¿Puedo hacer una pregunta constitucional?
1. La legalidad representa la exigencia objetiva e inevitable del desarrollo social, y es reflejo de la adaptación de las relaciones de producción a la productividad y de la adaptación de la superestructura a la base económica.
2. Legitimación significa que los intereses y comportamientos son universales. Universalidad significa que los intereses de todos los sujetos están coordinados y están interrelacionados.
3. Coherencia de necesidades e intereses.
4. En otras palabras, los requisitos de interés de los sujetos sociales deben cumplir con los requisitos de las normas sociales vigentes, que es el estándar para juzgar la legitimidad del comportamiento y los intereses del sujeto. [1]
De la descripción anterior, podemos saber que la legitimidad es el resultado de la legitimidad, que generalmente se manifiesta como la estandarización de las relaciones de interés social, por lo que la legitimidad también es el resultado de esta estandarización. Tales normas no sólo forman normas sustantivas, es decir, normas jurídicas, sino que también forman normas no sustantivas, como las normas morales. El significado más esencial de las normas aquí es mantener la autoridad de un orden que surge del consenso.
Precisamente porque la legalidad de la constitución proporciona tal explicación para la fuente de la validez ontológica de la constitución, en la historia del desarrollo de la teoría constitucional, se ha convertido en un tema que los estudiosos de cualquier escuela no pueden abordar. ignorar. A veces incluso constituye una marca de distinción entre diferentes escuelas de pensamiento. En términos generales, existen dos tipos de discusiones sobre la legalidad de la constitución: la perspectiva del derecho natural y la perspectiva del derecho empírico.
La perspectiva del derecho natural a menudo construye la base de la legitimidad constitucional a partir de algunos valores abstractos a priori. Por supuesto, está la evolución de las opiniones dentro del campo del derecho natural. En las primeras interpretaciones del derecho natural, las teorías políticas de la soberanía y los derechos humanos se utilizaban a menudo para establecer sus fundamentos, como la teoría de la soberanía estatal de Dicey y la teoría de la soberanía popular de Rousseau. Sin embargo, en interpretaciones posteriores, tras ser criticado por el positivismo, se abandonó el absolutismo trascendental y obviamente se añadió el concepto de positivismo relativo. [2] Schmidt en Alemania partió de la teoría de la constitución decisiva y enriqueció aún más la connotación teórica del poder constitucional. Señaló que la constitución es un juicio político, y la legitimidad de la propia constitución puede buscarse a partir de la voluntad constitucional que poseen los sujetos con poder constitucional. Hoy, la teoría del poder constitucional se ha convertido en una teoría común en el campo del derecho constitucional. Además de la fuerte defensa de los constitucionalistas alemanes y japoneses con teorías avanzadas del derecho público, a veces tiene mucho que ver con la metodología de convertir un poder estatal en un derecho del poder institucional, lo que desvía parcialmente el interminable cuestionamiento del valor subjetivo. forma de fenómenos constitucionales. Los derechos institucionales constitucionales son meros intermediarios entre valores y fenómenos. Sin embargo, cambiar de escuela no significa que no debamos hablar de ello. Podemos ver que no importa cómo la teoría de los derechos constitucionales desempeñe un papel más allá de los valores superficiales, su propósito final es hacer que el poder estatal esté controlado por los valores de los sujetos de derechos constitucionales. Algunos estudiosos del derecho constitucional señalaron que cuando el derecho constitucional tradicional demuestra la legitimidad de la constitución, existe una desconexión obvia entre la conexión lógica entre el sujeto constitucional y el poder constitucional. Aunque el acto constitucional real fue promulgado por la Convención Constitucional, esto no es una buena prueba de que la Convención Constitucional ciertamente tenga el poder de formular la constitución. En otras palabras, cuando se trata de demostrar qué tipo de sujeto tiene derecho a formar una constitución, existe una brecha de valores entre el sujeto de la constitución y el derecho a formar la constitución. [3] De hecho, esta brecha de valores muestra que la teoría de los derechos constitucionales no ha escapado al dilema del cuestionamiento infinito del valor, porque aunque existe identidad conceptual y autosuficiencia lógica entre la constitución, el comportamiento constitucional y los derechos constitucionales, esto La identidad y la autosuficiencia no pueden lograr un salto lógico del sujeto de la constitución a los derechos de la constitución. Por tanto, en el proceso de obtención del consentimiento de los sujetos de derechos constitucionales, los derechos constitucionales siguen siendo objeto de fuertes críticas por parte del positivismo:
1. Cuando cada individuo y cada sociedad reconoce ciertas normas y principios, el El Los criterios de evaluación son bastante diferentes entre sí.
