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Violación de la integridad

Subjetividad jurídica:

Un contrato que viola la buena fe no es necesariamente inválido. El principio de buena fe es el principio que deben observar las partes al ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones; un contrato inválido significa que aunque el contrato haya sido establecido, no tiene efectos jurídicos porque no reúne las condiciones para su eficacia. Un contrato incumplido de buena fe no es necesariamente inválido. Según el artículo 7 del Derecho Civil, los sujetos civiles deberán respetar el principio de buena fe y adherirse a la buena fe al realizar actividades civiles. El artículo 153 estipula que los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos son nulos. Sin embargo, las disposiciones imperativas no invalidan los actos jurídicos civiles excepto aquellos. Son nulas las acciones judiciales civiles que atenten contra el orden público y las buenas costumbres.

Objetividad jurídica:

Artículo 7 Los sujetos civiles que ejerzan actividades civiles deberán respetar el principio de buena fe y respetar su credibilidad. El artículo 153 del Código Civil estipula que los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos son nulos. Sin embargo, las disposiciones imperativas no invalidan los actos jurídicos civiles excepto aquellos. Son nulas las acciones judiciales civiles que atenten contra el orden público y las buenas costumbres.