Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Cuál es la relación entre la internacionalización del sistema de derechos de autor y la protección regional?

¿Cuál es la relación entre la internacionalización del sistema de derechos de autor y la protección regional?

El derecho de autor es un tipo de propiedad intelectual. La pregunta que usted hizo tiene que ver con las características del derecho de autor. No existe contradicción entre la internacionalización y el carácter regional del derecho de autor.

1. El carácter regional de los derechos de propiedad intelectual. Los derechos de propiedad intelectual reconocidos y protegidos por las leyes de un determinado país sólo tendrán efectos legales dentro del territorio de ese país. Según las disposiciones del Convenio de París y la Convención Universal sobre Derecho de Autor, las características regionales se refieren a derechos otorgados de conformidad con la ley de un país. Sólo son válidos dentro de la jurisdicción de las leyes de ese país y no tienen fuerza vinculante para otros países. Los países extranjeros no son responsables de ellos.

2. La internacionalización del sistema de propiedad intelectual significa que los sistemas de propiedad intelectual de varios países del mundo se están simplificando, consistentes y unificados gradualmente en términos de contenido sustantivo y niveles de aprobación de solicitudes, y se están internacionalizando cada vez más. . El carácter regional de los derechos de propiedad intelectual (las características de los derechos de propiedad intelectual incluyen la intangibilidad y la facilidad de difusión), por un lado, impiden que los logros intelectuales producidos en el país sean protegidos en el extranjero, por el otro, debido al rápido desarrollo de los derechos de propiedad intelectual; Los medios de comunicación y las herramientas de comunicación y los intercambios internacionales son cada vez más frecuentes, y una gran cantidad de logros intelectuales pueden cruzar fácilmente las fronteras nacionales y entrar en otros países. Si no existe una protección internacional efectiva de estos logros intelectuales, inevitablemente afectará y obstaculizará el comercio internacional y los intercambios y la cooperación normales en ciencia, tecnología y cultura. El desarrollo internacional del sistema de propiedad intelectual refleja los requisitos objetivos del desarrollo internacional de la ciencia, la tecnología y la economía. Debido a esto, países de todo el mundo concluyeron en París en 1883 el Convenio de París para la Protección de los Derechos Industriales, que entró oficialmente en vigor en 1884. Mi país se adhirió oficialmente al Convenio de París el 19 de marzo de 1985. Además, entre los convenios internacionales para la protección de los derechos de propiedad intelectual a los que se ha adherido nuestro país se encuentran: el Acuerdo de Madrid sobre el Registro Internacional de Marcas, el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, la Convención Universal sobre Derecho de Autor, la Cooperación en materia de Patentes Tratado, etcétera.

Por cierto, permítanme mencionar la cuestión de cómo obtener protección internacional de los derechos de propiedad intelectual.

Los derechos de autor generalmente se generan automáticamente. Una vez finalizada la obra, puede obtener protección de la ley de derechos de autor del país correspondiente de acuerdo con los principios pertinentes sin tener que pasar por ninguna formalidad en países extranjeros.