Análisis jurídico: Si un sospechoso de un delito se declara culpable y acepta la pena, la Fiscalía Popular debe hacer recomendaciones sobre la pena principal, las penas adicionales y si se aplican penas suspendidas. Antes de formular recomendaciones de sentencia, la Fiscalía Popular escuchará plenamente las opiniones del sospechoso, del defensor o del abogado de turno y tratará de llegar a un consenso mediante consultas. Cuando se ocupa de casos de confesión y castigo, la Fiscalía Popular generalmente debe hacer recomendaciones sobre la determinación de penas y sentencias. Para nuevos tipos de casos penales inusuales, así como para casos de delitos graves con circunstancias de sentencia complejas, también se pueden hacer rangos de sentencia y recomendaciones de sentencia. Al hacer una recomendación de sentencia, se deben indicar las razones y el fundamento. Si un sospechoso de un delito se declara culpable y acepta el castigo y no existen otras circunstancias legales para la sentencia, la Fiscalía Popular puede, en función de los hechos y la naturaleza del delito, ser apropiadamente indulgente sobre la base de la sentencia base y hacer recomendaciones para determinar la sentencia. y sentencia. Si existen otras circunstancias legales para la sentencia, la Fiscalía Popular debe considerar exhaustivamente las circunstancias legales para la sentencia, como la confesión y el castigo, y hacer recomendaciones sobre la condena y la sentencia con referencia a las normas de sentencia pertinentes.
Base jurídica: Artículo 174 de la Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China. Si un sospechoso de un delito se declara culpable voluntariamente y acepta la aplicación de las recomendaciones y procedimientos de sentencia, deberá firmar una carta de confesión y arrepentimiento en presencia de un defensor o abogado de turno. Si un sospechoso de un delito se declara culpable y acepta el castigo, no es necesario firmar una carta de confesión y arrepentimiento bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: El sospechoso de un delito es ciego, sordo o mudo, o el representante legal de un sospechoso de delito adulto que no ha perdió completamente la capacidad de reconocer o controlar su propio comportamiento o si el defensor no está de acuerdo con la confesión y el arrepentimiento del menor, no es necesario firmar la confesión y el arrepentimiento.