¿Qué debo hacer si la policía aún no presenta el caso?
1. Solicitar al órgano de seguridad pública su reconsideración y revisión.
Si el órgano de seguridad pública no acepta archivar el caso después de informarlo y no está satisfecho con la decisión de no archivar el caso, puede solicitar una reconsideración al órgano de seguridad pública que tomó la decisión. ; cuando el órgano de seguridad pública adopte una decisión, lo notificará por escrito a quien denunció el caso; Si el denunciante no está satisfecho con la decisión de no presentar un caso para su revisión, puede solicitar la revisión a la agencia de seguridad pública de nivel superior, la decisión será tomada por la agencia de seguridad pública de nivel superior;
Los órganos de seguridad pública revisarán los informes, acusaciones, informes y materiales de entrega, si consideran que existen hechos delictivos que requieren persecución penal, si consideran que no los hay, presentarán una causa; hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores, no se requiere proceso penal. Si se determina que la persona es responsable, el caso no se archivará y se notificará al denunciante los motivos por los que no se presentó el caso. Si el denunciante no está satisfecho, puede solicitar una reconsideración.
2. Presentar denuncia ante la Fiscalía
Si la víctima, su representante legal, familiares cercanos o el organismo de aplicación de la ley administrativa consideran que el organismo de seguridad pública debe iniciar una investigación pero no presenta un caso, o el interesado cree que la agencia de seguridad pública. Si un caso no debe presentarse pero se presenta ante la fiscalía, la fiscalía aceptará y revisará el caso.
Si el órgano de la fiscalía descubre que pueden existir circunstancias en las que el órgano de seguridad pública debería presentar un caso para su investigación pero no lo hace, llevará a cabo una investigación de conformidad con la ley. Si la fiscalía recibe una denuncia o informe o descubre que el organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley no transfiere un caso penal sospechoso, presentará una opinión fiscal al organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley y le exigirá que transfiera el caso penal sospechoso a la agencia de seguridad pública. o la fiscalía de conformidad con las normas jurisdiccionales.
La fiscalía solicita al departamento de control que acepte las quejas y recursos que los órganos de seguridad pública deberían haber presentado pero no presentado o no deberían haber presentado, y los revise con base en los hechos y el derecho. Se podrá exigir al denunciante o denunciante que proporcione materiales pertinentes. Si el órgano de seguridad pública lo considera necesario para explicar los motivos por los que no se presentó un caso o se presentó un caso, lo transferirá de inmediato al departamento de investigación y supervisión para su procesamiento.
3. Presentar acusación particular penal ante los tribunales.
El artículo 210 de la "Ley de Enjuiciamiento Criminal" estipula que los casos de acusación particular incluyen los siguientes casos:
(1) Notificación de la situación de manejo;
( 2) Casos penales menores probados por la víctima;
(3) La víctima tiene pruebas que demuestran que el imputado violó sus derechos personales o patrimoniales y debe ser considerado penalmente responsable conforme a la ley, pero el órgano de seguridad pública o la Fiscalía Popular se niega a considerar penalmente responsable al acusado.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.
Base legal: Artículo 178 del “Reglamento de Procedimiento para la Atención de Causas Penales por los Órganos de Seguridad Pública”. Luego de que el órgano de seguridad pública acepte el caso, si considera que existen hechos delictivos que requieren investigación de responsabilidad penal y es de su propia competencia, deberá archivar el caso con la aprobación del responsable del órgano de seguridad pública en o por encima del nivel del condado si considera que no existen hechos delictivos, o que los hechos delictivos son obviamente menores y no requieren responsabilidad penal, o que hay otros casos en los que no se persigue la responsabilidad penal de acuerdo con la ley, el caso se resolverá; no ser presentado con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública en o por encima del nivel del condado.
Si se decide no archivar el caso del denunciante, el órgano de seguridad pública preparará un aviso de no presentación y lo notificará al denunciante dentro de los tres días.
Si después de decidir no presentar un caso, se descubren nuevos hechos o pruebas, o si se determina que los hechos originales son incorrectos y es necesario investigar la responsabilidad penal, el caso se presentará de inmediato.