Sobre la relación entre el derecho interno y el derecho internacional.
1. El monismo sostiene que el derecho internacional y el derecho interno son esencialmente iguales y, por tanto, pertenecen al mismo sistema jurídico. Hay dos puntos de vista diferentes sobre el monismo:
(1) La ley nacional tiene prioridad. Este punto de vista sostiene que en el mismo sistema jurídico, la efectividad del derecho internacional proviene del derecho interno, que es una rama del derecho interno, y el derecho internacional sólo puede ser efectivo basándose en el derecho interno. El derecho internacional es secundario al derecho interno, por lo que el derecho interno tiene prioridad sobre el derecho internacional. Dado que esta visión niega la existencia de la validez del derecho internacional mismo, en realidad equivale a negar el derecho internacional.
⑵El derecho internacional tiene prioridad. Esta visión sostiene que en el mismo sistema jurídico, el derecho internacional es superior al derecho interno y la eficacia del derecho interno la confiere el derecho internacional. Esta teoría esencialmente niega que la voluntad nacional sea la fuente del derecho y luego utiliza el "gobierno mundial" para negar la soberanía de varios países, lo cual es extremadamente dañino.
2. Dualismo. Esta teoría sostiene que el derecho interno y el derecho internacional pertenecen a dos ordenamientos jurídicos diferentes, son esencialmente diferentes, y también lo son sus sujetos, objetos de ajuste, fuentes jurídicas y bases de validez. El dualismo es indudablemente correcto, pero enfatiza demasiado la diferencia entre el derecho internacional y el derecho interno, ignora la relación entre ellos y se opone a ellos, por lo que no puede resolver la relación entre ellos.
El derecho interno y el derecho internacional son diferentes y están relacionados. La diferencia se refleja principalmente en los aspectos anteriores, y la conexión se refleja principalmente en su penetración mutua, complementación mutua y restricción mutua.