Requisitos legales para la descongelación
En los procesos penales de nuestro país, si se descubre que un sospechoso de un delito ha cometido algunos actos delictivos durante todo el proceso de investigación y existe la evidencia correspondiente, entonces el sospechoso puede ser sellado, detenido o congelado. ¿Tanta gente quiere saber cuáles son las disposiciones legales de la cláusula de descongelamiento de la Ley de Enjuiciamiento Criminal? Déjame presentártelo en detalle a continuación.
1. ¿Cuáles son las disposiciones legales para las cláusulas de descongelamiento en la Ley de Enjuiciamiento Criminal?
Artículo 142 de la "Ley de Procedimiento Penal" La Fiscalía Popular y los órganos de seguridad pública podrán, según las necesidades de la investigación de delitos, indagar y congelar los depósitos, remesas, bonos, acciones y participaciones en fondos de sospechosos de delitos de conformidad con las normas y otros bienes. Las unidades y personas pertinentes deben cooperar. Si los depósitos, remesas, bonos, acciones, participaciones en fondos y otras propiedades del sospechoso de un delito han sido congelados, no serán congelados nuevamente. Artículo 143 Si los bienes, documentos, correos, telegramas o depósitos congelados, remesas, bonos, acciones, participaciones en fondos y demás bienes que hayan sido sellados o retenidos resultaren efectivamente irrelevantes para el caso, se levantará el embargo dentro de los tres días. . Incautar, congelar y devolver.
Artículo 139 de la "Ley de Procedimiento Penal" Todos los bienes y documentos descubiertos durante las actividades de investigación que puedan utilizarse para probar la culpabilidad o inocencia de un sospechoso de un delito serán sellados y detenidos. Se confiscarán y confiscarán bienes y; documentos ajenos a este caso. Los bienes y documentos que hayan sido incautados o retenidos deberán conservarse o sellarse adecuadamente y no podrán ser utilizados, reemplazados o destruidos. Artículo 140 Los bienes y documentos incautados o retenidos se comprobarán claramente con los testigos y poseedores presentes, y se levantará en el acto una relación por duplicado, firmada o sellada por los investigadores, testigos y poseedores de un ejemplar. se entrega al titular y se guarda una copia para referencia futura. Artículo 141 Cuando los investigadores crean que es necesario incautar el correo o los telegramas de un sospechoso de un delito, podrán, con la aprobación del órgano de seguridad pública o de la Fiscalía Popular, notificar a las agencias de correos y telecomunicaciones para que entreguen el correo o los telegramas pertinentes para su inspección. y convulsión. Cuando la detención ya no sea necesaria, se debe notificar inmediatamente a las autoridades de correos y telecomunicaciones.
2. Normas de identificación
El poder de decisión en materia de identificación
La identificación de sospechosos de delitos por parte de la fiscalía debe ser aprobada por el fiscal jefe.
Host identificado
El número de investigadores debe ser al menos 2.
Reglas de identificación mixtas
Órganos de seguridad pública: sospechosos (7 personas); fotografías de sospechosos (10); artículos (5 artículos); Objetos de identificación específicos, como cadáveres, o si el tasador puede describir con precisión las características únicas del objeto, el número de láminas no está limitado.
Fiscalía: Sospechosos y víctimas de delitos (5 a 10); fotografías (5 a 10); artículos (5) y fotografías (5).
Reglas de identificación individual
Cuando varios tasadores autentican a la misma persona o artículo, cada tasador debe realizar la tasación de forma independiente.
Reglas de Testigos
Los testigos pueden estar presentes cuando sea necesario.
Reglas que no pueden estar implícitas
Antes de la tasación, se debe preguntar detalladamente al tasador sobre las características específicas del objeto que se tasa, para evitar que el tasador vea el objeto que se tasa. , y para informar al tasador de la ley de hacer deliberadamente tasaciones falsas responsabilidad.
Reglas de Confidencialidad
Cuando la identificación de un sospechoso de un delito no está dispuesta a hacerse pública, se puede hacer sin exponer a la persona que lo identificó, y debe mantenerse confidencial.
Registro de Identificación
El proceso de identificación y los resultados deben ser documentados y firmados por los investigadores, testigos y testigos.
Cuando sea necesario, el proceso de identificación deberá grabarse o filmarse en vídeo.
Durante la tasación se preparará una transcripción que firmarán los fiscales, tasadores y testigos.
Se deben tomar fotografías de los elementos que se están identificando y se pueden realizar grabaciones de audio y video si es necesario.
En primer lugar, la Ley de Enjuiciamiento Criminal estipula las condiciones para el descongelamiento. En segundo lugar, si se descubre alguna propiedad congelada u otras cosas no relacionadas con el caso, el congelamiento debe descongelarse dentro de los tres días. Además, también me gustaría presentar las disposiciones legales de nuestro país sobre identidad.