cumple con los requisitos de producción;
(3) La expresión escrita tiene fallas o errores ortográficos, pero no afecta el dictamen de tasación judicial.
La corrección debe realizarse al dictamen forense original y firmado por al menos un perito forense. Si es necesario, se podrán publicar materiales complementarios escritos.
La corrección del peritaje forense no cambiará la intención original del peritaje judicial.