Aplicación incorrecta de la ley
(1) Existen errores importantes en la determinación jurídica de la conducta del autor, confundiendo delito y no delito, este delito y aquel delito, o identificando la conducta jurídica como delito, o confundiendo un delito. La conducta fue declarada inocente.
(2) La aplicación de las disposiciones legales es incorrecta y la naturaleza del caso y el delito están incorrectamente determinados. No se aplicarán las disposiciones legales aplicables, y se aplicarán las disposiciones legales aplicables.
(3) El caso tiene circunstancias atenuantes, atenuantes o eximentes legales, o no se consideran circunstancias agravantes, por lo que el caso no es sentenciado, condenado o sentenciado conforme a la ley.
(4) Aunque la sentencia original fue correcta en la caracterización y condena, la sentencia fue demasiado leve y demasiado severa, excediendo el límite legal de sentencia, lo que obviamente fue injusto.
(5) Violación grave de los procedimientos procesales, o descubrimiento de torturas graves para obtener confesiones, que pueden dar lugar a juicios erróneos, etc.
Base jurídica: Artículo 13 de las “Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular sobre Diversas Cuestiones Relativas a la Aplicación de Procedimientos de Supervisión Procesal”: Si la sentencia o fallo original está sujeto a leyes, reglamentos o interpretaciones judiciales, y Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, el Tribunal Popular debe considerar que "la aplicación de la ley es efectivamente incorrecta" según lo estipulado en el artículo 179, párrafo 1, punto (6) de la Ley de Procedimiento Civil:
(1) La aplicación de la ley es manifiestamente incompatible con la naturaleza del caso
(2) La determinación de la responsabilidad civil viola manifiestamente el acuerdo de las partes o las disposiciones legales; (3) La aplicación de leyes caducadas o aún no implementadas.
(4) La violación de las disposiciones de retroactividad legal;
(5) La violación de las normas de aplicación legal; ;
(6) Violando claramente la intención original de la legislación.