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¿Cómo lidiar con las estafas que involucran videos malos?

Se recomienda llamar a la policía. La persona que quedó atrapada en el vídeo malo puede chantajearte o engañarte. Desde la perspectiva de la víctima, no es necesario juzgar qué tipo de delito ha cometido la otra parte. Sólo es necesario explicar a los órganos de seguridad pública la implementación de la violación.

En primer lugar, estos dos tipos de delitos están bajo la competencia de los órganos de seguridad pública. El denunciante podrá presentar una denuncia por escrito u oralmente, y el miembro del personal que acepte el informe hará una transcripción después de su correcta lectura, que será firmada o sellada por el denunciante.

En segundo lugar, el personal que acepta quejas debe explicar al demandante la responsabilidad legal por acusaciones falsas e incriminaciones. Pero mientras los hechos y las pruebas no sean inventados, incluso si los hechos alegados son diferentes, o incluso una acusación falsa, se debe distinguir estrictamente de las acusaciones falsas.

Finalmente, los órganos de seguridad pública deben revisar con prontitud los materiales del acusado de acuerdo con su jurisdicción, si creen que existen hechos delictivos que requieren responsabilidad penal, deben presentar un caso si creen que los hay; no hay hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores, no hay necesidad de exigir responsabilidad penal. Si el caso no se presenta, el caso no se presentará y se informará al denunciante de los motivos por los que no se presenta el caso. Si el denunciante no está satisfecho, podrá solicitar una reconsideración.

Base Legal

Artículo 274 de la Ley Penal: Extorsión en bienes públicos o privados, si el monto es relativamente grande o la extorsión se reitera, la persona será condenada a pena fija- pena de prisión no superior a tres años o detención o control penal, y será multada concurrente o única si la cuantía es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenada a pena de prisión fija no inferior a tres años; pero no más de diez años, y también será multado si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias particularmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de diez años; También será multado si la cuantía es especialmente elevada o concurre otras circunstancias especialmente graves, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de diez años ni mayor, y se le impondrá multa;

Artículo 266 de la "Ley Penal": El que defraudare bienes públicos o privados y en cuantía relativamente importante, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión o vigilancia penal, y será será también o únicamente multado si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa si; la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena de prisión de no menos de diez años o a cadena perpetua, y también se le impondrá una multa o se le confiscarán sus bienes. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.