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¿El fiscal tiene que comparecer personalmente?

Análisis legal: No es necesario acudir personalmente al tribunal para demandar. Si resulta difícil entregar los documentos del litigio, puede confiar a otro tribunal popular que los entregue en su nombre o por correo. Para confiar a un agente litigante la representación de usted en un litigio, debe presentar un poder firmado o sellado por el cliente al Tribunal Popular.

Base jurídica: “Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China”

Artículo 58 Las partes y sus representantes legales podrán encomendar a una o dos personas como agentes litigantes. Las siguientes personas pueden ser confiadas como agentes litigantes:

(1) Abogados y trabajadores de servicios legales de base;

(2) Familiares cercanos o personal de las partes involucradas;

(3) Ciudadanos recomendados por la comunidad, unidad y grupos sociales relevantes donde se ubica el partido.

Artículo 59 Cuando se encomiende a otra persona la actuación de agente en un litigio, deberá presentarse ante el Tribunal Popular un poder firmado o sellado por el cliente. El poder debe especificar los asuntos y la autoridad encomendados. Los agentes litigantes deben tener autorización especial de sus clientes para admitir, abandonar o cambiar reclamaciones en litigio, realizar acuerdos, presentar reconvenciones o apelaciones en su nombre. El poder enviado o encomendado por nacionales chinos * * y ciudadanos chinos que viven en el extranjero debe ser autenticado por los chinos * * y la embajada o consulado chino en ese país, si no hay embajada o consulado, será autenticado por un tercero; país que tiene relaciones diplomáticas con el pueblo chino Es autenticado por la embajada o consulado, y luego autenticado por el pueblo chino y la embajada o consulado chino en el tercer país, o por el grupo patriótico chino de ultramar local.

Artículo 87 Con el consentimiento de la persona a ser notificada, el Tribunal Popular podrá notificar los documentos del litigio por fax, correo electrónico u otro medio que pueda acusar recibo, excepto las sentencias, fallos y documentos de mediación. Si se entrega por el método mencionado en el párrafo anterior, la fecha en que el fax o correo electrónico llegue al sistema específico del destinatario será la fecha de entrega.

Artículo 88 Si resulta difícil notificar directamente los documentos del litigio, podrá encomendar la notificación a tribunales ajenos en su nombre o por correo. Si se entrega por correo, la fecha de recepción indicada en el acuse de recibo será la fecha de entrega.