Principios de responsabilidad por colisiones de buques
La colisión de barcos se refiere a un accidente en el que los barcos entran en contacto y causan daños en el mar o en aguas navegables conectadas al mar. La colisión de barcos es una colisión entre barcos, por lo que la colisión entre un barco y un muelle, embarcadero, canoa, faro, boya, balsa de bambú y otros objetos fijos en el agua o bajo el agua no es una colisión en sentido estricto. Las colisiones de barcos se pueden dividir en colisiones directas y colisiones indirectas. Una colisión directa es una colisión real de barcos debido a alguna causa. La colisión indirecta se refiere a una situación en la que el barco en realidad no choca pero ha causado daños, como los causados por las olas. Responsabilidad unilateral por negligencia Si la colisión de un barco es causada por la negligencia de un barco, el barco negligente es responsable. Cuando los barcos navegan en el puerto, a menudo se producen colisiones provocadas por negligencia unilateral cuando se encuentran con barcos atracados en el muelle o con barcos que tocan las boyas de amarre. A menos que el barco que funciona mal pueda demostrar que el barco de amarre tiene alguna culpa, como que el barco de amarre no cumple con las reglas para evitar colisiones y cuelga luces al atracar. Ambas partes asumen sus propias responsabilidades y el principio general es compartir las pérdidas en proporción a sus respectivas faltas. Si la proporción de culpa de ambas partes es igual o la proporción de culpa es difícil de determinar, cada parte asumirá el 50% de la responsabilidad por colisión. En caso de lesiones personales o muerte de un tercero, ambas partes de la colisión serán solidariamente responsables de la indemnización. Si la compensación pagada conjuntamente por un barco excede la proporción prescrita, tiene derecho a recuperar la compensación de otros barcos culpables. Se considerará colisión de buques por culpa del capitán y de la tripulación el abordaje de buques por culpa del práctico, incluso en el caso de practicaje obligatorio. La responsabilidad objetiva de ambas partes significa que no hay ningún factor humano en la colisión y está causada enteramente por razones objetivas o desconocidas. Los daños causados por una colisión sin culpa corren a cargo de la víctima y ambas partes de la colisión no son responsables de indemnización. Las razones objetivas pueden provenir de fuerza mayor, como por ejemplo desastres naturales, también pueden deberse a accidentes; Un accidente se refiere a un accidente que no se puede evitar a pesar de que el barco haya cumplido las precauciones y requisitos técnicos habituales. Causa desconocida significa que no se puede determinar la causa de la colisión, y las colisiones en este caso son bastante raras. El principio general para determinar la culpa en una colisión es dividir todo el proceso de una colisión en varias etapas de navegación diferentes, a saber, encuentro, peligro de colisión, situación de emergencia, peligro inminente y colisión. En cada etapa, las buenas habilidades del barco de los miembros calificados de la tripulación y las reglas de navegación locales o internacionales para evitar colisiones se utilizarán como criterios para analizar y determinar si una colisión es culpable. Los principios generales son en su mayoría leyes estatutarias y se utilizan ampliamente en todo el mundo, mientras que los principios especiales son en su mayoría hábitos formados por la práctica judicial a largo plazo en los países de envío. Varían de un país a otro y tienen ciertas limitaciones en su ámbito de aplicación. Los principios especiales incluyen el principio de última oportunidad y el principio de equivalencia de faltas entre ambas partes.
Objetividad jurídica:
El artículo 165 de la Ley Marítima de mi país define colisión de buques como: “los buques entran en contacto en el mar o en aguas navegables conectadas al mar y causan daños. Las naves mencionadas en el párrafo anterior incluyen otras naves que no se utilizan para funciones militares o gubernamentales según lo mencionado en el artículo 3 de esta Ley. “En consecuencia, los elementos constitutivos de un abordaje de buques previstos en la Ley Marítima de mi país son: primero, El abordaje. debe ocurrir entre barcos, y una de las partes debe ser un barco de navegación marítima, excepto en el caso de colisiones entre barcos y no barcos. Es decir, para colisionar con un barco, una de las partes debe ser un barco de navegación marítima y otro dispositivo móvil distinto de los utilizados para tareas oficiales militares o gubernamentales y embarcaciones pequeñas de menos de 20 toneladas brutas, y la otra parte debe ser cualquier buque que no sea el utilizado para tareas oficiales militares o gubernamentales, incluidos los buques marítimos, los buques fluviales interiores y los buques pequeños de menos de 20 toneladas brutas. En segundo lugar, la colisión debe producirse en el mar o en aguas navegables conectadas al mar. "Aguas navegables" se refiere a las aguas navegables que pueden ser utilizadas para la libre navegación por buques de arqueo bruto superior a 20. En tercer lugar, la colisión debe tener consecuencias destructivas. Si una colisión de buques no causa daños al buque, a su personal, a su carga u otros bienes, no constituye una colisión de buques. Cuarto, la colisión incluye colisión directa y colisión indirecta. El artículo 170 de la Ley Marítima de mi país estipula: "Si un buque no choca con otro buque por maniobras inadecuadas o por incumplimiento de las normas de navegación, se aplicarán las disposiciones de este capítulo, por lo que las colisiones indirectas también se tratan como buques". colisiones, pero se basan en negligencia, es decir, por colisión provocada por maniobras inadecuadas o violación de las normas de navegación. El artículo 165 de la Ley Marítima estipula que la colisión de buques se refiere a un accidente en el que un buque entra en contacto en el mar o en aguas navegables conectadas al mar y causa daños.