Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿El plagio de artículos utilizados para evaluar títulos profesionales es un asunto civil o penal? ¿Qué tan grave será?

¿El plagio de artículos utilizados para evaluar títulos profesionales es un asunto civil o penal? ¿Qué tan grave será?

Para evaluar títulos profesionales es muy común contactar con publicaciones y publicar varios artículos. Todos en la zona saben que nadie lo denunciará, es decir, lo máximo que harán será condenarlo verbalmente o hablar de ello a sus espaldas.

Si alguien lo informa y la evidencia es concluyente, puede probar que los derechos de autor del artículo publicado son propiedad de otros, y se deben considerar las circunstancias específicas.

No tengas miedo, probablemente esta sea una oportunidad para chantajearte. Debes prestar atención cuando presente pruebas.

Existirá tanto responsabilidad civil como responsabilidad penal, según la situación.

Sección 7 Delito de Infracción de la Propiedad Intelectual

Artículo 213. Una marca registrada no puede registrarse en la misma categoría sin el permiso del propietario de la marca registrada.

Si en un producto se utiliza una marca idéntica a su marca registrada, si las circunstancias son graves, la pena se triplicará.

Será condenado a pena privativa de libertad no mayor de un año o a prisión preventiva, y concurrente o únicamente a multa en circunstancias especiales

Si las circunstancias fueran graves; será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y simultáneamente a multa.

Artículo 214 El que a sabiendas venda productos que sean marcas registradas falsificadas, será revocado.

Si el monto de las ventas es relativamente grande, será sentenciado a pena privativa de libertad no mayor a tres años o prisión penal, y también será multado.

O multa única; si el importe de las ventas es elevado, la pena no será inferior a tres años ni superior a siete años.

Condenado a prisión de duración determinada y multa.

Artículo 215: Se sancionará la falsificación o producción no autorizada de signos de marcas registradas ajenas o la venta de signos falsificados o no autorizados de marcas registradas, si las circunstancias son graves.

Prisión de duración determinada no superior a tres años, detención o vigilancia penal, y concurrente o únicamente multa;

Si las circunstancias fueran especialmente graves, el infractor será condenado a Pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y simultáneamente multa.

Kim.

Artículo 216: El que falsifique patente ajena, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años.

Será sancionado con pena privativa de libertad o arresto penal, y también o únicamente con multa.

Artículo 217: Con fines de lucro, concurre cualquiera de las siguientes circunstancias de infracción del derecho de autor.

Formulario 1: La cantidad de ingresos ilegales es relativamente grande o existen otras circunstancias graves 3.

Será condenada a pena privativa de libertad no superior a un año o a prisión preventiva, y concurrente o únicamente a multa si los ingresos ilícitos son cuantiosos o concurren otras circunstancias especialmente graves; ser condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años.

Prisión y multa:

(1) Copiar y distribuir obras escritas y sonidos sin el permiso del propietario de los derechos de autor.

Música, películas, televisión, vídeos, software y otras obras;

(2) Publicar libros sobre los cuales otros tienen derechos de publicación exclusivos;

( 3) ) Copiar y distribuir sus obras sin el permiso del productor de grabaciones de audio y video.

Grabación de audio y vídeo;

(4) Producir y vender obras de arte que falsifiquen firmas ajenas.

Artículo 218: Para fines de lucro y venta a sabiendas, se rige por la segunda parte de esta ley.

Las copias infractoras estipuladas en el artículo 117 serán sancionadas si la cantidad de ganancias ilegales es enorme.

Será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa.

Artículo 219 Si se produce alguno de los siguientes actos de violación de secretos comerciales, la información será proporcionada al prestador.

Si el propietario de un secreto comercial sufre grandes pérdidas como resultado de ello, será condenado a una pena de prisión de no más de tres años o a prisión preventiva

Detención penal, y será también o únicamente multado si se le causaren consecuencias especialmente graves, será condenado a tres años

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Prisión no menor de siete años y multa:

(1) Obtenidos mediante robo, inducción, coerción u otros medios desleales

Secretos comerciales del titular del derecho;

(2) Divulgar, utilizar o permitir que otros obtengan mediante el párrafo anterior.

Los secretos comerciales del obligante;

(3) Violación del contrato o conservación de secretos comerciales por parte del obligante.

Solicitar, divulgar, utilizar o permitir que otros utilicen secretos comerciales de su propiedad.

Sí.

Conocer o deba conocer la conducta enumerada en el párrafo anterior, obtenerla, utilizarla o divulgarla.

Titular de secretos comerciales, infracción de secretos comerciales.

El término “secretos comerciales” en este artículo se refiere a derechos que no son conocidos por el público.

Las personas aportan beneficios económicos, estos beneficios son reales y han sido mantenidos confidenciales por el titular de los derechos.

Información técnica e información comercial.

El titular del derecho mencionado en este artículo se refiere al secreto comercial y al propietario del secreto comercial.

Usuarios de secretos comerciales permitidos por el propietario del secreto.

Artículo 220: Una unidad comete los delitos señalados en los artículos 213 a 221 de esta Sección.

Quien cometa un delito previsto en el artículo 19 será multado y el responsable directo será multado.

El supervisor y demás personal directamente responsable será tratado de conformidad con lo dispuesto en este apartado.

Penalti.