2. No se puede demostrar que lo que es intuitivamente valioso sea objetivamente valioso, es decir, tiene sentido hablar de valor objetivo, y del límite entre la evidencia subjetiva del valor y la validez objetiva del mismo. El valor también es incierto.
3. La experiencia intuitiva, o la actitud de evaluación real basada en el poder en el entorno histórico y social, puede necesitar ser analizada, criticada o incluso modificada. Si se dice que los argumentos a favor del valor son intrínsecamente válidos, entonces el análisis crítico y los esfuerzos por realizar evaluaciones más apropiadas parecen obsoletos. 〔4〕
Todos estos son fatales para la teoría de la legitimidad constitucional basada en el derecho natural.
Entonces, volvamos a mirar la visión positivista. Entre este grupo, Kelsen fue el representante que discutió la legalidad de la constitución. Creía que la base de la validez de la constitución se remontaba a la primera constitución de la historia. Sin embargo, la validez de la primera constitución en sí es sólo una reserva final o un supuesto final, y la base de su validez está más allá del alcance del derecho positivo. En otras palabras, desde una perspectiva puramente jurídica, no se trata de una ley o norma positiva, sino sólo de un significado. [5] Se puede ver que la discusión de Kelsen sobre la legitimidad de la constitución se basa en realidad en un supuesto sagrado, es decir, la constitución es lo más apropiado y la constitución no puede ser inapropiada. Es una obviedad, es así, así es. Sin embargo, el problema es que no discutir no significa que no se pueda discutir. Dado que es una hipótesis, la gente preguntará dónde es apropiada su hipótesis y cómo puede asegurarse de que siempre sea cierta. Aquí, la teoría normativista de Kelsen enfrenta el mismo dilema que la teoría del derecho natural. Obviamente, Kelsen no puede responder a esta pregunta (y, por supuesto, los juristas positivistas corrientes no quieren responder a esta pregunta). Aquí es pertinente la crítica de los juristas neopositivistas. "Para Kelsen, la base de la validez de una norma es sólo una norma superior como condición, no lo que yo considero. Para crear una nueva norma, son igualmente necesarios normas y hechos más avanzados 〔6〕". p>
Entonces, ¿cómo deshacerse del dilema de la teoría del derecho natural basada en la evaluación subjetiva de los sujetos de valor o la teoría positivista de los supuestos sagrados que cuestiona sin cesar la legalidad de la constitución? En los últimos años, una teoría jurídica institucional que ha surgido en los círculos jurídicos europeos ha propuesto el lema de "más allá del derecho natural y el positivismo" sobre esta cuestión. Abogan por el desarrollo del positivismo jurídico mediante su combinación con la filosofía práctica y proponen que el derecho debe considerarse como un hecho institucional:
1 La eficacia (su autenticidad) del sistema jurídico en la realidad social a menudo depende. sobre hechos que sólo pueden ser reconocidos a través de la observación sociológica.
2. La iniciativa del derecho está determinada por dos factores: a través de la existencia del sistema de normas jurídicas, estas normas jurídicas proporcionan las condiciones para el surgimiento de nuevas normas, y también a través de la situación real, es decir, la satisfacción de las normas. 〔7〕
A partir de esto, concluyeron que es inapropiado utilizar la teoría del contrato social como base para la legitimidad de varios sistemas establecidos en la sociedad, porque todas estas teorías son solo suposiciones y sistemas. La base de la legitimidad No es un contrato social sino un entendimiento social tácito: costumbres y prácticas. Asimismo, la continuación del orden constitucional también depende de la práctica constitucional, es decir, confiar en ese hábito para, en última instancia, gestionar y controlar todas las disputas legales de acuerdo con los términos estipulados en el documento constitucional. No se trata sólo del "es esto" del sujeto, sino también del "debería ser esto" de los participantes a través de algún procedimiento "misterioso", es decir, el proceso de justificación a través de la razón práctica. Esta racionalidad proviene del hecho de que muchos individuos diferentes están de acuerdo en la distribución del poder para gestionar, adjudicar y hacer cumplir la administración pública en una sociedad integrada, lo que a menudo se considera un valor beneficioso: el orden es mejor que el caos. Al mismo tiempo, el proceso de legitimidad es una "tecnología de persuasión" que unifica acuerdos, discusiones y procedimientos y los capta como un todo, trascendiendo los debates pasados entre la teoría del derecho natural y el positivismo jurídico, e integrando el "debería" en el nivel institucional. Combinando "corrió" y "real".
El desarrollo de la legitimidad constitucional desde el derecho natural y el positivismo hasta el derecho institucional no es sólo una evolución teórica, sino que también refleja el proceso de mejora continua de la gente en este tema hasta cierto punto.
Por favor consúltelo.